ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 299/2012

Estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior. S/Adecuación.

Bs. As., 9/8/2012

VISTO la Actuación SIGEA Nº 15196-61-2012 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior dependiente de la Dirección General Impositiva.

Que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS lleva adelante un proceso permanente de evaluación organizacional, orientada por los principios de economía, eficiencia y eficacia;  con la firme convicción de que no existen estructuras pétreas en su organización, sino más bien, que esta debe ser concebida con un grado de flexibilidad necesario para atender las cuestiones que genera una realidad en permanente cambio.

Que para mejorar el control del comportamiento fiscal, necesariamente debe procurarse su gestión primaria, así como la potenciación de la fiscalización y verificación presencial, de la misma manera que la inducción sistemática al cumplimiento, resultando necesario, para llevar adelante esas tareas, volcar una mayor cantidad de esfuerzos y recursos en la faz operativa del funcionamiento de la Agencia Unica Tributaria, dotándola de una forma que permita reducir los tiempos de control de los hechos imponibles, con el objetivo final de que estos últimos sean contemporáneos a su control pertinente.

Que en ese sentido, las unidades estructurales, con competencia definida en razón del territorio, deben analizarse periódicamente con relación a las características predominantes de la actividad económica presente en la región sobre la cual actúan, así como su importancia, extensión del universo controlado, operatorias específicas, etcétera; sin perjuicio de que dicho análisis no deba soslayar el aporte en materia de controles sistémicos e informáticos, que se agregan y perfeccionan constantemente, los cuales contribuyen a simplificar algunas actividades del Organismo, permitiendo redirigir la aplicación de recursos humanos y materiales en regiones determinadas, aumentando o disminuyendo su desconcentración organizacional de acuerdo con las características mencionadas.

Que sin perjuicio que las modificaciones estructurales deben llevarse a cabo equilibradamente para no producir impactos no deseados en la organización, la identificación de la reunión de los parámetros y extremos descriptos en una jurisdicción determinada impone la realización de los cambios respectivos.

Que la Dirección General Impositiva y la Subdirección General  de Operaciones Impositivas del Interior han prestado su conformidad.

Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:

ARTICULO 1° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Agencia Sede Bahía Blanca” existente en la Dirección Regional Bahía Blanca de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, en el ámbito de la Dirección General Impositiva, pase a denominarse “Agencia Bahía Blanca” y a depender de la Dirección Regional Mar del Plata, con idénticas acciones y tareas que las establecidas para sus similares del interior.

ARTICULO 2° — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Distrito denominada “Tres Arroyos”, existente en la Dirección Regional Bahía Blanca de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior en el ámbito de la Dirección General Impositiva, pase a depender de la Dirección Regional Mar del Plata, manteniendo idéntica denominación, composición  orgánica, acción y tareas.

ARTICULO 3° — Determinar que las unidades orgánicas con nivel de Distrito denominadas “Carhué”, “Coronel Pringles”, “Coronel Suárez” y “Olavarría” respectivamente, existentes en la Dirección Regional Bahía Blanca de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior en el ámbito de la Dirección General Impositiva, pasen a depender de la Dirección Regional Junín, manteniendo idéntica denominación, composición  orgánica, acción y tareas.

ARTICULO 4° — Eliminar de la estructura organizativa la unidad orgánica con nivel de Dirección denominada “Regional Bahía Blanca” y sus unidades dependientes, existentes en la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior en el ámbito de la Dirección General Impositiva.

ARTICULO 5° — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas “Fiscalización Nº 5” y “Fiscalización de los Recursos de la Seguridad Social” respectivamente, con sede en la ciudad de bahía Blanca, dependientes de la Dirección Regional Mar del Plata.

ARTICULO 6° — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Sección denominada “Administrativa y Financiera” dependiente de la Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca, de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior, en el ámbito de la Dirección General de Aduanas, con idénticas acción y tareas que las establecidas para sus similares del interior.

ARTICULO 7° — Las Subdirecciones Generales de Recursos Humanos y de Administración Financiera, serán las responsables de redistribuir los recursos humanos y materiales de la Ex Dirección Regional Bahía Blanca, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente disposición.

ARTICULO 8° — Reemplazar en la estructura organizativa los Anexos A07 y, en la parte pertinente, los Anexos I, A17, B07 y C correspondiente a la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 9° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

ANEXO I



ANEXO A07


ANEXO A17



ANEXO B07

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DEL INTERIOR

DIRECCION REGIONAL - INTERIOR

(TIPO)

DIVISION FISCALIZACION DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(Corresponde a Mar del Plata)

ACCION

Efectuar, en el ámbito de su competencia, los relevamientos de personal y la verificación y control de actividades sobre contribuyentes y/o responsables con obligaciones para con el Sistema de la Seguridad Social.

Practicar, en el ámbito de su competencia, fiscalizaciones a efectos de confirmar los desvíos provenientes de las acciones realizadas y de las tareas del área de investigación.

TAREAS

1. Realizar en el ámbito de su competencia los relevamientos de personal, en el marco normativo del Plan Nacional de Regularización del Trabajo - PNRT, a efectos de determinar desvíos por omisión de declaración de empleados o declaración en defecto.

2. Intervenir en acciones de fiscalización masiva dentro del ámbito de su competencia, incluyendo aquellos operativos que se realicen fuera del horario habitual de la jornada laboral.

3. Ejecutar controles a través de un enfoque horizontal, por sectores o zonas, verificando el cumplimiento de las obligaciones de los recursos de la seguridad social.

4. Realizar, de acuerdo con los planes establecidos, las fiscalizaciones previsionales, en su ámbito de actuación.

5. Determinar la deuda, multas y demás accesorios en materia de los recursos de la seguridad social a los contribuyentes y/o responsables verificados.

6. Entender en la recepción y despacho de la documentación que ingresa a la División, en el control formal y técnico de las actuaciones descargadas y en el destino de las mismas; y atender los asuntos inherentes a los recursos humanos del área.

DIVISION SERVICIO ADMINISTRATIVO INTEGRADO
(Corresponde a Resistencia y Salta)

ACCION

Entender en la gestión del despacho de la documentación, en los asuntos inherentes a los recursos humanos y en todas las cuestiones atinentes a los servicios y al mantenimiento, provisión y administración de los recursos materiales, de la Dirección Regional Impositiva y Dirección Regional Aduanera.

TAREAS

1. Efectuar la recepción, registro, despacho, distribución y archivo de las actuaciones que ingresen a las Direcciones Regionales que administre.

2. Efectuar los trámites relativos al movimiento de fondos presupuestarios e inventarios de acuerdo con las normas establecidas.

3. Controlar y dar el correspondiente curso a las cuestiones relacionadas con el personal de las Direcciones Regionales.

4. Coordinar la provisión, mantenimiento y control de los bienes y servicios de las Direcciones Regionales.

5. Administrar, registrar y comunicar al área contable respectiva, el movimiento de la Caja Chica asignada.



e. 10/08/2012 N° 83384 v. 10/08/2012