MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 966/2012
Designación en la Delegación Regional San Nicolás de la Dirección Nacional de Relaciones Federales de la Secretaría de Trabajo.
Bs. As., 22/6/2012
VISTO el Expediente Nº 1.482.536/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 26.546, prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de
2002, 628 del 13 de junio de 2002 y sus modificatorios, y 2098 del 3 de
diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de
diciembre de 2010 y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL Nº 566 del 30 de junio de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.546, se aprobó el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2010, prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10 para el ejercicio 2011, y por la Ley Nº 26.728 el
correspondiente al año 2012.
Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció
que toda designación, asignación de funciones, promoción y
reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública,
centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no
permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta
de la Jurisdicción correspondiente.
Que por el artículo 7º de las Leyes Nº 26.546, prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10, y Nº 26.728 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes
financiados existentes a la fecha de sanción de las mismas, en las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que
queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor
Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el artículo 10 de las Leyes Nº 26.546, prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10 y Nº 26.728, se dispuso que las facultades otorgadas por dichas
leyes al señor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la
Administración General del país y en función de lo dispuesto por el
inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Que por el Decreto Nº 628 del 13 de junio de 2005 y sus modificatorios
y la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010 se
aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 566 del 30 de junio de 2009 se aprobó la Dotación del citado
Organismo conforme el detalle que como planilla anexa forma parte
integrante de la citada resolución.
Que en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
se encuentra vacante el cargo de Nivel B, Grado 0, Delegado Regional
San Nicolás, dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones
Federales de la SECRETARIA DE TRABAJO.
Que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la
mencionada Unidad Organizativa, resulta necesario proceder a su
inmediata cobertura y con carácter transitorio, exceptuándola a tal
efecto de lo dispuesto en el artículo 7º de las Leyes Nº 26.546,
prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por
el Decreto Nº 2054/10, y Nº 26.728.
Que por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, se homologó el
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), concertado entre el Estado
Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo de fecha 5
de septiembre de 2008.
Que el cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº
2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
a partir de la fecha de la presente medida.
Que la persona propuesta reúne las condiciones de experiencia e
idoneidad necesarias para desempeñar el cargo que se encuentra vacante.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4
de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCION NACIONAL,
de los artículos 7º y 10 de las Leyes Nº 26.546, prorrogada en los
términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº
2054/10, y Nº 26.728 y del artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
designado, transitoriamente, a partir del 1º de diciembre de 2011 y por
el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha
de la presente medida, en el cargo Nivel B, Grado 0, Delegado Regional
San Nicolás, dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones
Federales de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, al Dr. Alberto Julián Armando TEISSEIRE (M.I. Nº
12.028.941), con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo
7º de las Leyes Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº
2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y Nº 26.728.
Art. 2º — El cargo involucrado
deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos
II, Capítulos III y IV, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP)
homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente
medida.
Art. 3º — El gasto que demande
el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 -
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Carlos A.
Tomada.