MINISTERIO
DE TURISMO
Resolución Nº 175/2012
Bs. As., 20/7/2012
VISTO el Expediente Nº STN:0001115/2012 del Registro del MINISTERIO DE
TURISMO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 821 de fecha 29 de mayo de 2012 se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
TURISMO, de conformidad con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y
Acciones y Dotación que como Anexos I, II y III respectivamente, forman
parte integrante de esa medida.
Que el artículo 2º de dicho decreto facultó al titular de esta Cartera
a aprobar las aperturas estructurales inferiores de la Jurisdicción,
las que podrán prever un máximo de VEINTICUATRO (24) cargos de
conducción.
Que, en atención a lo expuesto, corresponde proceder a la aprobación de
las unidades organizativas correspondientes a las segundas aperturas
hasta nivel de Dirección como así también las respectivas
Coordinaciones.
Que es menester destacar que la aprobación de las aperturas inferiores
correspondientes a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de este Ministerio,
se formalizará una vez aprobados los cargos de conducción necesarios
para su conformación mediante el acto administrativo respectivo;
contando la propuesta de modificación de la estructura existente con el
visto bueno de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de fecha 14 de
febrero del corriente.
Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos de este
Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes
de los artículos 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994,
sus modificatorios y complementarios, y 2º del Decreto Nº 821/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE TURISMO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas estructurales inferiores del
MINISTERIO DE TURISMO, de conformidad con el Organigrama, Acciones y
Dotación que como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If, II y III forman parte
integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2º — Apruébanse las Coordinaciones que se detallan de acuerdo
con el Listado y Cargos con Funciones Ejecutivas de Acciones, que como
Anexos IV y V forman parte integrante de esta resolución.
ARTICULO 3º — Establécese que en un plazo de NOVENTA (90) días a partir
de la publicación de esta resolución deberán ser aprobadas las
aperturas inferiores de las unidades organizativas que se aprueban por
la presente. Hasta tanto, se mantendrán las aperturas inferiores
vigentes, con su personal, niveles, grados de revista y adicionales
correspondientes.
ARTICULO 4º — Establécese que las aperturas inferiores correspondientes
a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de este Ministerio serán aprobadas una
vez concluido el trámite de aprobación de los cargos de conducción
necesarios para su conformación mediante el acto administrativo
respectivo. Hasta tanto conservarán su vigencia las aperturas
estructurales existentes, las que mantendrán las acciones y su
dotación, con los respectivos niveles, grados de revista y funciones
ejecutivas existentes a la fecha.
ARTICULO 5º — El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será
atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la
Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO para el presente ejercicio.
ARTICULO 6º — Derógase la Resolución Nº 195 de fecha 17 de febrero de
2005 de la ex SECRETARIA DE TURISMO entonces dependiente de PRESIDENCIA
DE LA NACION y sus modificatorias.
ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — CARLOS E. MEYER, Ministro de Turismo.
ANEXO Ia
ANEXO Ib
ANEXO Ic
ANEXO Id
ANEXO Ie
ANEXO If
ANEXO II
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS
ACCIONES:
1. Formular el proyecto de presupuesto del organismo y realizar los
ajustes correspondientes.
2. Atender las actividades inherentes a la preparación, coordinación,
distribución, ejecución, información y control del movimiento
presupuestario y financiero.
3. Realizar el control de los aspectos legales y reglamentarios de la
ejecución presupuestaria y financiera.
4. Atender el análisis de las cuentas de responsables y la formulación
de la rendición universal de cuentas.
5. Atender las operaciones de movimiento y custodia de fondos y
valores, garantías y seguros y toda otra documentación calificada que
se le encomiende, como así también en la información y rendición de los
movimientos de Tesorería.
6. Efectuar la recaudación de recursos financieros y controlar el
depósito, movimiento y extracción de fondos.
DIRECCION DE COMPRAS, PATRIMONIO Y SUMINISTROS
ACCIONES:
1. Intervenir en los procesos relacionados con los requerimientos de
adquisición de bienes y servicios de acuerdo con la normativa vigente.
2. Realizar la gestión de las tramitaciones relacionadas con los actos
licitatorios de acuerdo con la normativa vigente en la materia,
realizando la emisión, control y seguimiento de las órdenes de compra.
3. Registrar, administrar y controlar los bienes patrimoniales del
organismo de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias
vigentes y a las normas e instrucciones que al respecto dicte la
Contaduría General de la Nación.
4. Dirigir las acciones que hacen a la prestación de los servicios
generales, de mantenimiento, intendencia, seguridad, movilidad,
recepción, sistemas de comunicación y sala reproductora de
documentación, como así también en el suministro de bienes de consumo.
5. Atender las actividades vinculadas a patentes, seguros, títulos y
legajos de los vehículos y licencia de choferes.
6. Entender en el contralor de las actividades relacionadas con el
cumplimiento de la Ley Nº 24.557 y sus modificatorias en cuanto a la
prevención de riesgos y cumplimiento de las medidas de higiene y
seguridad en el trabajo en el ámbito ocupacional.
DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS
ACCIONES:
1. Realizar la recepción, registro, tramitación, protocolización y
comunicación de expedientes y proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones
Administrativas, Resoluciones y Disposiciones, así como de toda la
documentación destinada al señor Ministro.
2. Llevar el registro de las actas, acuerdos, cartas de intención,
protocolos y convenios firmados por el Ministro, Secretario y
Subsecretarios del área, archivando un ejemplar original.
3. Realizar el giro de la documentación a las distintas unidades
conforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas,
controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.
4. Promover la tramitación y realizar el seguimiento de los asuntos
cuya atención y vigilancia le fueren expresamente encomendadas por la
Superioridad.
5. Brindar información a los que acrediten condición de parte acerca
del estado de tramitación de expedientes y proyectos de Leyes,
Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones del señor Ministro,
Secretario y Disposiciones de los señores Subsecretarios otorgando
vista.
6. Notificar, de acuerdo con las instrucciones que se reciban y cuando
corresponda, los Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones,
Disposiciones y Dictámenes originados en el organismo, dentro de los
plazos vigentes.
7. Efectuar el despacho de correspondencia y telegramas que gire el
organismo.
8. Ejercer la administración y control del archivo de expedientes del
MINISTERIO DE TURISMO.
DIRECCION GENERAL DE LEGISLACION Y ASUNTOS JURIDICOS
DIRECCION DE ASUNTOS CONTENCIOSOS
ACCIONES:
1. Representar judicialmente al MINISTERIO DE TURISMO y ejercer el
patrocinio letrado en los juicios en que éste sea parte y en aquellas
otras causas judiciales en que fuera requerida su intervención en
virtud de norma legal, reglamentaria o de acto emanado de autoridad
competente al efecto, bajo la supervisión directa del Subdirector
General de Legislación y Asuntos Jurídicos.
2. Ejercer el control y seguimiento de las causas judiciales a su cargo
y elaborar los informes periódicos pertinentes, incluyendo los
dirigidos a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION y a la Unidad de
Auditoría Interna del organismo, bajo la supervisión directa del
Subdirector General de Legislación y Asuntos Jurídicos.
3. Mantener actualizada la información y cursar las comunicaciones
previstas legal y/o reglamentariamente respecto de la previsión
presupuestaria orientada a atender las sentencias condenatorias de dar
sumas de dinero o asimilables.
4. Diligenciar los oficios judiciales dirigidos al Ministerio y
fiscalizar el cumplimiento de los términos prescritos.
5. Interponer las denuncias y/u otras acciones legales de carácter
penal ordenadas por autoridad competente.
6. Practicar las intimaciones y/o reclamos judiciales correspondientes.
DIRECCION DE DICTAMENES
ACCIONES:
1. Asistir a la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos en
el asesoramiento de las autoridades de la Jurisdicción, respecto de la
aplicación de normas legales y asuntos jurídicos relacionados con las
competencias del MINISTERIO DE TURISMO.
2. Ejecutar el control de la legalidad y legitimidad de los actos
administrativos, emitiendo dictámenes e informes jurídicos.
3. Atender las actividades derivadas de la presentación de recursos
administrativos y emitir los pertinentes dictámenes jurídicos y
proyectos de actos administrativos que decidan sobre dichos recursos.
4. Intervenir, redactar o colaborar en la redacción de los proyectos de
leyes, decretos, convenios y otros proyectos de actos administrativos
que le fueren requeridos.
5. Dictaminar en los casos sometidos a su consideración respecto de
actuaciones por las que tramiten actos de carácter particular relativos
a cuestiones de contrataciones y de carácter laboral derivadas del
empleo público del ESTADO NACIONAL.
6. Intervenir en las cuestiones relacionadas con los proyectos
referidos a convenios internacionales.
7. Colaborar con la Dirección de Asuntos Contenciosos en la promoción y
contestación de demandas, ofrecimientos de prueba, apelaciones y demás
temas que por su especialidad le sean requeridos.
SECRETARIA DE TURISMO
DIRECCION NACIONAL DE PRESTACIONES TURISTICAS
UNIDAD TURISTICA EMBALSE
ACCIONES:
1. Atender las acciones de prestación de servicios en la Unidad
Turística a fin de cumplir con los programas de Turismo Social
elaborados por la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas.
2. Atender lo concerniente al mantenimiento y conservación de los
medios físicos, la administración de los recursos humanos y las tareas
administrativas que hacen al cumplimiento de su cometido según la
normativa vigente.
3. Ejecutar las acciones necesarias para el efectivo control de la
prestación de servicios de alojamiento, alimentación y asistencia
médica y para la organización de actividades deportivas, recreativas y
culturales, en cumplimiento de los programas de Turismo Social.
4. Fiscalizar el cumplimiento de las prestaciones que realizan los
concesionarios, conforme las condiciones contractuales establecidas y
la facturación de los servicios prestados por éstos con el registro de
ingresos de turistas.
UNIDAD TURISTICA CHAPADMALAL
ACCIONES:
1. Atender las acciones de prestación de servicios en la Unidad
Turística a fin de cumplir con los programas de Turismo Social
elaborados por la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas.
2. Atender lo concerniente al mantenimiento y conservación de los
medios físicos, la administración de los recursos humanos y las tareas
administrativas que hacen al cumplimiento de su cometido según la
normativa vigente.
3. Ejecutar las acciones necesarias para el efectivo control de la
prestación de servicios de alojamiento, alimentación y asistencia
médica y para la organización de actividades deportivas, recreativas y
culturales, en cumplimiento de los programas de Turismo Social.
4. Fiscalizar el cumplimiento de las prestaciones que realizan los
concesionarios, conforme las condiciones contractuales establecidas y
la facturación de los servicios prestados por éstos con el registro de
ingresos de turistas.
DIRECCION NACIONAL DE CALIDAD TURISTICA
DIRECCION DE FORMACION EN TURISMO
ACCIONES:
1. Coordinar con organismos internacionales, nacionales, provinciales y
municipales y con entidades privadas de turismo, programas y acciones
que permitan el desarrollo y la optimización de los recursos humanos
del sector turístico.
2. Intervenir en los estudios de las variables que incrementen la
competitividad turística mediante planes y programas de capacitación de
recursos humanos que permitan el desarrollo sustentable del turismo,
con resguardo del patrimonio natural y cultural en el ámbito federal.
3. Preparar programas tendientes a brindar herramientas que permitan la
innovación de productos a través de un proceso con estándares de
eficiencia y calidad cercanos a los parámetros internacionales.
4. Diseñar programas de educación, formación y capacitación de recursos
humanos orientados a satisfacer las necesidades locales.
5. Desarrollar relaciones institucionales y de asistencia técnica mutua
con institutos educativos universitarios y terciarios que dicten
carreras de turismo o relacionadas con él, en el país o en el exterior,
incentivando la investigación y el desarrollo de los conocimientos
teóricos y prácticos y multiplicarlos en el sector.
6. Participar en comisiones nacionales e internacionales elaborando
propuestas formativas de recursos humanos en los aspectos vinculados a
la recalificación y reinserción laboral, orientando la formación de los
futuros recursos humanos de acuerdo con las proyecciones del sector y
considerando las estrategias de la Secretaría.
7. Intervenir en el diseño y la implementación del Plan Nacional de
Calidad Turística en los aspectos referidos a la formación de recursos
humanos en turismo.
DIRECCION DE CALIDAD
ACCIONES:
1. Diseñar y asesorar en el uso de las herramientas del Sistema
Argentino de Calidad Turística (SACT), a nivel nacional e internacional.
2. Efectuar el seguimiento, control y medición de los desvíos en el
desarrollo de las etapas del Plan Nacional de Calidad Turística.
3. Transferir la tecnología requerida para la aplicación del Sistema
Argentino de Calidad Turística (SACT) a las provincias y municipios que
así lo soliciten.
4. Difundir, asesorar, implementar y verificar la aplicación de los
programas del Sistema Argentino de Calidad Turística (SACT).
5. Promover la normalización de los servicios turísticos y el
desarrollo de normativa de alcance nacional y participar en los
proyectos de normativa turística internacional.
6. Difundir el Sistema Argentino de Calidad Turística (SACT) en
seminarios, ferias, congresos de calidad y exposiciones.
7. Organizar los eventos y congresos nacionales referidos a la calidad
turística.
8. Brindar asistencia técnica sobre calidad y seguridad turística a
nivel nacional e internacional.
9. Otorgar distinciones a empresas y organizaciones de la cadena
turística que adopten exitosamente las herramientas del Sistema
Argentino de Calidad Turística (SACT).
10. Difundir y promocionar empresas y organizaciones distinguidas, a
través del directorio de distinguidos de la página web institucional.
11. Transmitir tecnología relativa al Premio Nacional a la Calidad a
provincias y municipios.
12. Registrar a los prestadores y difundir a la comunidad los servicios
turísticos que se distingan en el uso de herramientas de calidad.
13. Intervenir en las acciones referidas al desarrollo de una marca de
calidad, instrumentando los elementos para su efectiva implementación y
certificación.
DIRECCION DE REGISTRO DE AGENCIAS DE VIAJES
ACCIONES:
1. Registrar y autorizar a los prestadores de servicios turísticos
sobre los que el Ministerio tiene competencia, manteniendo actualizado
el Registro de Agentes de Viajes y el Registro de Prestadores del
Sistema Turístico de Tiempo Compartido (STTC).
2. Dirigir y mantener actualizado el Registro Especial de Entidades Sin
Fines de Lucro.
3. Dirigir y mantener actualizado el Registro de Turismo Receptivo.
4. Dirigir y mantener actualizado el Registro de Turismo Estudiantil, y
mantener actualizada la documentación de las Agencias de este segmento
respecto de los prestadores y los destinos habilitados para tal fin.
5. Dirigir y mantener actualizado el Registro de Establecimientos
Vacacionales afectados al Sistema Turístico de Tiempo Compartido (STTC).
6. Supervisar el Registro de Transacciones de los usuarios del Sistema
Turístico de Tiempo Compartido (STTC).
7. Llevar un Registro de Infractores de aquellos prestadores turísticos
no habilitados sobre los que el Ministerio tiene competencia; y de
aquellos prestadores habilitados que hayan incumplido la normativa
vigente en materia turística.
8. Participar en la elaboración de acuerdos y en la celebración de
convenios con entes gubernamentales nacionales y/o provinciales y/o
municipales y/u otras instituciones públicas, mixtas o privadas,
relacionados con el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos.
DIRECCION DE CONTROL DE AGENCIAS DE VIAJES
ACCIONES:
1. Fiscalizar a los prestadores de servicios turísticos sobre los que
el Ministerio tiene competencia, a través del Plan Anual de
Fiscalización.
2. Verificar y fiscalizar las presuntas infracciones a las normas que
regulan las actividades de los prestadores de servicios turísticos
sobre los que el Ministerio tiene competencia, estén o no habilitados
para tal fin.
3. Conducir la instrucción de sumarios de oficio u originados en
denuncias de terceros contra agencias de turismo o terceros no
habilitados para realizar esa actividad turística.
4. Conducir la instrucción de sumarios de oficio u originados en
denuncias de terceros contra prestadores del Sistema Turístico de
Tiempo Compartido (STTC) o terceros no habilitados para realizar esa
actividad turística y/o cualquier otro servicio vinculado con dicho
Sistema Turístico.
5. Intervenir en la resolución de controversias derivadas de contratos
turísticos, entre prestadores turísticos sobre los que el Ministerio
tiene competencia y usuarios.
6. Participar en la elaboración de acuerdos y en la celebración de
convenios con entes gubernamentales nacionales y/o provinciales y/o
municipales y/u otras instituciones públicas, mixtas o privadas,
relacionados con la actividad de fiscalización de servicios turísticos.
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TURISTICO
DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO TURISTICO
DIRECCION DE ESTUDIOS DE MERCADO Y ESTADISTICA
ACCIONES:
1. Entender en las acciones conducentes a la captación, procesamiento y
elaboración de información estadística referida al turismo receptivo,
interno y emisivo, y a la oferta de alojamiento de todo el país en sus
distintas modalidades, y de transporte aerocomercial, de cabotaje e
internacional y de cruceros turísticos, en el marco del sistema
estadístico nacional, con especial atención en la implementación de la
cuenta satélite de turismo.
2. Proponer y dirigir las investigaciones de mercado conducentes a
determinar el perfil de la demanda de los principales países emisores
hacia nuestro país así como del perfil de los turistas residentes que
se desplazan dentro del país.
3. Dirigir las acciones conducentes a la elaboración y publicación de
informes estadísticos, referidos a la oferta y demanda turística
nacional, y su supervisión, generando propuestas que tiendan a
potenciar la competitividad del sector en base a los diagnósticos y
prospectivas de éste, en el marco de la dinámica del contexto.
4. Mantener actualizados los indicadores socioeconómicos y las
variables del sector turístico en relación con el resto de los sectores
económicos y analizar su evolución en el contexto nacional e
internacional, con el fin de proponer acciones tendientes a incentivar
la competitividad empresarial.
5. Intervenir en la elaboración del Informe Anual del Turismo en la
República Argentina, que recoja lo más destacado de su problemática,
evolución y perspectivas futuras del sector.
6. Mantener relaciones institucionales con organismos oficiales y
privados, nacionales e internacionales, que produzcan información
estadística referida al turismo.
DIRECCION DE DESARROLLO DE LA OFERTA
ACCIONES:
1. Entender en la elaboración, ejecución, gestión y control de planes,
programas y proyectos para el ordenamiento y desarrollo de la oferta
turística existente, contemplando la incorporación de nuevos productos,
a efectos de satisfacer y desarrollar la demanda del turismo interno e
internacional receptivo, en un marco de integración nacional y con
otros países que sirva de fundamento a las políticas de desarrollo
turístico nacional.
2. Dirigir la planificación y programación de la oferta de equipamiento
e infraestructura turística en el marco de los planes de desarrollo,
como asimismo los estudios sobre su evolución.
3. Entender en los aspectos inherentes a las relaciones entre el
desarrollo del turismo y el ambiente, con el objeto de optimizar la
conservación, preservación y ordenamiento de los atractivos turísticos
naturales y culturales, mejorar los niveles de competitividad de los
productos y alcanzar un desarrollo turístico sustentable, coordinando
y/o asesorando a los organismos públicos y privados en los planes,
programas y proyectos formulados para ese objetivo.
4. Entender en los aspectos relativos al ordenamiento y desarrollo de
la oferta turística en áreas protegidas, participando en la formulación
y gestión de los planes de manejo, en los estudios de impacto del
desarrollo turístico en esas áreas y en la aplicación de la legislación
vigente relacionada con la normatización de la oferta.
5. Elaborar los programas y proyectos de señalización turística de
escala nacional.
6. Entender en los aspectos relacionados con el diseño de la oferta de
turismo accesible y coordinar con las entidades públicas y privadas la
elaboración de planes, proyectos y programas orientados a facilitar la
accesibilidad de todas las personas a los destinos turísticos.
7. Dirigir las acciones conducentes a la sistematización de información
relativa a la oferta turística nacional.
8. Entender en el fomento y desarrollo de la Responsabilidad Social
Empresaria en el Sector Turístico.
DIRECCION DE INVERSIONES TURISTICAS
ACCIONES:
1. Entender, en el marco del Programa Nacional de Inversiones
Turísticas, respecto de la planificación concertada de la inversión
pública entre Nación, Provincias y Municipios orientada al desarrollo
turístico local, regional y nacional, mediante el otorgamiento,
gestión, contralor de financiamiento y avance físico de obras
turísticas en los espacios priorizados del Mapa de Oportunidades del
Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable, a fin de incrementar
la competitividad de éstos y aumentar la rentabilidad de la inversión
pública y privada.
2. Propiciar la obtención de asistencia económica para la
materialización de proyectos privados, asesorando a los titulares de
éstos en la formulación y otorgamiento de financiamiento de la banca
nacional e internacional y de otras posibles alternativas de
cooperación, manteniendo actualizada la información sobre las
alternativas de crédito vigentes para el sector.
3. Entender en la implementación de la Red de Oportunidades de
Inversión Turística (ROIT) y cooperar con otros organismos en la
promoción de inversiones, así como en la identificación de recursos
financieros y otras alternativas de cooperación y/o co-inversión
económica.
4. Apoyar la creación de encadenamientos de empresas turísticas que
contribuyan a mejorar la calidad de la oferta, la competitividad y la
sustentabilidad de los emprendimientos.
5. Incentivar el espíritu emprendedor en el marco de la Red de
Incubadoras Turísticas, promoviendo activamente la transformación de
ideas en proyectos y la concreción en empresas turísticas que se
destaquen por su innovación, esfuerzo y potencial de generación de
puestos de trabajo.
6. Entender en la identificación y evaluación de Proyectos de Inversión
Turística pública y/o privada, cooperando en el análisis de pertinencia
en el marco de la viabilidad arquitectónica, legislaciones de promoción
de incentivos y factibilidad económica-financiera de éstos.
7. Entender en el registro de la infraestructura básica y de servicio
en los destinos turísticos, así como de las inversiones nacionales e
internacionales llevadas a cabo en los sectores de alojamiento hotelero
y en el equipamiento complementario, tales como centros de congresos y
convenciones, parques temáticos, centros de esquí, complejos de
espectáculos y complejos náuticos.
8. Entender en el registro y comunicación de la legislación vigente en
el orden nacional, provincial y municipal referida al alojamiento
turístico, a la oferta de incentivos de inversión y a la Ley de
Inversiones Extranjeras, brindando asesoramiento a potenciales
inversores que así lo requieran.
SUBSECRETARIA DE PROMOCION TURISTICA NACIONAL
DIRECCION NACIONAL DE MARKETING Y PROMOCION
DIRECCION DE ACCIONES DE PROMOCION DIRECTA
ACCIONES:
1. Asistir al Director Nacional en la programación y cumplimiento de
las acciones asignadas, reemplazándolo en su ausencia.
2. Entender en las acciones de promoción directa, participar en la
elaboración y ejecución del Plan Anual de Acciones Promocionales,
conformar y dirigir los equipos de trabajo requeridos para su
operatividad y cumplimiento.
3. Participar en las actividades inherentes a la asistencia a ferias,
exposiciones, reuniones, encuentros de comercialización, rondas de
negocios y otras muestras turísticas en el país, en coordinación con
las áreas involucradas.
4. Supervisar la participación con organismos públicos en el desarrollo
promocional de las actividades propias.
5. Controlar la elaboración de registros actualizados de todos los
eventos en donde el Ministerio haya tenido participación.
6. Dirigir las acciones relacionadas con la difusión y promoción de la
oferta turística nacional a través del portal del organismo, en el
marco de las estrategias de comunicación que se establezcan.
7. Entender en el desarrollo, diseño gráfico, imagen institucional,
contenido, actualización y control de calidad del portal del organismo.
8. Intervenir en los proyectos referidos a la aplicación de nuevas
tecnologías para el desarrollo y la difusión de la oferta turística y
en el control de calidad de los productos multimedia e hipermediales.
9. Dirigir las acciones inherentes al diseño, desarrollo, mantenimiento
sistémico, administración y distribución de la base de información
turística, y en las actividades de búsqueda, análisis, procesamiento,
actualización y control de la información que la conforma.
10. Dirigir las actividades de los centros de información habilitados
para el asesoramiento a turistas y otros usuarios, y participar en las
vinculadas con la atención de huéspedes extranjeros, giras de
familiarización y visitas guiadas.
11. Controlar la adecuada provisión de información turística,
asistencia y asesoramiento sobre los atractivos, productos y servicios
turísticos a turistas, operadores y quienes así lo requieran.
12. Intervenir en las propuestas de declaración de interés turístico,
fiesta nacional y auspicio, relacionados con acontecimientos de
significación turística que se desarrollen en el país.
13. Atender las propuestas de otorgamiento de apoyos económicos a
entidades públicas y privadas para la realización de acciones
promocionales del turismo interno.
14. Controlar la elaboración de registros actualizados de las
declaraciones de interés, auspicios y apoyos económicos otorgados, y lo
referente al mantenimiento y actualización del Registro de Fiestas
Nacionales.
15. Colaborar en la revisión del material promocional a editar, en
coordinación con los otros sectores relacionados.
16. Intervenir en la elaboración de los informes de evolución y control
de la gestión, en el anteproyecto de Presupuesto Plurianual y en la
Memoria Anual de la Subsecretaría.
DIRECCION DE PLANES Y PROGRAMAS DE MARKETING TURISTICO
ACCIONES:
1. Entender en las políticas de diferenciación y posicionamiento del
turismo en el mercado de residentes argentinos por el país.
2. Establecer estrategias de comunicación que desarrollen un adecuado
vínculo entre demanda y oferta turística, con el objeto de impulsar la
actividad en el mercado interno.
3. Elaborar planes y programas para la promoción sobre la demanda del
turismo interno y dirigir las acciones promocionales de comunicación
tendientes a su fomento.
4. Elaborar y ejecutar las estrategias de relaciones públicas que
deriven del posicionamiento de la República Argentina como destino
turístico para la demanda interna.
5. Controlar el diseño y ejecución de los planes de comunicación e
imagen en materia de promoción y difusión del turismo interno.
6. Elaborar el Plan Anual de Acciones Nacionales de Promoción en
coordinación con las áreas involucradas, realizar los ajustes
pertinentes, programar y organizar toda actividad destinada a la
promoción del turismo nacional y participar en aquellas promovidas por
otras entidades públicas y privadas que en forma directa o indirecta
contribuyan al crecimiento del turismo interno.
7. Intervenir en la organización de encuentros de comercialización,
rondas de negocios, viajes de familiarización y/o cualquier otra
herramienta de impulso de la promoción de la comercialización del
sistema turístico interno, en coordinación con el sector privado y
otros organismos oficiales.
8. Supervisar la realización de viajes de familiarización dirigidos a
medios de prensa nacionales.
9. Formular las propuestas referidas a la programación y ejecución de
campañas de promoción y publicidad, mediante el estudio y determinación
de los medios de difusión a utilizar.
10. Dirigir las actividades vinculadas con el diseño, producción,
control de calidad, clasificación, ordenamiento, distribución y
exhibición del material gráfico, fotográfico, multimedia, identidad,
audiovisual y cualquier otro que las nuevas tecnologías ameriten.
11. Elaborar las bases de datos digitales tendientes a la inyección de
e-marketing y promociones electrónicas, como asimismo, gestionar y
producir las herramientas de soportes tendientes a solventar las
acciones promocionales y de aplicación de marketing directo.
12. Efectuar informes de evolución y control de la gestión, y
participar en la elaboración del anteproyecto de Presupuesto Plurianual
y de la Memoria Anual de la Subsecretaría.
ANEXO III
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 01 - Actividades Centrales
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 16 - Desarrollo y Promoción del Turismo Nacional
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 18 - Prestaciones Turísticas
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
ANEXO IV
LISTADO DE COORDINACIONES
- UNIDAD MINISTRO:
• Coordinación General de Unidad Ministro
- UNIDAD SECRETARIO DE TURISMO:
• Coordinación de Gestión Turística Estratégica
- DIRECCION NACIONAL DE PRESTACIONES TURISTICAS:
• Coordinación de Turismo Social
• Coordinación de Infraestructura
- DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION:
• Coordinación de Fiscalización Impuesto Pasajes al Exterior
ANEXO V
UNIDAD MINISTRO
COORDINACION GENERAL DE UNIDAD MINISTRO
ACCIONES:
1. Coordinar la gestión administrativa de la secretaría privada del
Ministro, planificando las audiencias y compromisos oficiales.
2. Asistir a la máxima autoridad del organismo en la coordinación y
planificación de audiencias, reuniones y compromisos oficiales tanto en
el interior como en el exterior del país, preparando la documentación
de trabajo y la logística necesaria para su desarrollo.
3. Atender las relaciones ante funcionarios nacionales, provinciales y
municipales, estableciendo las comunicaciones que se le encomienden en
el orden nacional e internacional.
4. Coordinar con el área de Relaciones Públicas y Ceremonial la agenda
del Ministro a fin de asistir a cada compromiso de acuerdo con su
característica.
5. Confeccionar los informes correspondientes a las distintas
comisiones del Ministro, reflejando la actividad y los resultados
obtenidos.
6. Mantener un stock actualizado de material de promoción y folletería
necesarios para el desarrollo de la actividad oficial del Ministro,
como así también mantener información actualizada de estadística y de
marketing turístico y sobre el estado de avance de los proyectos
sustantivos del organismo, a efectos de dar respuesta a los
requerimientos que se le formulen al área.
7. Realizar el análisis de la documentación ingresada a la secretaría
privada del Ministro, efectuando la derivación correspondiente.
8. Supervisar la documentación remitida a la firma de la máxima
autoridad del organismo.
9. Asistir en forma directa al Ministro en sus desplazamientos por
comisiones de servicio al interior y al exterior del país.
UNIDAD SECRETARIO DE TURISMO
COORDINACION DE GESTION TURISTICA ESTRATEGICA
ACCIONES:
1. Asistir al Secretario de Turismo en el diseño de instrumentos de
gestión que permitan una aplicación integral y transversal de los
lineamientos estratégicos de turismo sustentable fijados por el
organismo en el marco de la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997.
2. Propender a la participación responsable de los distintos actores
del sistema turístico argentino en la gestión e implementación de los
lineamientos estratégicos de turismo sustentable.
3. Facilitar, en conjunto con el Consejo Federal de Turismo, la
articulación interjurisdiccional de los programas de la SECRETARIA DE
TURISMO a nivel regional y provincial.
4. Coordinar la red de articulación federal, que integran referentes
técnicos provinciales y municipales de turismo vinculados a la gestión
de la política turística.
5. Llevar a cabo el monitoreo y evaluación continua del Plan Federal
Estratégico de Turismo Sustentable.
1. Coordinar la ejecución de los trabajos de actualización continua del
Plan Federal Estratégico de Turismo
Sustentable.
2. Comunicar a los distintos públicos los alcances del proceso de
planificación del desarrollo sustentable de turismo en el marco del
Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable y sus sucesivas
actualizaciones.
3. Difundir el modelo de planificación federal estratégica de turismo
sustentable en los ámbitos nacional e internacional.
DIRECCION NACIONAL DE PRESTACIONES TURISTICAS
COORDINACION DE TURISMO SOCIAL
ACCIONES:
1. Participar en la elaboración del Plan de Turismo Social.
2. Coordinar los aspectos generales y específicos vinculados con la
prestación de servicios accesibles a la población, privilegiando a los
sectores vulnerables, mediante la operación de las unidades turísticas
y los programas de turismo federal.
3. Coordinar los programas de paseos y miniturismo destinados a
escolares, familias de escasos recursos, personas con capacidades
diferentes y personas de la tercera edad, fomentando el campamentismo y
el establecimiento de albergues de la juventud.
4. Coordinar los aspectos vinculados con el control de gestión y
calidad de los servicios en las unidades turísticas.
5. Coordinar la suscripción de acuerdos con prestadores de servicios
turísticos, organizaciones sociales y empresas privadas a fin de
analizar, evaluar y determinar precios y condiciones especiales.
COORDINACION DE INFRAESTRUCTURA
ACCIONES:
1. Coordinar en forma directa y con intervención de terceros la
elaboración de informes sobre el estado edilicio de los complejos
hoteleros.
2. Planificar las reformas a encarar en el edificio central de la
Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas y en los complejos
hoteleros de Chapadmalal y Embalse.
3. Coordinar el control de las refacciones a ejecutar por los
concesionarios en los complejos hoteleros de Chapadmalal y Embalse y
los montos de inversión realizados.
4. Coordinar el stock de toda la documentación gráfica y planos
existentes de los complejos hoteleros y la sede central de la Dirección
Nacional de Prestaciones Turísticas.
5. Atender el control edilicio de los hoteles pertenecientes al Plan
Federal de Turismo Social en todo el país.
6. Coordinar las mejoras a efectuar por gestión propia en los complejos
hoteleros de Chapadmalal y Embalse, a través de las áreas de servicios
generales.
7. Asistir a la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas en la
elaboración de pliegos y especificaciones técnicas, planos y toda la
documentación técnica necesaria para los anteproyectos o proyectos de
las obras a licitar.
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
COORDINACION DE FISCALIZACION IMPUESTO PASAJES AL EXTERIOR
ACCIONES:
1. Entender en el desarrollo de las acciones para la fiscalización del
impuesto sobre el valor de los pasajes aéreos, marítimos y fluviales al
exterior.
2. Instruir al Equipo de Fiscalización respecto de la percepción del
impuesto que establece la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997 y sus
normas complementarias.
3. Aplicar las sanciones por multas e intereses que correspondieren por
incumplimiento de la normativa aplicable en la materia.
4. Desarrollar el cronograma de inspecciones a los transportadores
aéreos, marítimos y fluviales, responsables de la percepción del
impuesto, controlando su ejecución.
5. Dirigir las tareas vinculadas con los procedimientos contables y las
atinentes al procesamiento de datos para cada empresa transportadora.
6. Indicar los procedimientos de fiscalización en los puertos y
aeropuertos, sobre los responsables de la percepción del impuesto en
operaciones regulares y no regulares de pasajeros.
7. Desarrollar los métodos conducentes a la inspección de pasajes en
los puertos y aeropuertos para salidas regionales e internacionales.
8. Asistir al Subsecretario de Coordinación respecto de la información
relativa a los transportadores, así como en la elaboración de informes
de recaudación y proyecciones.
e. 09/08/2012 N° 82920/12 v. 09/08/2012