MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 804/2012

Registro Nº 639/2012

Bs. As., 8/6/2012

VISTO el Expediente Nº 1.452.340/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744, y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1085 de fecha 31 de agosto de 2011 se dispuso la homologación del Acuerdo obrante a fojas 1/3 del Expediente Nº 1.452.340/11.

Que mediante dicho Acuerdo las partes convinieron el pago de una suma no remunerativa extraordinaria, conforme las condiciones obrantes en su texto al cual se remite.

Que a fojas 78/79 del Expediente citado en Visto, la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS Y OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, LOGISTICA Y SERVICIOS requiere a esta Autoridad que disponga la extensión de la aplicación del Acuerdo referido precedentemente a todos los trabajadores comprendidos dentro de su ámbito de representación personal que se desempeñan en la rama yacimiento de la actividad petrolera en las provincias de SALTA y FORMOSA.

Que la citada asociación sindical funda su solicitud en la necesidad de garantizar la equiparación de la situación salarial de los trabajadores por ella representados que se desempeñen en la rama yacimiento de la actividad petrolera en todas las jurisdicciones en que la misma se desarrolla.

Que de conformidad con los antecedentes mencionados, corresponde dictar el presente acto administrativo, estableciendo la extensión de la aplicación territorial del acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1085 del 31 de agosto de 2011 a las provincias de SALTA y FORMOSA, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 1° de dicha medida.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Establécese la extensión del ámbito de aplicación territorial del acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1085 del 31 de agosto de 2011 y registrado bajo el Nº 1219/11 a las provincias de SALTA y FORMOSA, en los mismos términos y condiciones dispuestos por su artículo 1° de la medida precitada.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación tome razón de la medida dispuesta en el artículo 1° del presente acto administrativo.

ARTICULO 4° — Notifíquese a la CAMARA DE EXPLORACION Y PRODUCCION DE HIDROCARBUROS y a la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS Y OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, LOGISTICA Y SERVICIOS. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo, juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 40/89.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.452.340/11

Buenos Aires, 13 de junio de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 804/12 se ha tomado razón de la extensión del ámbito de aplicación territorial del acuerdo homologado por la Resolución ST Nº 1085/11, registrado bajo el Nº 1219/11, a las provincias de Salta y Formosa en los mismos términos y condiciones dispuestos por su artículo 1° de la medida precitada, quedando registrado bajo el número 639/12. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.