MONUMENTOS HISTORICOS
Decreto 1113/2012
Declárase monumento histórico y artístico nacional a la Iglesia Santa Felicitas, ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 6/7/2012
VISTO el Expediente Nº 7666/2011 del registro de la SECRETARIA DE
CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por el que se propone la
declaratoria de monumento histórico artístico nacional de la IGLESIA
SANTA FELICITAS, sita en la calle Isabel la Católica Nº 520 de la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y
CONSIDERANDO:
Que en el año 1872 Felicitas GUERRERO, viuda de Martín de ALZAGA, murió
trágicamente en la quinta familiar, ubicada en terrenos que actualmente
ocupa la PLAZA COLOMBIA, en el barrio de BARRACAS, de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Que sus padres, Carlos GUERRERO y Felicitas CUETO y MONTES DE OCA,
decidieron construir una capilla en su memoria en el espacio ubicado
entre el oratorio familiar y la residencia de la quinta.
Que los trabajos se iniciaron en el año 1873 y la iglesia, dedicada a
SANTA FELICIDAD (o FELICITAS en su forma latina) se inauguró el 30 de
enero de 1876.
Que fue diseñada por el arquitecto argentino Ernesto BUNGE, formado en
la REAL ESCUELA DE ARTES de KREFELD y en la REAL ACADEMIA DE
ARQUITECTURA de BERLIN, en ALEMANIA.
Que su estilo arquitectónico se inspira en el eclecticismo alemán de
mediados del siglo XIX, con elementos románicos y renacentistas.
Que el templo es de una sola nave dividida en CUATRO (4) sectores
delimitados por CUATRO (4) bóvedas de crucería, y UNA (1) cúpula
sostenida por el característico cimborrio de la arquitectura románica.
Que en los CUATRO (4) ángulos del crucero se encuentran las imágenes
estatuarias de los Apóstoles, realizadas por el escultor alemán Thor
WALDEEN, autor también de la obra en zinc fundido “Salvador del Mundo”,
ubicada en la fachada.
Que tiene TRES (3) altares —dedicados a Nuestra Señora del Rosario, a
Santa Felicitas y a San Martín de Tours— vitrales de notable colorido y
muros totalmente decorados.
Que el órgano alemán de SETECIENTOS OCHENTA Y TRES (783) tubos, ubicado
sobre el espacio del vestíbulo, fue fabricado en el año 1873.
Que la fachada es simétrica, con DOS (2) torres laterales de gran
altura rematadas con pináculos y cruces, y UNA (1) torre central que
culmina con la escultura de un ángel.
Que prestigiosos arquitectos europeos han manifestado que el templo es
único en el mundo, como testimonio del estilo neorrománico propugnado a
partir de 1870, con la instauración del imperio alemán.
Que la IGLESIA SANTA FELICITAS está ubicada en el Area de Protección
Histórica 5 (APH), según la zonificación realizada por el Gobierno de
la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Que la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS aconseja su declaratoria.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado intervención.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 12.665 y su modificatoria.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Declárase
monumento histórico y artístico nacional a la IGLESIA SANTA FELICITAS,
ubicada en la calle Isabel la Católica Nº 520 de la CIUDAD AUTONOMA DE
BUENOS AIRES (Datos Catastrales: Circunscripción 4, Sección 10, Manzana
37, Parcela 2).
Art. 2º — La COMISION NACIONAL
DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS realizará las gestiones
y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665, modificada por su
similar Nº 24.252, en su reglamentación y en las normas
complementarias, debiendo practicar las inscripciones correspondientes
en los Registros Catastrales y de la Propiedad.
Art. 3º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.
Randazzo.