MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Decisión Administrativa 581/2012
Modifícase la estructura organizativa aprobada por la Decisión Administrativa N° 917/10.
Bs. As., 27/7/2012
VISTO el Expediente N° 1.465.127/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el Decreto N° 357 del 21 de febrero
de 2002 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N° 917 del 28
de diciembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Pública Nacional hasta el nivel de Subsecretaría,
estableciéndose sus competencias.
Que por la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010
se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL correspondiente al primer nivel operativo.
Que el incremento de las actividades desarrolladas por el Ministerio
hacen necesario generar instrumentos organizacionales que acompañen y
dinamicen la gestión documental de la Jurisdicción, en especial
jerarquizar la actual Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, transformándola en
Dirección General.
Que asimismo por Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL N° 195 del 11 de marzo de 1998 se implementó el
Servicio de Asesoramiento y Patrocinio Jurídico Gratuito (PROGRAMA
ASISTIR) para brindar asesoramiento a los trabajadores y desempleados,
funcionando en el ámbito del entonces Departamento Judicial de la
Dirección de Dictámenes y Contenciosos de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos transfiriéndose por Resolución del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS N° 436
del 13 de agosto de 2001 al ámbito de la Dirección Nacional de
Relaciones del Trabajo de la SECRETARIA DE TRABAJO.
Que teniendo en cuenta la trayectoria del Programa y como respuesta
desde el Estado en una acción concreta de apoyo a la Comunidad, resulta
necesario implementar el Servicio mencionado como Coordinación.
Que por otra parte el artículo 23, inciso 11, de la Ley de Ministerios
N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias
faculta al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a efectuar
las fiscalizaciones del cumplimiento de las normativas laborales de los
regímenes de trabajo portuario y del transporte terrestre, aéreo,
marítimo, fluvial y otros regímenes especiales de trabajo.
Que la Dirección Nacional de Fiscalización, dependiente de la
SUBSECRETARIA DE FISCALIZACION DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL de
la SECRETARIA DE TRABAJO, tiene como función controlar y fiscalizar las
normas del trabajo y de la seguridad social en todo el territorio
nacional y aplicar las penalidades correspondientes en caso de detectar
incumplimientos, conforme lo dispuesto por la normativa vigente en la
materia.
Que actualmente el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
cuenta con una Unidad en el ámbito de dicha Dirección, que tiene a
cargo la Fiscalización Portuaria, Marítima, Fluvial y Lacustre,
contando con un cuerpo inspectivo especializado para verificar los
incumplimientos a las normativas laborales vigentes, resultando
propicio formalizar dicha área convirtiéndola en Coordinación.
Que por ello, resulta menester crear CUATRO (4) cargos de conducción en
la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, DOS (2) cargos con dependencia directa de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION y DOS (2) cargos con dependencia directa
de la SECRETARIA DE TRABAJO, a fin de posibilitar el impulso de
distintas políticas sustantivas llevadas a cabo por el Ministerio.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han
tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL,
el artículo 16, inciso 12, de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y el artículo 7°
del Decreto N° 21/07.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Sustitúyese el
Anexo Ic —Organigrama— al artículo 1° de la Decisión Administrativa N°
917 del 28 de diciembre de 2010, conforme al detalle que obra en
planilla anexa al presente artículo.
Art. 2° — Suprímese del Anexo
II al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de
diciembre de 2010 la Responsabilidad Primaria y Acciones de la
Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo, dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION.
Art. 3° — Incorpórase al Anexo
II al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 917 del 28 de
diciembre de 2010 la Responsabilidad Primaria y Acciones de la
Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental,
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, conforme al detalle
que obra en planilla Anexa al presente artículo.
Art. 4° — Facúltase al titular
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a crear CUATRO (4)
cargos de conducción, en el ámbito de dicha Cartera de Estado, DOS (2)
cargos con dependencia directa de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION y
DOS (2) cargos con dependencia directa de la SECRETARIA DE TRABAJO.
Art. 5° — El gasto que demande
la presente medida será atendido con los créditos presupuestarios de la
Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 6° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Carlos A. Tomada.
Planilla Anexa al Artículo 1°
Planilla Anexa al Artículo 3º
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE REGISTRO, GESTION Y ARCHIVO DOCUMENTAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asegurar el despacho de la documentación administrativa de la
Jurisdicción, cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a
procedimientos administrativos. Asegurar la recepción, salida y
publicación de las normas y efectuar su seguimiento.
Custodiar el Archivo Central del Organismo y resguardar el acervo
histórico, bibliográfico y el fondo editorial, prestando el servicio de
Biblioteca, atención al público y fotocopiado.
ACCIONES
1. Coordinar la recepción y salida de expedientes y toda la
documentación administrativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL.
2. Efectuar el seguimiento de los trámites administrativos de la
Jurisdicción de acuerdo con las normas de procedimientos vigentes y a
los procesos que se determinen.
3. Registrar, protocolizar, digitalizar y efectuar la guarda de los actos administrativos emanados de la Jurisdicción.
4. Efectuar las tramitaciones para la publicación de las normas emanadas por la Jurisdicción en el Boletín Oficial.
5. Derivar la documentación ingresada a las áreas pertinentes, de
acuerdo con la materia que se trate y la competencia de cada
dependencia.
6. Organizar y custodiar el Archivo Central del Organismo y los Archivos Sectoriales.
7. Coordinar la digitalización de los expedientes que se encuentren en archivo, asegurando su recuperación.
8. Entender en la prestación del servicio de Biblioteca, brindando
información al público consultante, resguardando el acervo documental y
bibliográfico histórico y el fondo editorial.
9. Efectuar el seguimiento del estado de tramitación de los proyectos
de actos administrativos generados por el Ministerio y por otras
jurisdicciones ministeriales cuando existiere participación del primero.
10. Colaborar con las áreas competentes en el análisis de los procesos
de incorporación y/o implementación de las Tecnologías de la
Información (TIC’s) en los procedimientos relacionados con la gestión
documental.
11. Proponer acciones relacionadas con el cumplimiento de los
lineamientos de gobierno electrónico y agenda digital en materia de
competencia del área.
12. Ejecutar las acciones necesarias para la implementación del Programa Guía de Trámites y actualizar su contenido.
13. Otorgar Vistas.
14. Dirigir y coordinar el Centro de Atención Telefónica al Público.