IMPUESTOS
LEY N° 23.496
Restablécese la vigencia de la norma de facto 22.947 con sus modificaciones.
Sancionada: Febrero 11 de 1987.
Promulgada: Febrero 17 de 1987.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1° — Restablécese la
vigencia de la norma de facto 22.947, modificada por la norma de facto
22.983 y por las leyes 23.121 y 23.213, desde el día siguiente al de
publicación de la presente ley en el Boletín Oficial y hasta el 31 de
diciembre de 1988, inclusive.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a
los once días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y
siete.
J. C. PUGLIESE. |
V. H. MARTINEZ. |
Carlos A. Bravo. |
Antonio J. Macris. |
— Registrada bajo el N° 23.496 —