CONTRATOS
Decreto 1262/2012
“Programa de Asistencia a las
Poblaciones Afectadas por la Erupción del Complejo Volcánico Puyehue
Cordón Caulle”. Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a
suscribirse entre la República Argentina y la Corporación Andina de
Fomento (CAF).
Bs. As., 25/7/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0027488/2012 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo
propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y la
CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo la CORPORACION ANDINA DE
FOMENTO (CAF) se compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA
ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Asistencia
a las Poblaciones Afectadas por la Erupción del Complejo Volcánico
Puyehue Cordón Caulle” por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES
TREINTA MILLONES (U$S 30.000.000).
Que el objetivo del Programa es “facilitar un financiamiento oportuno a
la República Argentina con motivo de los efectos causados por las
erupciones del volcán Puyehue en las provincias de Río Negro y Neuquén,
iniciadas el 4 de junio de 2011” de manera que “con los recursos se
podrán llevar a cabo actividades de atención primaria de damnificados,
restitución provisional de servicios críticos como consecuencia de las
pérdidas en capital físico, natural y social que se ocasionaron por
dicha emergencia”.
Que para la ejecución del referido Programa, se desarrollarán DOS (2)
componentes: (i) “Gestión primaria de la emergencia” y (ii)
“Restitución provisional de servicios críticos”.
Que el “Organismo Ejecutor” del “Programa de Asistencia a las
Poblaciones Afectadas por la Erupción del Complejo Volcánico Puyehue
Cordón Caulle” será el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por
intermedio de la Unidad de Coordinación y Programas y Proyectos con
Enfoque Sectorial Amplio dependiente de la Dirección Nacional de
Proyectos con Organismos Internacionales de Crédito de la SECRETARIA DE
POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del citado
Ministerio, en todos aquellos aspectos relacionados con la
administración y seguimiento de la ejecución.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de
Préstamo destinado al “Programa de Asistencia a las Poblaciones
Afectadas por la Erupción del Complejo Volcánico Puyehue Cordón
Caulle”, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria
de dicho Programa.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la
REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo con la
CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF) y acuerde las modificaciones que
sean convenientes para su ejecución.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto, son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos a los que será destinado el mismo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 57 y
60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, y el
artículo 40 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2005).
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase el
Modelo de Contrato de Préstamo a suscribirse entre la REPUBLICA
ARGENTINA y la CORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF), por un monto de
DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES (U$S 30.000.000), destinado a
financiar parcialmente el “Programa de Asistencia a las Poblaciones
Afectadas por la Erupción del Complejo Volcánico Puyehue Cordón
Caulle”, que consta de las “Condiciones Particulares de Contratación”,
de las “Condiciones Generales de Contratación” y de un Anexo único,
cuyas copias autenticadas se adjuntan como Anexo a la presente medida.
Art. 2° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe a suscribir, en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo y su
documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba en el
artículo 1° del presente decreto.
Art. 3° — Facúltase al señor
Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o
funcionarios que el mismo designe a convenir y suscribir, en nombre y
representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de
Préstamo, cuyo modelo se aprueba en el artículo 1° de la presente
medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en
el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su
monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
Art. 4° — Desígnase como
“Organismo Ejecutor” del “Programa de Asistencia a las Poblaciones
Afectadas por la Erupción del Complejo Volcánico Puyehue Cordón Caulle”
al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, por intermedio de la
Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Enfoque Sectorial
Amplio dependiente de la Dirección Nacional de Proyectos con Organismos
Internacionales de Crédito de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y
PLANIFICACION DEL DESARROLLO del citado Ministerio, quedando facultado
para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la
ejecución del citado Programa, conforme las normas y procedimientos
contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba en el
artículo 1° del presente decreto.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.
Lorenzino.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser
consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar