MINISTERIO DE TURISMO
ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES
Resolución Nº 114/2012 del Honorable Directorio
Expedientes Nros. 511/2003 —en DOS (2) cuerpos y TRES (3) Anexos— y 278/2004
Bs. As., 29/6/2012
LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES notifica:
1º.- Convalídanse las acciones de caza realizadas en el marco del Plan
de Control de Mamíferos Exóticos Invasores en jurisdicción del Parque
Nacional El Palmar, desde el 1º de diciembre de 2008 hasta la fecha de
publicación de la presente Resolución.
2º.- Autorízase la continuidad del Plan de Control de Mamíferos
Exóticos Invasores en jurisdicción del Parque Nacional El Palmar, de
acuerdo con las condiciones y metodologías que, como Anexo I, forman
parte integrante de la presente.
3º.- Apruébanse los nuevos modelos de Convenio para la implementación
de las distintas modalidades de caza, los cuales, como Anexos II, III y
IV, forman parte integrante de la presente.
4º.- Facúltase al señor Intendente del Parque Nacional El Palmar a
suscribir los nuevos convenios aprobados en el artículo precedente.
5º.- Encomiéndase a la Intendencia del Parque Nacional El Palmar la
elaboración de los Protocolos de Seguridad que la actividad requiera,
estableciendo para ello un plazo de SESENTA (60) días.
6º.- Determínase que la Intendencia del Parque Nacional El Palmar
deberá enviar semestralmente a la Dirección Nacional de Interior una
lista de los cazadores inscriptos en el Registro de Cazadores Externos
que participan del Plan de Control de Mamíferos Exóticos.
7º.- Establécese que, como requisito para poder participar del Plan de
Control de Mamíferos Exóticos, los solicitantes deberán residir en
alguno de los siguientes Departamentos de la provincia de Entre Ríos:
Colón, Gualeguaychú, Concepción del Uruguay, Concordia, San Salvador,
Gualeguay, Villaguay, Federal y Federación.
8º.- Apruébase el Procedimiento de Inscripción de Cazadores Externos en
el Registro mencionado en el artículo 6º que, como Anexo V, forma parte
integrante de la presente.
9º.- Establécese un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días para que
de manera conjunta la Dirección Nacional de Conservación de Areas
Protegidas, la Delegación Regional Nordeste y la Intendencia del Parque
Nacional El Palmar analicen la pertinencia de incorporar cazadores
provenientes de todo el país y en tal caso determinen los requisitos
que deberán reunir para tal incorporación.
10.- Suspéndese la modalidad de caza con perros, hasta tanto la
Dirección Nacional de Conservación de Areas Protegidas, la Delegación
Regional Nordeste y la Intendencia del Parque Nacional El Palmar
evalúen el grado de impacto de esta modalidad sobre la fauna silvestre
autóctona. (...). Firmado: Dra. PATRICIA A. GANDINI, Presidenta del
Directorio. — Lic. JORGE O. BERNARD, Vicepresidente del Directorio. —
Lic. LILIANA SCIOLI y D. RAUL A. CHIESA, Vocales del Directorio.
La versión completa de la Resolución puede ser consultada por los
interesados en la sede central de la ADMINISTRACION DE PARQUES
NACIONALES, sita en la Avda. Santa Fe Nº 690, Capital Federal.
e. 13/07/2012 N° 75354/12 v. 13/07/2012