MINISTERIO DE TURISMO

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Resolución Nº 114/2012 del Honorable Directorio

Expedientes Nros. 511/2003 —en DOS (2) cuerpos y TRES (3) Anexos— y 278/2004

Bs. As., 29/6/2012

LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES notifica:

1º.- Convalídanse las acciones de caza realizadas en el marco del Plan de Control de Mamíferos Exóticos Invasores en jurisdicción del Parque Nacional El Palmar, desde el 1º de diciembre de 2008 hasta la fecha de publicación de la presente Resolución.

2º.- Autorízase la continuidad del Plan de Control de Mamíferos Exóticos Invasores en jurisdicción del Parque Nacional El Palmar, de acuerdo con las condiciones y metodologías que, como Anexo I, forman parte integrante de la presente.

3º.- Apruébanse los nuevos modelos de Convenio para la implementación de las distintas modalidades de caza, los cuales, como Anexos II, III y IV, forman parte integrante de la presente.

4º.- Facúltase al señor Intendente del Parque Nacional El Palmar a suscribir los nuevos convenios aprobados en el artículo precedente.

5º.- Encomiéndase a la Intendencia del Parque Nacional El Palmar la elaboración de los Protocolos de Seguridad que la actividad requiera, estableciendo para ello un plazo de SESENTA (60) días.

6º.- Determínase que la Intendencia del Parque Nacional El Palmar deberá enviar semestralmente a la Dirección Nacional de Interior una lista de los cazadores inscriptos en el Registro de Cazadores Externos que participan del Plan de Control de Mamíferos Exóticos.

7º.- Establécese que, como requisito para poder participar del Plan de Control de Mamíferos Exóticos, los solicitantes deberán residir en alguno de los siguientes Departamentos de la provincia de Entre Ríos: Colón, Gualeguaychú, Concepción del Uruguay, Concordia, San Salvador, Gualeguay, Villaguay, Federal y Federación.

8º.- Apruébase el Procedimiento de Inscripción de Cazadores Externos en el Registro mencionado en el artículo 6º que, como Anexo V, forma parte integrante de la presente.

9º.- Establécese un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días para que de manera conjunta la Dirección Nacional de Conservación de Areas Protegidas, la Delegación Regional Nordeste y la Intendencia del Parque Nacional El Palmar analicen la pertinencia de incorporar cazadores provenientes de todo el país y en tal caso determinen los requisitos que deberán reunir para tal incorporación.

10.- Suspéndese la modalidad de caza con perros, hasta tanto la Dirección Nacional de Conservación de Areas Protegidas, la Delegación Regional Nordeste y la Intendencia del Parque Nacional El Palmar evalúen el grado de impacto de esta modalidad sobre la fauna silvestre autóctona. (...). Firmado: Dra. PATRICIA A. GANDINI, Presidenta del Directorio. — Lic. JORGE O. BERNARD, Vicepresidente del Directorio. — Lic. LILIANA SCIOLI y D. RAUL A. CHIESA, Vocales del Directorio.

La versión completa de la Resolución puede ser consultada por los interesados en la sede central de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, sita en la Avda. Santa Fe Nº 690, Capital Federal.

e. 13/07/2012 N° 75354/12 v. 13/07/2012