HOMENAJES

Ley 26.756

Dispónese la construcción de un monumento en homenaje al General Don José Francisco de San Martín a emplazarse en la localidad de Yapeyú, Provincia de Corrientes.

Sancionada: Junio 27 de 2012

Promulgada: Julio 25 de 2012

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Dispónese la construcción de un monumento en homenaje al general Don José Francisco de San Martín el que debe mostrarlo vestido de militar montado en su caballo, a emplazarse en la localidad de Yapeyú, provincia de Corrientes.

ARTICULO 2° — El Poder Ejecutivo nacional acordará con el Gobierno de la provincia de Corrientes la cesión de un predio donde se emplazará el monumento mencionado en el artículo precedente.

ARTICULO 3° — La Secretaría de Cultura de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley.

ARTICULO 4° — La Secretaría de Cultura de la Nación, dentro de los SESENTA (60) días de promulgada la presente ley:

a) Llamará a concurso público de antecedentes a escultores argentinos con el fin de que presenten propuestas para el diseño y construcción del citado monumento;

b) Convocará, con carácter ad honorem a un jurado compuesto por TRES (3) escultores argentinos de actuación y antecedentes relevantes con el objeto de que seleccionen la propuesta que mejor refleje el espíritu de la presente iniciativa.

ARTICULO 5° — Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán imputados al presupuesto de la administración nacional, en el ejercicio siguiente al del año de entrada en vigencia de la presente ley y en los sucesivos, de acuerdo con el avance físico de las obras pertinentes y hasta su conclusión.

ARTICULO 6° — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA VEINTISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.756 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.