Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

CONVENIOS DE PRESTAMO

Resolución 1196/91

Decláranse comprendidas en el régimen de la Ley N° 20.852 y su modificatoria 21.552 a las licitaciones internacionales relacionadas con el Decreto N° 1556/91.

Bs. As., 3/10/91

Visto el Decreto N° 1556 del 12 de agosto de 1991 en virtud del cual se declaran de Interés Nacional las acciones emergentes de la ejecución del Proyecto de Asistencia Técnica para la Reforma del Sector Público, a financiarse con los recursos del Préstamo N° 3362-AR otorgado por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, y

CONSIDERANDO:

Que para la ejecución del Proyecto de Asistencia para la Reforma del Sector Público se ha facultado la realización de contratos de locación de obras y/o servicios con terceros, sin relación de dependencia, atinentes a auditorías, consultorías o asesorías técnicas, legales o administrativas con expertos y/o institutos de investigaciones, nacionales o extranjeros, como así también la adquisición de los bienes muebles y/o equipamientos que fuere menester para su ejecución.

Que en la adquisición o contratación de bienes y servicios a ser financiados con los recursos del Préstamo, se deberá estar a la normas establecidas en el respectivo Convenio de Préstamo, el cual prevé en su Anexo 4, Sección I a la licitación pública internacional como forma de arribar a dichas contrataciones.

Que atendiendo a dicha modalidad se hace necesario conceder a las ofertas de bienes producidos en el país incentivos fiscales, conforme a la legislación vigente, que permitan su concurrencia a las provisiones con razonable probabilidad de éxito.

Que en tal sentido, la Ley N° 20.852, modificada por la Ley N° 21.522, prescribe beneficios para la industria nacional que intervengan en licitaciones internacionales con financiamiento del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO, o convocados por entes bi o multinacionales de las que la REPUBLICA ARGENTINA forme para la ejecución de obras de carácter internacional.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 5° de la Ley N° 20.852, modificada por Ley N° 21.522, por el artículo 1° del Decreto N° 2099 de fecha 17 de setiembre de 1976 y por el artículo 2°, inciso d) apartado 10 del Decreto N° 101 de fecha 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Decláranse comprendidas en el régimen de la Ley N° 20.852, modificada por su similar N° 21.522, a las licitaciones internacionales que sean abiertas en función de lo previsto en el Decreto N° 1556 del 12 de agosto de 1991, para la ejecución del proyecto de Asistencia Técnica para la Reforma del Sector público, a financiarse con los recursos del préstamo N° 3362-AR otorgado por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.