IMPUESTOS

LEY N° 23.497

Restablécese la vigencia de la norma de facto 22.916 con sus modificaciones.

Sancionada: Febrero 11 de 1987.

Promulgada: Febrero 17 de 1987.

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1° — Restablécese la vigencia de la norma de facto 22.916 modificada por las leyes Nros. 23.091, 23.130 y 23.284, desde el día siguiente al de publicación de la presente ley en el Boletín Oficial y hasta el 31 de diciembre de 1988.

ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los once días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y siete.

J. C. PUGLIESE. V. H. MARTINEZ.
Carlos A. Bravo. Antonio J. Macris.

— Registrada bajo el N° 23.497 —