Resolución Conjunta Nº M.E. 270/91 y M.T.S.S. 321/91

B.O.: 18/04/91

BUENOS AIRES, 15/04/l991

VISTO la Ley Nº 18.017 (t.o. 1974), la atribución conferida por el artículo 3º, inciso c), del Decreto Nº 101/85 y lo previsto por el Decreto Nº 612/89, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario actualizar los montos de las asignaciones familiares.

Que en virtud de lo previsto por el artículo 1º del Decreto Nº 612/89, los montos fijados por estos Ministerios en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 3º, inciso c), del Decreto Nº 101/85, tendrán carácter de mínimos comunes a todas las actividades públicas y privadas y demás beneficiarios comprendidos en el régimen de asignaciones familiares.

Por ello,

LOS MINISTROS DE ECONOMIA Y DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVEN:

ARTICULO 1º.- A partir del 1º de febrero de 1991 la cuantía de la asignación por ayuda escolar primaria será de TRESCIENTOS MIL AUSTRALES (A 300.000.-).

ARTICULO 2º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Resolución serán imputados a los créditos asignados a la partida específica del PRESUPUESTO GENERAL DE LA

ADMINISTRACION NACIONAL vigente.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Domingo F. Cavallo.- Rodolfo A. Díaz.