Administración Federal de Ingresos Públicos
SEGURIDAD SOCIAL
Resolución General 3357
Sistema “Su Declaración” Procedimiento
para la generación de declaraciones juradas vía “Internet”. Resolución
General Nº 2192, sus modificatorias y
sus complementarias. Su modificación.
Bs. As., 6/8/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº 15235-98-2012 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General Nº 2192, sus modificatorias y sus
complementarias, se aprobó el sistema “Su Declaración”, estableciéndose
su uso obligatorio por los empleadores que ocupan hasta DIEZ (10)
trabajadores registrados y opcional para los sujetos que registren
entre ONCE (11) y VEINTE (20) empleados.
Que el mencionado Sistema posibilita la confección de las declaraciones
juradas determinativas de los aportes y contribuciones con destino a
los distintos subsistemas de la seguridad social, a través del sitio
“web” institucional, mediante el acceso a la información actualizada
existente en el servidor de este Organismo.
Que, por otra parte, en el lapso transcurrido desde su implementación
se ha observado una amplia aceptación por parte de los empleadores, aun
en los casos en que la utilización del sistema no fuera obligatoria.
Que esta Administración Federal tiene como objetivo, entre otros,
incrementar y optimizar la aplicación de los servicios que brinda, a
fin de facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento
de sus obligaciones fiscales.
Que el grado de avance alcanzado en el desarrollo de los procesos
informáticos, permite ampliar el universo de los sujetos que utilizarán
el sistema “Su Declaración”, en forma progresiva hasta alcanzar a la
totalidad de los empleadores.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de
Técnico Legal de los Recursos de la Seguridad Social, de Coordinación
Operativa de los Recursos de la Seguridad Social, de Recaudación, de
Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General de los Recursos de
la Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Modifícase la Resolución General Nº 2192, sus modificatorias y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación:
a) Sustitúyense en el segundo párrafo del artículo 1º las expresiones
“DIEZ (10)” y “VEINTE (20)”, por las expresiones “VEINTICINCO (25)” y
“CINCUENTA (50)”, respectivamente.
b) Sustitúyense en el tercer párrafo del artículo 1º las expresiones
“ONCE (11)”, “VEINTE (20)” y “DIEZ (10)”, por las expresiones
“VEINTISEIS (26)”, “CINCUENTA (50)” y “VEINTICINCO (25)”,
respectivamente.
c) Sustitúyese en el artículo 2º la expresión “VEINTE (20)”, por la expresión “CINCUENTA (50)”.
d) Sustitúyese en los artículos 2º y 4º y en los apartados IV y IX del
Anexo la expresión “Mi Simplificación”, por la expresión “Mi
Simplificación II”.
Art. 2º — Las disposiciones de
esta resolución general entrarán en vigencia a partir del día de su
publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación respecto de las
presentaciones de declaraciones juradas (F. 931) originales o
rectificativas, correspondientes a los períodos devengados agosto de
2012 y siguientes.
Art. 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.