DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución 1515/2012
Apruébanse el “Convenio para la Ejecución de la Obra de Ampliación de la Av. General Paz” y cuadros tarifarios.
Bs. As., 2/8/2012
VISTO el Expediente Nº 13593/2012 por medio del cual tramita el
CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL
PAZ, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1167 de fecha 15 de julio de 1994, el PODER
EJECUTIVO NACIONAL aprobó los Contratos de Concesión de Obra Pública de
los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES y la adjudicación de las concesiones a las Empresas AUTOPISTAS
DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA y GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD
ANONIMA y AEC SOCIEDAD ANONIMA respectivamente.
Que en el marco de las políticas que se vienen implementando para
impulsar el desarrollo de la infraestructura vial, con el fin de
mejorar la calidad de vida de los ciudadanos así como el desarrollo del
país, con fecha 1° de agosto de 2012 se suscribió entre esta DIRECCION
NACIONAL DE VIALIDAD, en su carácter de Autoridad de Aplicación
dispuesta por el artículo 7° del Decreto Nº 1020 de fecha 30 de julio
de 2009, el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, y las Empresas
AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE
SOCIEDAD ANONIMA y AEC SOCIEDAD ANONIMA, el “CONVENIO PARA LA EJECUCION
DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ”.
Que por el citado convenio se acordó la percepción de un “Recurso de
afectación específica” de aplicación a todas las Categorías, el cual
será destinado en un OCHENTA POR CIENTO (80%) al financiamiento de la
obra denominada “AMPLIACION DE LA AVENIDA GENERAL PAZ” y el VEINTE POR
CIENTO (20%) restante al financiamiento de las obras en las zonas de
concesión de cada uno de los Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Que el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES ha elaborado los Cuadros
Tarifarios resultantes de la aplicación del “Recurso de afectación
específica” previsto en la CLAUSULA PRIMERA del “CONVENIO PARA LA
EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ”, que como
Anexo forma parte integrante de la presente medida.
Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta DIRECCION NACIONAL DE
VIALIDAD ha tomado la intervención que le compete a través del Dictamen
Nº 46.668.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Decreto Ley Nº 505/58, ratificado por Ley Nº 14.467,
la Ley Nº 17.520, el Decreto Nº 1167 de fecha 15 de julio de 1994 y el
Decreto Nº 1020 de fecha 30 de julio de 2009.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase el
“CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL
PAZ”, celebrado entre esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, el ORGANO DE
CONTROL DE CONCESIONES VIALES, y las Empresas AUTOPISTAS DEL SOL
SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA y AEC
SOCIEDAD ANONIMA, el cual ha sido refrendado por la SUBSECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, y la
referida Secretaría.
Art. 2° — Apruébase la
percepción de un “Recurso de afectación específica” de aplicación a
todas las Categorías de los Cuadros Tarifarios de los Accesos Norte,
Oeste y Riccheri a la CIUDAD DE BUENOS AIRES, con destino al
financiamiento de las obras de infraestructura previstas en el
“CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL
PAZ”.
Art. 3° — Apruébanse los
Cuadros Tarifarios a ser aplicados al Contrato de Concesión de los
Accesos Norte, Oeste y Riccheri a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES,
resultantes de la aplicación del “Recurso de afectación específica”
aprobado en el artículo precedente, que como Anexo forma parte
integrante de la presente medida, el cual surge de los Anexos I, II y
III del Convenio aprobado mediante el artículo 1º.
Art. 4° — Los Cuadros
Tarifarios que se aprueban en el artículo precedente deberán darse a
conocer a los usuarios por las Empresas Concesionarias AUTOPISTAS DEL
SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA y
AEC SOCIEDAD ANONIMA, a través de su publicación durante DOS (2) días
corridos, en por lo menos DOS (2) de los principales medios
periodísticos de la zona de influencia de la Concesión, de manera
previa a su aplicación.
Art. 5° — Instrúyase a la
UNIDAD DE COORDINACION DE FIDEICOMISOS DE INFRAESTRUCTURA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a la apertura de una cuenta
especial, en el marco del SISTEMA VIAL INTEGRADO (SISVIAL) denominada
“OBRA AMPLIACION AV. GENERAL PAZ Y OTRAS”, en la cual se depositarán,
en carácter de bienes fideicomitidos, los recursos mencionados, hasta
cubrir el monto requerido para la ejecución de las obras enunciadas en
la Cláusula Primera.
Art. 6° — Instrúyase al ORGANO
DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES a efectuar la apertura de una página
web que informará periódicamente sobre el desarrollo de la recaudación
del “Recurso de afectación específica”, la posterior disposición de los
recursos fideicomitidos y el avance de las obras.
Art. 7° — Notifíquese a las
Empresas Concesionarias AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO
CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA y AEC SOCIEDAD ANONIMA por
alguno de los medios previstos en el artículo 41 del Reglamento de la
Ley de Procedimientos Administrativos - Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991).
Art. 8° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Nelson G. Periotti.
ANEXO
ACCESO NORTE
Autopistas del Sol S.A.
CUADRO TARIFARIO
ESTACION DEBENEDETTI
Horario Normal
(*) HORARIO PICO: LUNES A VIERNES
HABILES DE 7:00 A 10:00 HS., PARA SENTIDO DESCENDENTE (INGRESO A LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES) Y DE 17:00 A 20:00 HS. PARA SENTIDO ASCENDENTE
(SALIDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES).