MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Nº 353/2012
Bs. As., 10/7/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0449455/2009 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre
de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010, las
Resoluciones Nros. 401 del 14 de junio de 2010 y 31 del 28 de diciembre
de 2011, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 31 del 28 de diciembre de 2011 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprobó el contenido
normativo de la Parte Segunda (Protección Vegetal) del Indice Temático
correspondiente al Sistema de Clasificación Normativa aprobado por la
Resolución Nº 401 del 14 de junio de 2010 del citado Servicio Nacional,
que integrará parte del Digesto Normativo de este Organismo.
Que habiéndose deslizado una omisión material involuntaria en lo que
respecta al artículo de forma de la mencionada Resolución Nº 31/11,
corresponde proceder a sustituir su artículo 3º e incorporar el
artículo 4º a la misma, para su debida publicación en el Boletín
Oficial.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le
compete, no encontrando reparos de orden legal que formular.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud
de lo dispuesto en el artículo 8º, inciso h), del Decreto Nº 1585 del
19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de
junio de 2010 y de conformidad con lo prescripto en el artículo 101 del
Decreto Nº 1759/72, T.O. 1991, reglamentario de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Sustitúyase el artículo 3º de la Resolución Nº 31 del 28
de diciembre de 2011 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 3º.- Regístrese y comuníquese a la Dirección Nacional de
Protección Vegetal y al Centro de Documentación e Información de este
Servicio Nacional a sus efectos.”.
ARTICULO 2º — Incorpórase como artículo 4º de la Resolución Nº 31 del
28 de diciembre de 2011 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, el siguiente: “ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.”.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Méd. Vet. MARCELO S. MIGUEZ,
Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
e. 17/07/2012 N° 75814/12 v. 17/07/2012