Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Resolución 152/2012
Autorízase el pago en concepto de
bonificación a los créditos otorgados por la utilización de cupos
colocados con vencimiento en el mes de julio de 2012.
Bs. As., 24/7/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0250482/2012 del Registro del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y sus respectivas
reglamentaciones, los Decretos Nros. 748 de fecha 29 de agosto de 2000,
357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, 871 de fecha 6
de octubre de 2003, 159 de fecha 24 de febrero de 2005 y 62 de fecha 10
de diciembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de
2002 y sus modificaciones fue aprobado y modificado el Organigrama de
Aplicación de la Administración Nacional Centralizada.
Que mediante el dictado del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010
le fue asignada a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA competencia para
entender en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas,
entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los
Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y de las
disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de
Aplicación.
Que el Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas fue creado mediante el dictado del Decreto Nº 748 de
fecha 29 de agosto de 2000, el cual fue a su vez modificado ulterior y
parcialmente mediante los Decretos Nros. 871 de fecha 6 de octubre de
2003 y 159 de fecha 24 de febrero de 2005.
Que mediante las Disposiciones Nros. 349 de fecha 28 de octubre de
2005, 80 de fecha 26 de diciembre de 2005, 94 de fecha 2 de agosto de
2006, 137 de fecha 3 de octubre de 2006, 12 de fecha 7 de febrero de
2007 y 289 de fecha 19 de julio de 2007, todas de la ex SUBSECRETARIA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y las Disposiciones Nros. 34 de
fecha 27 de noviembre de 2009 y 106 de fecha 15 de diciembre de 2009,
ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, y
así también mediante las Resoluciones Nros. 14 de fecha 21 de julio de
2010, 85 de fecha 20 de octubre de 2010, 123 de fecha 6 de diciembre de
2010, 15 de fecha 24 de febrero de 2011, 121 de fecha 4 de mayo de
2011, 163 de fecha 24 de junio de 2011, 232 de fecha 6 de septiembre de
2011 y 33 de fecha 2 de marzo de 2012, todas de la SECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA se efectuaron los correspondientes llamados a licitación de
cupos de crédito con tasa bonificada en el marco del Programa de
Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que mediante las Disposiciones Nros. 1 de fecha 9 de diciembre de 2005,
37 de fecha 10 de febrero de 2006, 115 de fecha 11 de septiembre de
2006, 153 de fecha 6 de noviembre de 2006, 42 de fecha 13 de marzo de
2007 y 332 de fecha 21 de agosto de 2007, todas de la ex SUBSECRETARIA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y las Disposiciones Nros. 103
de fecha 11 de diciembre de 2009 y 111 de fecha 28 de diciembre de
2009, ambas de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, y
así también mediante las Resoluciones Nros. 20 de fecha 4 de agosto de
2010, 104 de fecha 16 de noviembre de 2010, 160 de fecha 29 de
diciembre de 2010, 25 de fecha 28 de marzo de 2011, 149 de fecha 1 de
junio de 2011, 186 de fecha 13 de julio de 2011, 248 de fecha 16 de
septiembre de 2011 y 45 de fecha 26 de marzo de 2012, todas de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA se procedió a la adjudicación de los cupos de
crédito ofrecidos por las Entidades Financieras participantes de cada
uno de los llamados a licitación mencionados precedentemente.
Que asimismo, la Autoridad de Aplicación ha suscripto convenios con el
objeto de bonificar la tasa de interés de créditos, los cuales fueron
aprobados conforme al siguiente detalle: con la firma NACION
FIDEICOMISOS S.A., en su calidad de Fiduciario del PROGRAMA DE
FINANCIAMIENTO PARA LA CREACION Y CONSOLIDACION DE MICROEMPRENDIMIENTOS
(FOMICRO), por hasta la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($
50.000.000.-), aprobado por la Disposición Nº 388 de fecha 23 de
septiembre de 2004, modificado por las Disposiciones Nros. 129 de fecha
7 de abril de 2005, 322 de fecha 26 de septiembre de 2005 y 127 de
fecha 10 de abril de 2007, todas ellas de la ex SUBSECRETARIA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y por la Disposición Nº 696 de fecha 7 de
junio de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO; con
la firma NACION FIDEICOMISOS S.A., en su calidad de Fiduciario del
FONDO INTEGRAL PARA EL DESARROLLO REGIONAL (FONDER), por hasta la suma
de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000.-), aprobado por la
Disposición Nº 112 de fecha 3 de abril de 2007 de la ex SUBSECRETARIA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y modificado por la Disposición
Nº 695 de fecha 7 de junio de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO
DE INDUSTRIA Y TURISMO; con la provincia del CHUBUT y el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por hasta la suma de PESOS DIEZ MILLONES
($ 10.000.000.-), aprobado mediante la Disposición Nº 189 de fecha 7 de
diciembre de 2006 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION; con el FONDO PARA LA TRANSFORMACION Y EL
CRECIMIENTO de la provincia de MENDOZA, por hasta la suma de PESOS
TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000.-) aprobado mediante la
Resolución Nº 262 de fecha 5 de septiembre de 2008 de la ex SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; con la provincia de SANTA FE, por
hasta la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000.-), aprobado
mediante la Disposición Nº 267 de fecha 11 de julio de 2007 de la ex
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de
la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; con el BANCO
DE LA NACION ARGENTINA, para el financiamiento del Sector Turismo, por
hasta la suma de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000.-), aprobado
mediante la Disposición Nº 33 de fecha 24 de noviembre de 2009 de la ex
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de
la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO; con el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA, para el Financiamiento de Inversiones de Actividades
para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa —Reglamentación Nº 400—, por
hasta la suma de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000.-), aprobado
mediante la Disposición Nº 483 de fecha 16 de abril de 2010 de la ex
SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de
la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y con el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA, para el Financiamiento de Inversiones de Actividades
para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa —Reglamentación Nº 400—, por
hasta la suma de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000.-), aprobado
mediante la Resolución Nº 82 de fecha 9 de mayo de 2012 de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que el artículo 9° del Decreto Nº 871/03 permite el acceso a los
beneficios del Régimen de Bonificación de Tasas, mediante la
participación y posterior adjudicación resultante de un llamado a
licitación de acuerdo con las modalidades que la Autoridad de
Aplicación determine en cada caso.
Que en un mismo sentido, el artículo 3° del Decreto Nº 159/05 establece
que la Autoridad de Aplicación podrá disponer la firma de convenios o
llamados a licitación de cupos de crédito en la región que ella
determine.
Que el Decreto Nº 353 de fecha 10 de marzo de 2010 en su artículo 2°
aprueba el PLAN DE RENOVACION DE FLOTA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE
CARGAS.
Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 3° del Anexo II del
citado decreto, entre los beneficios contemplados por el Plan referido,
se encuentra el otorgamiento de créditos con tasa de interés bonificada
por el ESTADO NACIONAL.
Que la Resolución Nº 99 de fecha 19 de abril de 2010, de la ex
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del
ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, aprobó el modelo de Convenio a
suscribir entre la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, en el marco del
mencionado plan.
Que según lo establece el artículo 31 del Anexo II del Decreto Nº
353/10, la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO deberá gestionar el
pago de la bonificación de la tasa de interés resultante de la
aplicación del PLAN DE RENOVACION DE FLOTA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE
CARGAS.
Que el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 en su artículo 1°
aprueba el PROGRAMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES
PUBLICOS EN EL BICENTENARIO.
Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 29 del Anexo del
citado decreto, el ESTADO NACIONAL bonificará parcialmente la tasa
nominal anual que establezcan las entidades financieras por préstamos a
otorgarse en el marco del mencionado Programa.
Que mediante la Resolución Nº 80 de fecha 18 de octubre de 2010 de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, fue aprobado el modelo de Convenio a suscribir
entre la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, en el marco del mencionado
Programa.
Que según lo establece el artículo 30 del Anexo del Decreto Nº 915/10,
la Autoridad de Aplicación a través de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL deberá arbitrar los medios
necesarios a los fines de suscribir un convenio con el BANCO DE LA
NACION ARGENTINA para la implementación del presente Programa.
Que se debe entonces proceder al pago en concepto de bonificación de
los créditos otorgados por la utilización de los cupos oportunamente
adjudicados y colocados en el marco de los llamados a licitación antes
mencionados, correspondientes a cada Entidad Financiera participante,
descontados los intereses resarcitorios y punitorios que
correspondieran en cada caso, así como por los créditos otorgados en el
marco del PLAN DE RENOVACION DE FLOTA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE
CARGAS y aquellos créditos otorgados en el marco del PROGRAMA NACIONAL
PARA EL DESARROLLO DE PARQUES INDUSTRIALES PUBLICOS EN EL BICENTENARIO.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la
Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas
por las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, y los Decretos Nros. 748/00,
357/02 y sus modificaciones, 871/03, 159/05 y 62 de fecha 10 de
diciembre de 2011.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
Artículo 1° — Autorízase el
pago por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA
MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($
4.830.237,66.-), en concepto de pago de bonificación a los créditos
otorgados por la utilización de los cupos colocados con vencimiento en
el mes de julio de 2012, cuyo beneficiario es el BANCO CENTRAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, debiendo éste realizar las acreditaciones en las
cuentas corrientes de los distintos bancos operadores de las líneas de
financiamiento del Régimen de Bonificación de Tasas, según surge del
Anexo que, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente
medida.
El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en este artículo
será imputado a la Jurisdicción 51, Programa 24, Actividad 11, inciso
5, Partida Principal 1, Parcial 9, Subparcial 2020, Fuente de
Financiamiento 11.
Art. 2° — Apruébase el Anexo que, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente medida.
Art. 3° — La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.
ANEXO
BANCO | BONIFICACION |
BANCO DE LA NACION ARGENTINA | $ 1.285.029,26 |
BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. | $ 208.058,69 |
BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO. | $ 848.726,57 |
BANCO PROVINCIA DE BUENOS AIRES | $ 393.433,91 |
BANCO SANTANDER RIO S.A. | $ 249.785,58 |
BANCO MACRO S.A. | $ 264.190,51 |
BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR S.A. | $ 23.006,81 |
NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. | $ 142.617,97 |
BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES | $ 26.768,14 |
NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS S.A. | $ 5.349,54 |
HSBC BANK ARGENTINA S.A. | $ 205.288,93 |
BBVA BANCO FRANCES S.A. | $ 118.887,76 |
STANDARD BANK S.A. | $ 59.446,30 |
BANCO PROVINCIA DEL NEUQUEN S.A. | $ 63.892,89 |
BANCO DE LA PAMPA S.E.M. | $ 6.067,06 |
BANCO SUPERVIELLE S.A. | $ 39.801,30 |
NUEVO BANCO DEL CHACO S.A. | $ 125.991,52 |
BANCO DE SAN JUAN S.A. | $ 64.300,98 |
CITIBANK S.A. | $ 23.385,23 |
BANCO PATAGONIA S.A. | $ 480.330,53 |
BANCO DE FORMOSA S.A. | $ 51.250,69 |
BANCO COMAFI | $ 90.526,36 |
BANCO DE SANTIAGO DEL ESTERO S.A. | $ 3.644,54 |
BANCO MERIDIAN S.A. | $ 6.562,38 |
BANCO HIPOTECARIO S.A. | $ 2.592,28 |
BANCO SANTA CRUZ S.A. | $ 41.301,93 |
TOTAL | $ 4.830.237,66 |