Corte Suprema de Justicia de la Nación

CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION

Resolución 244/91

Actualización de montos.

Bs. As., 19/3/91

VISTO el expediente S-2323/78, y

CONSIDERANDO:

1°) Que según surge de lo dispuesto por los artículos 3º de la ley 21.708 y 3º de la 22.434, corresponde a esta Corte actualizar semestralmente los montos establecidos por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, con arreglo a los índices de precios al por mayor, nivel general.

2°) Que, dictada la ley 23.853 (B. O. 24/10/90), el Tribunal decidió actualizar en forma mensual los montos previstos en las normas procesales que constituyen recursos del Poder Judicial (ver resolución N° 1441/90 a fs. 1250/52).

Por tanto, la norma enunciada en el considerando anterior debe aplicarse únicamente a los montos previstos en los artículos 320, inc. 1° y 321, inc. 1° del Código citado.

3°) Que por resolución N° 1099/90 se efectuó el cómputo que corresponde al semestre que corre desde el 26 de setiembre de 1990 al 25 de marzo de este año (ver fs. 1200).

4°) Que los índices de aumento de los precios señalados para los meses de agosto de 1990 y febrero de 1991, son respectivamente, de 1.166.853.764,1 y 2.003.030.686,6. El coeficiente que corresponde aplicar para el semestre que va desde el 26 de marzo al 25 de setiembre de 1991 es, pues, 1,72.

5°) Que multiplicando dicho coeficiente por los montos fijados en la resolución N° 1099/90, resultan las siguientes cantidades:



Por ello,

SE RESUELVE:

Reajustar los montos establecidos en los artículos mencionados en el considerando 5º de la presente, fijándolos en las cantidades allí consignadas.

Dichos montos regirán a partir del 26 de marzo próximo.

Regístrese, hágase saber y publíquese en el Boletín Oficial. Rodolfo C. Barra. - Carlos S.  Fayt. - Enrique S. Petracchi. - Julio C. Oyhanarte. - Julio S. Nazareno.