HOMENAJES

LEY Nº 23.524

Créase la comisión de homenaje a Manuel Dorrego.

Sancionada: Julio 1º de 1987.

Promulgada: Julio 21 de1987.

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º- Créase una comisión nacional de homenaje al prócer don Manuel Dorrego, con motivo de cumplirse el 11 de junio de 1987 el vicentenario de su nacimiento.

ARTICULO 2º- Facúltase al Poder Ejecutivo para que por intermedio del Ministerio de Educación y Justicia, y previa consulta a la Academia Nacional de la Historia, proceda a dessignar a los integrantes de la citada comisión entre personalidades de reconocido prestigio en el estudio y la difusión de la vida y obra del prócer homenajeado.

ARTICULO 3º- La comisión creada por la presente ley deberá expedirse en un plazo de sesenta (60) días, dando a conocer el programa de actividades y publicaciones relacionadas con la recordación.

ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se tomará de “Rentas Generales“, con imputación a la misma.

ARTICULO 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a un día del mes de julio del año mil novecientos ochenta y siete.

 
J. C. PUGLIESE
V. H . MARTINEZ
Carlos A. Bravo Antonio J. Macris

 -Registrada bajo el Nº 23.524-