HOMENAJES
LEY Nº 23.524
Créase la comisión de homenaje a Manuel Dorrego.
Sancionada: Julio 1º de 1987.
Promulgada: Julio 21 de1987.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º-
Créase una comisión nacional de homenaje al prócer don Manuel
Dorrego, con motivo de cumplirse el 11 de junio de 1987 el vicentenario
de su nacimiento.
ARTICULO 2º- Facúltase al Poder
Ejecutivo para que por intermedio del Ministerio de Educación y
Justicia, y previa consulta a la Academia Nacional de la Historia,
proceda a dessignar a los integrantes de la citada comisión entre
personalidades de reconocido prestigio en el estudio y la difusión de
la vida y obra del prócer homenajeado.
ARTICULO 3º- La comisión creada
por la presente ley deberá expedirse en un plazo de sesenta (60) días,
dando a conocer el programa de actividades y publicaciones relacionadas
con la recordación.
ARTICULO 4º- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se tomará de “Rentas Generales“, con imputación a la misma.
ARTICULO 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a
un día del mes de julio del año mil novecientos ochenta y siete.
J. C. PUGLIESE
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V. H . MARTINEZ |
Carlos A. Bravo |
Antonio J. Macris |
-Registrada bajo el Nº 23.524-