ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 299/2012
Estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior. S/Adecuación.
Bs. As., 9/8/2012
VISTO la Actuación SIGEA Nº 15196-61-2012 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de
la estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones
Impositivas del Interior dependiente de la Dirección General Impositiva.
Que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS lleva adelante un
proceso permanente de evaluación organizacional, orientada por los
principios de economía, eficiencia y eficacia; con la firme
convicción de que no existen estructuras pétreas en su organización,
sino más bien, que esta debe ser concebida con un grado de flexibilidad
necesario para atender las cuestiones que genera una realidad en
permanente cambio.
Que para mejorar el control del comportamiento fiscal, necesariamente
debe procurarse su gestión primaria, así como la potenciación de la
fiscalización y verificación presencial, de la misma manera que la
inducción sistemática al cumplimiento, resultando necesario, para
llevar adelante esas tareas, volcar una mayor cantidad de esfuerzos y
recursos en la faz operativa del funcionamiento de la Agencia Unica
Tributaria, dotándola de una forma que permita reducir los tiempos de
control de los hechos imponibles, con el objetivo final de que estos
últimos sean contemporáneos a su control pertinente.
Que en ese sentido, las unidades estructurales, con competencia
definida en razón del territorio, deben analizarse periódicamente con
relación a las características predominantes de la actividad económica
presente en la región sobre la cual actúan, así como su importancia,
extensión del universo controlado, operatorias específicas, etcétera;
sin perjuicio de que dicho análisis no deba soslayar el aporte en
materia de controles sistémicos e informáticos, que se agregan y
perfeccionan constantemente, los cuales contribuyen a simplificar
algunas actividades del Organismo, permitiendo redirigir la aplicación
de recursos humanos y materiales en regiones determinadas, aumentando o
disminuyendo su desconcentración organizacional de acuerdo con las
características mencionadas.
Que sin perjuicio que las modificaciones estructurales deben llevarse a
cabo equilibradamente para no producir impactos no deseados en la
organización, la identificación de la reunión de los parámetros y
extremos descriptos en una jurisdicción determinada impone la
realización de los cambios respectivos.
Que la Dirección General Impositiva y la Subdirección General de
Operaciones Impositivas del Interior han prestado su conformidad.
Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de
Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus
competencias.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del
Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra
facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División
denominada “Agencia Sede Bahía Blanca” existente en la Dirección
Regional Bahía Blanca de la Subdirección General de Operaciones
Impositivas del Interior, en el ámbito de la Dirección General
Impositiva, pase a denominarse “Agencia Bahía Blanca” y a depender de
la Dirección Regional Mar del Plata, con idénticas acciones y tareas
que las establecidas para sus similares del interior.
ARTICULO 2° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Distrito
denominada “Tres Arroyos”, existente en la Dirección Regional Bahía
Blanca de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del
Interior en el ámbito de la Dirección General Impositiva, pase a
depender de la Dirección Regional Mar del Plata, manteniendo idéntica
denominación, composición orgánica, acción y tareas.
ARTICULO 3° — Determinar que las unidades orgánicas con nivel de
Distrito denominadas “Carhué”, “Coronel Pringles”, “Coronel Suárez” y
“Olavarría” respectivamente, existentes en la Dirección Regional Bahía
Blanca de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del
Interior en el ámbito de la Dirección General Impositiva, pasen a
depender de la Dirección Regional Junín, manteniendo idéntica
denominación, composición orgánica, acción y tareas.
ARTICULO 4° — Eliminar de la estructura organizativa la unidad orgánica
con nivel de Dirección denominada “Regional Bahía Blanca” y sus
unidades dependientes, existentes en la Subdirección General de
Operaciones Impositivas del Interior en el ámbito de la Dirección
General Impositiva.
ARTICULO 5° — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Fiscalización Nº 5” y “Fiscalización de los Recursos de la
Seguridad Social” respectivamente, con sede en la ciudad de bahía
Blanca, dependientes de la Dirección Regional Mar del Plata.
ARTICULO 6° — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Sección
denominada “Administrativa y Financiera” dependiente de la Dirección
Regional Aduanera Bahía Blanca, de la Subdirección General de
Operaciones Aduaneras del Interior, en el ámbito de la Dirección
General de Aduanas, con idénticas acción y tareas que las establecidas
para sus similares del interior.
ARTICULO 7° — Las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de
Administración Financiera, serán las responsables de redistribuir los
recursos humanos y materiales de la Ex Dirección Regional Bahía Blanca,
teniendo en cuenta los fundamentos de la presente disposición.
ARTICULO 8° — Reemplazar en la estructura organizativa los Anexos A07
y, en la parte pertinente, los Anexos I, A17, B07 y C correspondiente a
la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, por
los que se aprueban por la presente.
ARTICULO 9° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY,
Administrador Federal.
ANEXO I
ANEXO A07
ANEXO A17
ANEXO B07
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DEL INTERIOR
DIRECCION REGIONAL - INTERIOR
(TIPO)
DIVISION FISCALIZACION DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(Corresponde a Mar del Plata)
ACCION
Efectuar, en el ámbito de su competencia, los relevamientos de personal
y la verificación y control de actividades sobre contribuyentes y/o
responsables con obligaciones para con el Sistema de la Seguridad
Social.
Practicar, en el ámbito de su competencia, fiscalizaciones a efectos de
confirmar los desvíos provenientes de las acciones realizadas y de las
tareas del área de investigación.
TAREAS
1. Realizar en el ámbito de su competencia los relevamientos de
personal, en el marco normativo del Plan Nacional de Regularización del
Trabajo - PNRT, a efectos de determinar desvíos por omisión de
declaración de empleados o declaración en defecto.
2. Intervenir en acciones de fiscalización masiva dentro del ámbito de
su competencia, incluyendo aquellos operativos que se realicen fuera
del horario habitual de la jornada laboral.
3. Ejecutar controles a través de un enfoque horizontal, por sectores o
zonas, verificando el cumplimiento de las obligaciones de los recursos
de la seguridad social.
4. Realizar, de acuerdo con los planes establecidos, las fiscalizaciones previsionales, en su ámbito de actuación.
5. Determinar la deuda, multas y demás accesorios en materia de los
recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables
verificados.
6. Entender en la recepción y despacho de la documentación que ingresa
a la División, en el control formal y técnico de las actuaciones
descargadas y en el destino de las mismas; y atender los asuntos
inherentes a los recursos humanos del área.
DIVISION SERVICIO ADMINISTRATIVO INTEGRADO
(Corresponde a Resistencia y Salta)
ACCION
Entender en la gestión del despacho de la documentación, en los asuntos
inherentes a los recursos humanos y en todas las cuestiones atinentes a
los servicios y al mantenimiento, provisión y administración de los
recursos materiales, de la Dirección Regional Impositiva y Dirección
Regional Aduanera.
TAREAS
1. Efectuar la recepción, registro, despacho, distribución y archivo de
las actuaciones que ingresen a las Direcciones Regionales que
administre.
2. Efectuar los trámites relativos al movimiento de fondos presupuestarios e inventarios de acuerdo con las normas establecidas.
3. Controlar y dar el correspondiente curso a las cuestiones relacionadas con el personal de las Direcciones Regionales.
4. Coordinar la provisión, mantenimiento y control de los bienes y servicios de las Direcciones Regionales.
5. Administrar, registrar y comunicar al área contable respectiva, el movimiento de la Caja Chica asignada.
e. 10/08/2012 N° 83384 v. 10/08/2012