Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Resolución 178/95

Modifícanse niveles de reintegros establecidos por Decreto Nº 2275/94.

Bs. As., 14/2/95

VISTO el Expediente Nº 030-000078/95 del Registro del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, y el Decreto Nº 2275/94 del 23 de diciembre de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 20.380, resulta necesario modificar los niveles de reintegros establecidos por Decreto Nº 2275/94.

Que la citada Ley dispone que la exportación de libros argentinos estará exenta de todo gravamen y gozará de un estímulo similar al dispensado a los productos manufacturados no tradicionales con mayor grado de elaboración y tecnología.

Que para la modificación que se propicia ha tomado intervención la Secretaría de Comercio e Inversiones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente norma se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415, en la Ley Nº 20.380, en la Ley de Ministerios -t.o.en 1992- y en la Ley Nº 22.792, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 751/74 de fecha 8 de marzo de 1974, 101/85 de fecha 16 de enero de 1985, 1011/91 de fecha 29 de mayo de 1991 y 2275/94 de fecha 23 de diciembre de 1994.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyese en el Anexo I del Decreto Nº 2275/94 los reintegros (R) de las posiciones arancelarias que a continuación se detallan por los que en cada caso se indican:

 

R

 

%

4901.10.00

20

4901.91.00

20

4901.99.00

20

Art.2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art.3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.