AGENTES DE VIAJES

Res. 208/89 – ST

Prorrógase el plazo de presentación establecido por la Resolución Nº 159/89.

Bs. As., 16/5/89

VISTO, la Resolución nº 159 del 12 de abril de 1989, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la misma se imponen a las agencias de viajes que operan en turismo estudiantil diversas obligaciones de presentación ante esta Secretaría.

Que a tal efecto se estableció como fecha de presentación el 30 de abril de 1989.

Que la citada resolución tuvo principio de ejecución al producirse su publicación en el Boletín Oficial, hecho ocurrido el día 18 de abril de 1989, fecha a partir de la cual se comunicó la misma.

Que si bien existe un cumplimiento parcial por parte de las Agencias de Viajes, la circunstancia citada no permitió el estricto cumplimiento de los términos establecidos.

Que por otra parte la Asociación Argentina de Agencias de Viajes y Turismo, solicita una prórroga para el plazo de presentación.

Que en consecuencia y atento lo expresado precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 440/89.

EL SECRETARIO DE TURISMO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrógase el plazo de presentación establecido por la Resolución ST nº 159/89, el que queda establecido el día 30 de mayo de 1989, atento lo expresado en los considerandos de la presente resolución.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, cumplido, archívese. — Enrique Olivera.