Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Resolución 214/2012
Incorpórase al Programa de Formación
para las Carreras del Estado el Diplomado en Derechos Humanos y la
Especialización en Derechos Humanos, dictada por la Escuela del Cuerpo
de Abogados del Estado de la Procuración del Tesoro de la Nación.
Bs. As., 11/7/2012
VISTO el Expediente Nº 20901/2012 del Registro de la PROCURACION DEL
TESORO DE LA NACION, el Decreto Nº 754 del 12 de mayo de 1994, las
Resoluciones Nº 58 del 21 de noviembre de 2006 de la entonces
SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, y Nº 2 de fecha 14 de enero de
2009 de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 754 del 12 de mayo de 1994 se creó la ESCUELA DEL
CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO, con dependencia de la PROCURACION DEL
TESORO DE LA NACION, y bajo la supervisión del INSTITUTO NACIONAL DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA.
Que por Resolución Nº 58 del 21 de noviembre de 2006 de la entonces
SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA se creó el PROGRAMA DE FORMACION
PARA LAS CARRERAS DEL ESTADO, en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA.
Que por Resolución Nº 2 de fecha 14 de enero de 2009 de la ex
SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS se aprobaron la Fundamentación, Objetivos y Lineamientos
Básicos, y el Reglamento del Programa de Formación para las Carreras de
Estado del citado PROGRAMA.
Que por las Resoluciones Nº 23 de fecha 2 de julio de 2007 de la
SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y Nº 162 de fecha 10 de junio de
2009 de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA se incorporaron
al referido Programa de Formación las especializaciones en ABOGACIA DEL
ESTADO y en CONTRATOS ADMINISTRATIVOS, DERECHO TRIBUTARIO Y DERECHO
ADUANERO, respectivamente, dictadas por la ESCUELA DEL CUERPO DE
ABOGADOS DEL ESTADO, dependiente de la PROCURACION DEL TESORO DE LA
NACION.
Que la citada Escuela ha generado nuevas actividades que reúnen las
características exigidas para ser consideradas CARRERAS DE ESTADO.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA ha ejercido la
facultad de supervisión conferida por el artículo 3º del Decreto Nº 754
de fecha 12 de mayo de 1994, destacando que las actividades propiciadas
han sido estructuradas siguiendo los Lineamientos de la Resolución Nº
58 del 21 de noviembre de 2006 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA
GESTION PUBLICA y su modificatoria.
Que en tal sentido, resulta oportuno incorporar al PROGRAMA DE
FORMACION PARA LAS CARRERAS DEL ESTADO el DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS
y la ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS, a ser dictadas por la ESCUELA
DEL CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO, dependiente de la PROCURACION DEL
TESORO DE LA NACION.
Que ha tomado intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS, de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA,
de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades
conferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y
modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1º — Incorpórase al PROGRAMA DE FORMACION PARA LAS CARRERAS
DEL ESTADO el DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS y la ESPECIALIZACION EN
DERECHOS HUMANOS dictada por la ESCUELA DEL CUERPO DE ABOGADOS DEL
ESTADO, dependiente de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.
Art. 2º — Apruébase la FUNDAMENTACION, OBJETIVOS y LINEAMIENTOS BASICOS
del DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS que como Anexo I forma parte de la
presente resolución.
Art. 3º — Apruébase la FUNDAMENTACION, OBJETIVOS y LINEAMIENTOS BASICOS
DE LA ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS que como Anexo II forma parte
de la presente resolución.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Facundo P. Nejamkis.
ANEXO I
FUNDAMENTACION, OBJETIVOS Y LINEAMIENTOS BASICOS DEL DIPLOM/\DO EN DERECHOS HUMANOS.
I.- FUNDAMENTACION
La ESCUELA DEL CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO, en su labor de formación
de las y los profesionales que defienden los intereses del Estado, debe
proveer los elementos necesarios para su capacitación y
perfeccionamiento. A tales fines, su misión fundamental es desarrollar
los cursos de posgrado necesarios para el correcto desempeño de
abogadas y abogados en la función pública.
En los últimos años los derechos humanos, en sus más diversas
acepciones, se han convertido en un paradigma universal y en una fuente
casi indiscutida de legitimación política, siendo una condición cada
vez más presente en el diseño de las más variadas políticas públicas.
A partir del año 2003, la República Argentina ha definido a los
derechos humanos como el sello distintivo de sus políticas públicas, ya
que históricamente existió una visión en la cual los derechos humanos
se defendieron únicamente desde la lucha de la sociedad “contra el
Estado”. Este último se constituye, en el mejor de los casos, como un
actor “pasivo”, reducido a reconocer, positivar y eventualmente reparar
los derechos humanos previamente adquiridos y posteriormente vulnerados.
Para garantizar esta profundización de la construcción democrática
basada en el respeto de los derechos humanos deviene imprescindible que
todos los servicios jurídicos públicos cuenten con profesionales
especializados en esta materia.
En tal entendimiento resulta esencial formar una masa crítica de
profesionales en ese sector, con una capacitación que contemple una
visión omnicomprensiva de los derechos humanos, con sólidas bases en la
normativa y práctica nacional e internacional, y que reconozca a los
derechos humanos como el conjunto de valores y expectativas que la
población va consensuando para construir el núcleo ético de una
democracia avanzada.
Esta carrera podrá ser cursada bajo la modalidad presencial o virtual.
II. OBJETIVOS
Brindar una formación integral y profunda en materia de derechos
humanos, con especial referencia a los aspectos jurídicos estatales.
Contribuir a la incorporación de un enfoque de derechos humanos al
ejercicio de la profesión, la función pública y las tareas de
investigación.
Fortalecer la cultura de Derechos Humanos en el sector público
asumiendo su carácter transversal al interior de las distintas esferas
del Estado.
Contribuir para que los profesionales desarrollen competencias para
analizar en una perspectiva dinámica la interrelación entre las
demandas ciudadanas y la acción de un Estado protector, promotor y
constructor de los derechos humanos en el orden nacional e
internacional.
III. LINEAMIENTOS BASICOS
El DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS comprende un curso lectivo con una
exigencia horaria total de CIENTO CUARENTA (140) horas presenciales o
sus equivalentes bajo la modalidad virtual.
Los destinatarios de este curso son:
a) Abogadas y abogados del Cuerpo de Abogados del Estado.
b) Abogadas y abogados que posean relación de empleo con el ESTADO NACIONAL.
La obtención del DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS requiere:
a) de la aprobación de los módulos temáticos.
b) del cumplimiento de la pauta de asistencia que corresponda de conformidad a la modalidad de dictado.
c) de la aprobación de UN (1) trabajo final diseñado conforme a las
pautas generales establecidas por la Dirección Académica o de la
aprobación de UN (1) examen final integrador. En ambos casos, la
Dirección Académica designará UN (1) Tribunal Examinador.
En ningún caso el desarrollo de esta Carrera de Estado podrá
prolongarse más de DOS (2) años contados a partir del inicio de la
actividad, debiendo presentarse el Trabajo de Investigación o aprobarse
el examen final integrador antes de cumplirse el tercer año de
comenzada la carrera.
IV. METODOLOGIA
La metodología del DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS se basará fundamentalmente en los siguientes aspectos:
a) Combinación equilibrada de teoría y práctica.
b) Participación activa, que responderá a criterios de exigencia de
compromiso de los participantes en el proceso de formación,
aprovechando las posibilidades de la gestión del conocimiento.
c) Evaluación de los aprendizajes mediante la aplicación de pruebas objetivas en todos los cursos.
El método pedagógico debe promover la aptitud participativa, el
desarrollo de destrezas y de criterio objetivo de las alumnas y alumnos
durante todo el proceso de aprendizaje.
ANEXO II
FUNDAMENTACION, OBJETIVOS Y LINEAMIENTOS BASICOS DE LA ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS
I.- FUNDAMENTACION
La ESCUELA DEL CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO, en su labor de formación
de las y los profesionales que defienden los intereses del Estado, debe
proveer los elementos necesarios para su capacitación y
perfeccionamiento. A tales fines, su misión fundamental es desarrollar
los cursos de posgrado necesarios para el correcto desempeño de
abogadas y abogados en la función pública.
En los últimos años los derechos humanos, en sus más diversas
acepciones, se han convertido en un paradigma universal y en una fuente
casi indiscutida de legitimación política, siendo una condición cada
vez más presente en el diseño de las más variadas políticas públicas.
A partir del año 2003, la República Argentina ha definido a los
derechos humanos como el sello distintivo de sus políticas públicas, ya
que históricamente existió una visión en la cual los derechos humanos
se defendieron únicamente desde la lucha de la sociedad “contra el
Estado”. Este último se constituye, en el mejor de los casos, como un
actor “pasivo”, reducido a reconocer, positivar y eventualmente reparar
los derechos humanos previamente adquiridos y posteriormente vulnerados.
Para garantizar esta profundización de la construcción democrática
basada en el respeto de los derechos humanos deviene imprescindible que
todos los servicios jurídicos públicos cuenten con profesionales
especializados en esta materia.
En tal entendimiento resulta esencial formar una masa crítica de
profesionales en ese sector, con una capacitación que contemple una
visión omnicomprensiva de los derechos humanos, con sólidas bases en la
normativa y práctica nacional e internacional, y que reconozca a los
derechos humanos como el conjunto de valores y expectativas, que la
población va consensuando para construir el núcleo ético de una
democracia avanzada.
Esta carrera podrá ser cursada bajo la modalidad presencial o virtual.
II. OBJETIVOS
Brindar una formación integral y profunda en materia de derechos
humanos, con especial referencia a los aspectos jurídicos estatales.
Promover el análisis de los diferentes procesos históricos que han
coadyuvado a la construcción de los derechos humanos y la compresión de
sus fundamentos filosóficos.
Contribuir a la incorporación de un enfoque de derechos humanos al
ejercicio de la profesión, la función pública y las tareas de
investigación.
Fortalecer la cultura de Derechos Humanos en el sector público
asumiendo su carácter transversal al interior de las distintas esferas
del Estado.
Definir la relevancia que comporta la funcionalidad del poder en
relación con la libertad, la responsabilidad del Estado en relación con
los derechos fundamentales.
Contribuir para que las y los profesionales desarrollen competencias
para analizar en una perspectiva dinámica la interrelación entre las
demandas ciudadanas y la acción de un Estado protector, promotor y
constructor de los derechos humanos en el orden nacional e
internacional.
Colaborar con la formación de profesionales con herramientas para
asesorar respecto de los procedimientos ante los mecanismos de
protección internacional de derechos humanos a nivel político y
jurisdiccional.
III. LINEAMIENTOS BASICOS.
La ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS comprende un curso lectivo con
una exigencia horaria total de TRESCIENTAS SESENTA (360) horas
presenciales o sus equivalentes bajo la modalidad virtual.
Los destinatarios de este curso son:
a) Abogadas y abogados del Cuerpo de Abogados del Estado.
b) Abogadas y abogados que posean relación de empleo con el ESTADO
NACIONAL, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los
municipios provinciales u otras entidades públicas.
La obtención de la ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS requiere:
a) de la aprobación de los módulos temáticos.
b) del cumplimiento de la pauta de asistencia que corresponda de conformidad a la modalidad de dictado.
c) de la aprobación de UN (1) trabajo final diseñado conforme a las
pautas generales establecidas por la Dirección Académica o de la
aprobación de UN (1) examen final integrador. En ambos casos, la
Dirección Académica designará UN (1) Tribunal Examinador.
En ningún caso, el desarrollo de esta Carrera de Estado podrá
prolongarse más de TRES (3) años contados a partir del inicio de la
actividad, debiendo presentarse el Trabajo de Investigación o aprobarse
el examen final integrador antes de cumplirse el cuarto año de
comenzada la carrera.
IV. METODOLOGIA.
La metodología de la ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS se basará fundamentalmente en los siguientes aspectos.
a) Combinación equilibrada de teoría y práctica.
b) Participación activa, que responderá a criterios de exigencia de
compromiso de las y los participantes en el proceso de formación,
aprovechando las posibilidades de la gestión del conocimiento.
c) Evaluación de los aprendizajes mediante la aplicación de pruebas objetivas en todos los cursos.
El método pedagógico debe promover la aptitud participativa, el
desarrollo de destrezas y de criterio objetivo de las alumnas y alumnos
durante todo el proceso de aprendizaje.