CONSEJO FEDERAL PESQUERO

Resolución 10/2012

Modifícase la Resolución Nº 14/11. Fíjase domicilio legal.

Bs. As., 11/7/2012

VISTO lo dispuesto por el inciso m) del artículo 9º de la Ley Nº 24.922, la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 14 de fecha 27 de octubre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO, creado por el artículo 8º de la Ley Nº 24.922, se encuentra facultado para dictar su propia reglamentación de funcionamiento.

Que la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 14, de fecha 27 de octubre de 2011, aprobó el Reglamento de Funcionamiento del Cuerpo actualmente vigente.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO ha decidido mudar su sede a las oficinas ubicadas en la calle Humberto Primo 133, 5to. piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente conforme lo establecido por el artículo 9º, inciso m), de la Ley Nº 24.922.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO
RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 8º del ANEXO de la Resolución del CONSEJO FEDERAL PESQUERO Nº 14, de fecha 27 de octubre de 2011, por el siguiente:

“ARTICULO 8º.- Fíjase el domicilio legal del CONSEJO FEDERAL PESQUERO (CFP) en la calle Humberto Primo 133, quinto piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.”

Art. 2º — La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día 23 de julio de 2012.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Néstor M. Bustamante. — Carlos A. Cantú. — María S. Giangiobbe. — Juan C. Braccalenti. — Verónica N. Ojeda. — Ademar J. Rodríguez. — Nicolás Gutman. — Horacio L. Tettamanti. — Juan C. Bouzas.