Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 214/2012

Incorpórase al Programa de Formación para las Carreras del Estado el Diplomado en Derechos Humanos y la Especialización en Derechos Humanos, dictada por la Escuela del Cuerpo de Abogados del Estado de la Procuración del Tesoro de la Nación.

Bs. As., 11/7/2012

VISTO el Expediente Nº 20901/2012 del Registro de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, el Decreto Nº 754 del 12 de mayo de 1994, las Resoluciones Nº 58 del 21 de noviembre de 2006 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, y Nº 2 de fecha 14 de enero de 2009 de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 754 del 12 de mayo de 1994 se creó la ESCUELA DEL CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO, con dependencia de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, y bajo la supervisión del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA.

Que por Resolución Nº 58 del 21 de noviembre de 2006 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA se creó el PROGRAMA DE FORMACION PARA LAS CARRERAS DEL ESTADO, en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA.

Que por Resolución Nº 2 de fecha 14 de enero de 2009 de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobaron la Fundamentación, Objetivos y Lineamientos Básicos, y el Reglamento del Programa de Formación para las Carreras de Estado del citado PROGRAMA.

Que por las Resoluciones Nº 23 de fecha 2 de julio de 2007 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y Nº 162 de fecha 10 de junio de 2009 de la ex SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA se incorporaron al referido Programa de Formación las especializaciones en ABOGACIA DEL ESTADO y en CONTRATOS ADMINISTRATIVOS, DERECHO TRIBUTARIO Y DERECHO ADUANERO, respectivamente, dictadas por la ESCUELA DEL CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO, dependiente de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.

Que la citada Escuela ha generado nuevas actividades que reúnen las características exigidas para ser consideradas CARRERAS DE ESTADO.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA ha ejercido la facultad de supervisión conferida por el artículo 3º del Decreto Nº 754 de fecha 12 de mayo de 1994, destacando que las actividades propiciadas han sido estructuradas siguiendo los Lineamientos de la Resolución Nº 58 del 21 de noviembre de 2006 de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y su modificatoria.

Que en tal sentido, resulta oportuno incorporar al PROGRAMA DE FORMACION PARA LAS CARRERAS DEL ESTADO el DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS y la ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS, a ser dictadas por la ESCUELA DEL CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO, dependiente de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.

Que ha tomado intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA, de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA.

Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:

Artículo 1º — Incorpórase al PROGRAMA DE FORMACION PARA LAS CARRERAS DEL ESTADO el DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS y la ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS dictada por la ESCUELA DEL CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO, dependiente de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.

Art. 2º — Apruébase la FUNDAMENTACION, OBJETIVOS y LINEAMIENTOS BASICOS del DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS que como Anexo I forma parte de la presente resolución.

Art. 3º — Apruébase la FUNDAMENTACION, OBJETIVOS y LINEAMIENTOS BASICOS DE LA ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS que como Anexo II forma parte de la presente resolución.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Facundo P. Nejamkis.

ANEXO I

FUNDAMENTACION, OBJETIVOS Y LINEAMIENTOS BASICOS DEL DIPLOM/\DO EN DERECHOS HUMANOS.

I.- FUNDAMENTACION

La ESCUELA DEL CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO, en su labor de formación de las y los profesionales que defienden los intereses del Estado, debe proveer los elementos necesarios para su capacitación y perfeccionamiento. A tales fines, su misión fundamental es desarrollar los cursos de posgrado necesarios para el correcto desempeño de abogadas y abogados en la función pública.

En los últimos años los derechos humanos, en sus más diversas acepciones, se han convertido en un paradigma universal y en una fuente casi indiscutida de legitimación política, siendo una condición cada vez más presente en el diseño de las más variadas políticas públicas.

A partir del año 2003, la República Argentina ha definido a los derechos humanos como el sello distintivo de sus políticas públicas, ya que históricamente existió una visión en la cual los derechos humanos se defendieron únicamente desde la lucha de la sociedad “contra el Estado”. Este último se constituye, en el mejor de los casos, como un actor “pasivo”, reducido a reconocer, positivar y eventualmente reparar los derechos humanos previamente adquiridos y posteriormente vulnerados.

Para garantizar esta profundización de la construcción democrática basada en el respeto de los derechos humanos deviene imprescindible que todos los servicios jurídicos públicos cuenten con profesionales especializados en esta materia.

En tal entendimiento resulta esencial formar una masa crítica de profesionales en ese sector, con una capacitación que contemple una visión omnicomprensiva de los derechos humanos, con sólidas bases en la normativa y práctica nacional e internacional, y que reconozca a los derechos humanos como el conjunto de valores y expectativas que la población va consensuando para construir el núcleo ético de una democracia avanzada.

Esta carrera podrá ser cursada bajo la modalidad presencial o virtual.

II. OBJETIVOS

Brindar una formación integral y profunda en materia de derechos humanos, con especial referencia a los aspectos jurídicos estatales.

Contribuir a la incorporación de un enfoque de derechos humanos al ejercicio de la profesión, la función pública y las tareas de investigación.

Fortalecer la cultura de Derechos Humanos en el sector público asumiendo su carácter transversal al interior de las distintas esferas del Estado.

Contribuir para que los profesionales desarrollen competencias para analizar en una perspectiva dinámica la interrelación entre las demandas ciudadanas y la acción de un Estado protector, promotor y constructor de los derechos humanos en el orden nacional e internacional.

III. LINEAMIENTOS BASICOS

El DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS comprende un curso lectivo con una exigencia horaria total de CIENTO CUARENTA (140) horas presenciales o sus equivalentes bajo la modalidad virtual.

Los destinatarios de este curso son:

a) Abogadas y abogados del Cuerpo de Abogados del Estado.

b) Abogadas y abogados que posean relación de empleo con el ESTADO NACIONAL.

La obtención del DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS requiere:

a) de la aprobación de los módulos temáticos.

b) del cumplimiento de la pauta de asistencia que corresponda de conformidad a la modalidad de dictado.

c) de la aprobación de UN (1) trabajo final diseñado conforme a las pautas generales establecidas por la Dirección Académica o de la aprobación de UN (1) examen final integrador. En ambos casos, la Dirección Académica designará UN (1) Tribunal Examinador.

En ningún caso el desarrollo de esta Carrera de Estado podrá prolongarse más de DOS (2) años contados a partir del inicio de la actividad, debiendo presentarse el Trabajo de Investigación o aprobarse el examen final integrador antes de cumplirse el tercer año de comenzada la carrera.

IV. METODOLOGIA

La metodología del DIPLOMADO EN DERECHOS HUMANOS se basará fundamentalmente en los siguientes aspectos:

a) Combinación equilibrada de teoría y práctica.

b) Participación activa, que responderá a criterios de exigencia de compromiso de los participantes en el proceso de formación, aprovechando las posibilidades de la gestión del conocimiento.

c) Evaluación de los aprendizajes mediante la aplicación de pruebas objetivas en todos los cursos.

El método pedagógico debe promover la aptitud participativa, el desarrollo de destrezas y de criterio objetivo de las alumnas y alumnos durante todo el proceso de aprendizaje.

ANEXO II

FUNDAMENTACION, OBJETIVOS Y LINEAMIENTOS BASICOS DE LA ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS

I.- FUNDAMENTACION

La ESCUELA DEL CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO, en su labor de formación de las y los profesionales que defienden los intereses del Estado, debe proveer los elementos necesarios para su capacitación y perfeccionamiento. A tales fines, su misión fundamental es desarrollar los cursos de posgrado necesarios para el correcto desempeño de abogadas y abogados en la función pública.

En los últimos años los derechos humanos, en sus más diversas acepciones, se han convertido en un paradigma universal y en una fuente casi indiscutida de legitimación política, siendo una condición cada vez más presente en el diseño de las más variadas políticas públicas.

A partir del año 2003, la República Argentina ha definido a los derechos humanos como el sello distintivo de sus políticas públicas, ya que históricamente existió una visión en la cual los derechos humanos se defendieron únicamente desde la lucha de la sociedad “contra el Estado”. Este último se constituye, en el mejor de los casos, como un actor “pasivo”, reducido a reconocer, positivar y eventualmente reparar los derechos humanos previamente adquiridos y posteriormente vulnerados.

Para garantizar esta profundización de la construcción democrática basada en el respeto de los derechos humanos deviene imprescindible que todos los servicios jurídicos públicos cuenten con profesionales especializados en esta materia.

En tal entendimiento resulta esencial formar una masa crítica de profesionales en ese sector, con una capacitación que contemple una visión omnicomprensiva de los derechos humanos, con sólidas bases en la normativa y práctica nacional e internacional, y que reconozca a los derechos humanos como el conjunto de valores y expectativas, que la población va consensuando para construir el núcleo ético de una democracia avanzada.

Esta carrera podrá ser cursada bajo la modalidad presencial o virtual.

II. OBJETIVOS

Brindar una formación integral y profunda en materia de derechos humanos, con especial referencia a los aspectos jurídicos estatales.

Promover el análisis de los diferentes procesos históricos que han coadyuvado a la construcción de los derechos humanos y la compresión de sus fundamentos filosóficos.

Contribuir a la incorporación de un enfoque de derechos humanos al ejercicio de la profesión, la función pública y las tareas de investigación.

Fortalecer la cultura de Derechos Humanos en el sector público asumiendo su carácter transversal al interior de las distintas esferas del Estado.

Definir la relevancia que comporta la funcionalidad del poder en relación con la libertad, la responsabilidad del Estado en relación con los derechos fundamentales.

Contribuir para que las y los profesionales desarrollen competencias para analizar en una perspectiva dinámica la interrelación entre las demandas ciudadanas y la acción de un Estado protector, promotor y constructor de los derechos humanos en el orden nacional e internacional.

Colaborar con la formación de profesionales con herramientas para asesorar respecto de los procedimientos ante los mecanismos de protección internacional de derechos humanos a nivel político y jurisdiccional.

III. LINEAMIENTOS BASICOS.

La ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS comprende un curso lectivo con una exigencia horaria total de TRESCIENTAS SESENTA (360) horas presenciales o sus equivalentes bajo la modalidad virtual.

Los destinatarios de este curso son:

a) Abogadas y abogados del Cuerpo de Abogados del Estado.

b) Abogadas y abogados que posean relación de empleo con el ESTADO NACIONAL, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los municipios provinciales u otras entidades públicas.

La obtención de la ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS requiere:

a) de la aprobación de los módulos temáticos.

b) del cumplimiento de la pauta de asistencia que corresponda de conformidad a la modalidad de dictado.

c) de la aprobación de UN (1) trabajo final diseñado conforme a las pautas generales establecidas por la Dirección Académica o de la aprobación de UN (1) examen final integrador. En ambos casos, la Dirección Académica designará UN (1) Tribunal Examinador.

En ningún caso, el desarrollo de esta Carrera de Estado podrá prolongarse más de TRES (3) años contados a partir del inicio de la actividad, debiendo presentarse el Trabajo de Investigación o aprobarse el examen final integrador antes de cumplirse el cuarto año de comenzada la carrera.

IV. METODOLOGIA.

La metodología de la ESPECIALIZACION EN DERECHOS HUMANOS se basará fundamentalmente en los siguientes aspectos.

a) Combinación equilibrada de teoría y práctica.

b) Participación activa, que responderá a criterios de exigencia de compromiso de las y los participantes en el proceso de formación, aprovechando las posibilidades de la gestión del conocimiento.

c) Evaluación de los aprendizajes mediante la aplicación de pruebas objetivas en todos los cursos.

El método pedagógico debe promover la aptitud participativa, el desarrollo de destrezas y de criterio objetivo de las alumnas y alumnos durante todo el proceso de aprendizaje.