COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Resolución 40/2012

Convocatoria a Asamblea Extraordinaria del Comité Asesor.

Bs. As., 18/7/2012

VISTO: el Expediente Nº 35.757-2012 del Registro de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, los Decretos Nº 984 del 18 de junio de 1992 y sus modificatorios, las Resoluciones CNAIPD Nº 103 de fecha 23 de junio de 2010, Nº 127 de fecha 31 de agosto de 2010, Nº 13 de fecha 4 de marzo de 2011 y,

CONSIDERANDO:

Que, por el artículo 2° de la Resolución CNAIPD Nº 103/2010 se sustituyó el Anexo II de la Resolución CNAIPD Nº 195/07 por la cual se estableciera el Sistema de Composición y Elección de los Miembros del Comité Asesor.

Que, dicho Comité es integrado por Organizaciones No Gubernamentales, que revisten el carácter Miembros Fundadores y Miembros Activos.

Que, en el nuevo texto, se estableció la obligatoriedad de celebrar una Convocatoria Pública dirigida a las Organizaciones no Gubernamentales sin Fines de lucro de Segundo o Tercer Grado que trabajen en la temática de la discapacidad, a fin de que los respectivos electores definan a través de su voto, quienes las representarán como Miembros Activos por un período de cuatro (4) años, renovables por mitades, cada dos (2) años.

Que, las designaciones deben hacerse conforme al procedimiento fijado en los artículos 12 a 23 y concordantes del Anexo I de la Resolución CNAIPD Nº 103/2010.

Que, mediante Resolución CNAIPD Nº 127/2010, se convocó a Asamblea Extraordinaria del Comité Asesor para la elección de Miembros Activos, para el día jueves 10 de marzo de 2011.

Que, mediante Resolución CNAIPD Nº 13/2011, dicha fecha fue prorrogada para el día 28 de abril de 2011 oportunidad en la cual fueron elegidas las únicas organizaciones que se postularan: la Federación de Entidades para Personas Discapacitadas de Jujuy y la Federación Sanjuanina de Organizaciones no Gubernamentales de y para Personas con Discapacidad.

Que, permanecen sin cubrir cuatro (4) cargos para miembros titulares y cuatro (4) cargos para miembros suplentes.

Que, a fin de asegurar la suficiente representatividad de las organizaciones no gubernamentales, en el ámbito del Comité Asesor, resulta necesario proceder a un nuevo llamado a elecciones, para la cobertura de los cargos que se encuentran vacantes.

Que, en la reunión de fecha 19 de abril de 2012, instrumentada mediante el Acta Nº 156, el Comité antes nombrado, también entendió conveniente llevar adelante una nueva convocatoria.

Que, las organizaciones no gubernamentales de segundo o de tercer grado, que aspiren a ser electas, deberán encontrarse inscriptas tanto en el Registro Nacional y/o Provincial de Personas Jurídicas que corresponda a su domicilio, como en el Registro de ONGs de esta Comisión Nacional Asesora.

Que, las mismas, contarán con un plazo de treinta (30) días corridos de publicado en el Boletín Oficial el edicto correspondiente a esta Convocatoria, para formalizar su postulación.

Que, la presente Resolución se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 984/92 y sus modificatorios.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
RESUELVE:

Artículo 1° — Convócase a Asamblea Extraordinaria del Comité Asesor de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad, para el día 27 de septiembre de 2012, a las 14 horas, en Avenida Julio A. Roca Nº 782 piso 4°, con el objeto de proceder a la elección de miembros activos, cuatro (4) titulares y cuatro (4) suplentes.

Art. 2° — Las organizaciones no gubernamentales de segundo o tercer grado que deseen postularse como candidatas, contaran con un plazo de treinta (30) días corridos de publicada esta Resolución en el Boletín Oficial, para formalizar su postulación, debiendo para ello cumplir los requisitos previstos en los artículos 8 y 13 de la Resolución CNAIPD Nº 103/2010.

Art. 3° — Hácese saber que el Comité Asesor sesionará en primera convocatoria con la mayoría simple de sus miembros y que, transcurridos treinta (30) minutos del horario de la convocatoria sin haberse reunido dicho quórum, se sesionará con los miembros presentes, cualquiera sea su número.

Art. 4° — La elección se determinará por mayoría absoluta de votos. En caso de empate, desempatará la Presidenta de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad.

Art. 5° — Hácese saber que el plazo para sufragar por medio de carta documento o telegrama colacionado se iniciará el día hábil siguiente al dictado de la resolución donde se establezcan las organizaciones en condiciones de ser elegidas y se extenderá hasta setenta y dos (72) horas antes, al día de la reunión extraordinaria fijada.

Art. 6° — Establécese que los Representantes de las ONGs, vinculadas a la discapacidad podrán compulsar el “Libro de Registro de Postulantes”, en la sede de la Comisión Nacional Asesora, a los fines de una eventual impugnación de los precandidatos, a partir del primer día hábil siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la nómina de las organizaciones que se encuentran en condiciones de ser elegidas, las cuales contarán con un plazo de diez (10) días corridos para formalizar por escrito la pertinente impugnación, en los términos del artículo 15 del Anexo I de la Resolución CNAIPD Nº 103/2010.

Art. 7° — Incorpórese la presente resolución, a la página web de esta Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas (www.cndisc.gov.ar), para facilitar su difusión.

Art. 8° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, archívese. — Raquel B. Tiramonti.