MONUMENTOS CONMEMORATIVOS
LEY N° 23.376
Dispónese la erección de un monumento a la memoria de la Sra. María Eva Duarte de Perón.
Sancionada: Setiembre 14 de 1986.
Promulgada de Hecho: Octubre 9 de 1986.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1° — Dispónese la
erección de un monumento a la memoria de la Sra. María Eva Duarte de
Perón, en reconocimiento a la labor desarrollada en defensa de los
sectores más humildes y desposeídos.
ARTICULO 2° — Dicho monumento
deberá ser emplazado en la ciudad de Buenos Aires en las proximidades
de aquellos lugares en los cuales desarrollaba habitualmente tareas.
ARTICULO 3° — Su realización
deberá estar a cargo exclusivamente de escultores argentinos,
llamándose a concurso público de proyectos para tal fin. EI Poder
Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Educación y Justicia y su correspondiente Secretaría
de Cultura, dictará la reglamentación pertinente para el trámite
correspondiente y la constitución del jurado respectivo.
ARTICULO 4° — Los recursos para atender los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputarán a Rentas Generales.
ARTICULO 5° — Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en
Buenos Aires a los dieciocho días del mes de setiembre del año mil
novecientos ochenta y seis.
J. C. PUGLIESE.
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V. H. MARTINEZ.
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Carlos A. Bravo.
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Antonio J. Macris.
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— Registrada bajo el N° 23.376 —