HOMENAJES
Ley 26.756
Dispónese la construcción de un
monumento en homenaje al General Don José Francisco de San Martín a
emplazarse en la localidad de Yapeyú, Provincia de Corrientes.
Sancionada: Junio 27 de 2012
Promulgada: Julio 25 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Dispónese la
construcción de un monumento en homenaje al general Don José Francisco
de San Martín el que debe mostrarlo vestido de militar montado en su
caballo, a emplazarse en la localidad de Yapeyú, provincia de
Corrientes.
ARTICULO 2° — El Poder
Ejecutivo nacional acordará con el Gobierno de la provincia de
Corrientes la cesión de un predio donde se emplazará el monumento
mencionado en el artículo precedente.
ARTICULO 3° — La Secretaría de Cultura de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley.
ARTICULO 4° — La Secretaría de Cultura de la Nación, dentro de los SESENTA (60) días de promulgada la presente ley:
a) Llamará a concurso público de antecedentes a escultores argentinos
con el fin de que presenten propuestas para el diseño y construcción
del citado monumento;
b) Convocará, con carácter ad honorem a un jurado compuesto por TRES
(3) escultores argentinos de actuación y antecedentes relevantes con el
objeto de que seleccionen la propuesta que mejor refleje el espíritu de
la presente iniciativa.
ARTICULO 5° — Los gastos que
demande el cumplimiento de la presente ley, serán imputados al
presupuesto de la administración nacional, en el ejercicio siguiente al
del año de entrada en vigencia de la presente ley y en los sucesivos,
de acuerdo con el avance físico de las obras pertinentes y hasta su
conclusión.
ARTICULO 6° — Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO
ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA VEINTISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
DOCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.756 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.