Corte Suprema de Justicia de la Nación

TASAS JUDICIALES

Actualízanse los montos fijados en la resolución 1413/90.

Bs. As., 11/12/90

VISTO el expediente S-2939/90 caratulado "Ley 23.898 -tasas judiciales (art. 6º) - actualización", y

CONSIDERANDO:

1°) Que de acuerdo con lo establecido en la resolución 1413/90 corresponde actualizar en forma mensual el monto del art. 6º de la ley 23.898, de acuerdo con los índices de precios al por mayor, nivel general, publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, aplicando los de precios al consumidor nivel general cuando se trata de juicios derivados de las relaciones jurídicas vinculadas con el contrato de trabajo (ver considerando 3º).

2°) Que dicho instituto informa que los índices de precios al por mayor, nivel general para los meses de octubre y noviembre de este año, son respectivamente, de 1.303.441.670,3 y de 1.320.860.396,8. El coeficiente en este caso es 1,01.

A su vez, los índices de precios al consumidor, nivel general para los meses citados son de 118.379,9 y de 125.696,5. El coeficiente es 1,06.

3°) Que multiplicando ambos coeficientes por los montos fijados en la resolución 1413/90 surgirán los aplicables para diciembre de este año.

Por ello,

SE RESUELVE:

Artículo 1º — Actualizar los montos fijados en la resolución 1413/90 de la siguiente forma: A 452.500,00 en A 457.025,00 (AUSTRALES CATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL VEINTICINCO); y para las relaciones jurídicas vinculadas con el contrato de trabajo: A 367.500,00 en A 389.550,00 (AUSTRALES TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA).

Art. 2º — Hacer saber que los montos enunciados regirán durante diciembre de 1990 hasta la próxima actualización.

Regístrese, comuníquese y publíquese. Ricardo Levene (h.). — Mariano Cavagna Martínez. — Carlos S. Fayt. —Enrique Santiago Petracchi. — Rodolfo C. Barra. — Julio C. Oyhanarte. — Eduardo Moliné O'Connor.