MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 804/2012
Registro Nº 639/2012
Bs. As., 8/6/2012
VISTO el Expediente Nº 1.452.340/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la
Ley Nº 20.744, y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1085 de fecha 31
de agosto de 2011 se dispuso la homologación del Acuerdo obrante a
fojas 1/3 del Expediente Nº 1.452.340/11.
Que mediante dicho Acuerdo las partes convinieron el pago de una suma
no remunerativa extraordinaria, conforme las condiciones obrantes en su
texto al cual se remite.
Que a fojas 78/79 del Expediente citado en Visto, la FEDERACION
NACIONAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS Y OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR
DE CARGAS, LOGISTICA Y SERVICIOS requiere a esta Autoridad que disponga
la extensión de la aplicación del Acuerdo referido precedentemente a
todos los trabajadores comprendidos dentro de su ámbito de
representación personal que se desempeñan en la rama yacimiento de la
actividad petrolera en las provincias de SALTA y FORMOSA.
Que la citada asociación sindical funda su solicitud en la necesidad de
garantizar la equiparación de la situación salarial de los trabajadores
por ella representados que se desempeñen en la rama yacimiento de la
actividad petrolera en todas las jurisdicciones en que la misma se
desarrolla.
Que de conformidad con los antecedentes mencionados, corresponde dictar
el presente acto administrativo, estableciendo la extensión de la
aplicación territorial del acuerdo homologado por la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1085 del 31 de agosto de 2011 a las provincias
de SALTA y FORMOSA, en los términos y condiciones establecidos en el
artículo 1° de dicha medida.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Establécese la extensión del ámbito de aplicación
territorial del acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA
DE TRABAJO Nº 1085 del 31 de agosto de 2011 y registrado bajo el Nº
1219/11 a las provincias de SALTA y FORMOSA, en los mismos términos y
condiciones dispuestos por su artículo 1° de la medida precitada.
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento
Biblioteca para su difusión. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación tome
razón de la medida dispuesta en el artículo 1° del presente acto
administrativo.
ARTICULO 4° — Notifíquese a la CAMARA DE EXPLORACION Y PRODUCCION DE
HIDROCARBUROS y a la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES CAMIONEROS Y
OBREROS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS, LOGISTICA Y SERVICIOS.
Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo, juntamente
con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 40/89.
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.452.340/11
Buenos Aires, 13 de junio de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 804/12 se ha
tomado razón de la extensión del ámbito de aplicación territorial del
acuerdo homologado por la Resolución ST Nº 1085/11, registrado bajo el
Nº 1219/11, a las provincias de Salta y Formosa en los mismos términos
y condiciones dispuestos por su artículo 1° de la medida precitada,
quedando registrado bajo el número 639/12. — JORGE A. INSUA, Registro
de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.