MONUMENTOS CONMEMORATIVOS

LEY N° 23.376

Dispónese la erección de un monumento a la memoria de la Sra. María Eva Duarte de Perón.

Sancionada: Setiembre 14 de 1986.

Promulgada de Hecho: Octubre 9 de 1986.

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1° — Dispónese la erección de un monumento a la memoria de la Sra. María Eva Duarte de Perón, en reconocimiento a la labor desarrollada en defensa de los sectores más humildes y desposeídos.

ARTICULO 2° — Dicho monumento deberá ser emplazado en la ciudad de Buenos Aires en las proximidades de aquellos lugares en los cuales desarrollaba habitualmente tareas.

ARTICULO 3° — Su realización deberá estar a cargo exclusivamente de escultores argentinos, llamándose a concurso público de proyectos para tal fin. EI Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Educación y Justicia y su correspondiente Secretaría de Cultura, dictará la reglamentación pertinente para el trámite correspondiente y la constitución del jurado respectivo.

ARTICULO 4° — Los recursos para atender los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputarán a Rentas Generales.

ARTICULO 5° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a los dieciocho días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y seis.

J. C. PUGLIESE.
V. H. MARTINEZ.
Carlos A. Bravo.
Antonio J. Macris.
                                                                                       
— Registrada bajo el N° 23.376 —