ENTIDADES ASEGURADORAS

LEY Nº 23.488

Modifícase la disposición de facto 20.091.

Sancionada: Octubre 31 de 1986.

Promulgada: Diciembre 1º de 1986.

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1° — Modifícase el inciso a) del artículo 35 de la disposición de facto 20.091, el que queda redactado de la siguiente manera:

a) Títulos u otros valores de la deuda pública nacional o garantizados por la Nación y títulos de la deuda pública interna de las Provincias emitidos con arreglo a sus respectivas Constituciones y también los de las municipalidades que cuenten con la garantía de los respectivos municipios.

ARTICULO 2° — Comuníquese, al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta y un días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y seis.

J. C. PUGLIESE

V. H. MARTINEZ

Carlos A. Bejar

Antonio J. Macris

—Registrada bajo el Nº 23.488—