MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 819/2012
Registro Nº 634/2012
Bs. As., 8/6/2012
VISTO el Expediente Nº 1.254.109/07 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 80/81 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo
celebrado entre la ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE
BANCO), por la parte gremial y la empresa CABAL COOPERATIVA DE
PROVISION DE SERVICIOS LIMITADA, por el sector empleador, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del presente el sector empleador firmante adhiere a los
términos del Acuerdo suscripto el 28 de diciembre de 2007 por la
ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y la ASOCIACION DE
BANCOS PUBLICOS Y PRIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ABAPPRA), a
través del cual se estipulara el otorgamiento de una asignación
extraordinaria no remunerativa.
Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el
presente, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos y han
acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con
las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del Acuerdo traído a estudio, se
circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad
que ostenta el sector empresarial firmarte, y la entidad sindical
signataria, emergente de su personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren
los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo,
comúnmente denominado “orden público laboral”.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y la empresa CABAL
COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS LIMITADA, que luce a fojas 80/81
del Expediente Nº 1.254.109/07, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 80/81 del
Expediente Nº 1.254.109/07.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.254.109/07
Buenos Aires, 13 de junio de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 819/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 80/81 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 634/12. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
EXPTE. Nº 1.254.109/07
En la ciudad de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de enero
del año dos mil ocho siendo las 14.00 horas comparecen en el MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES
DEL TRABAJO, ante mí Sandra Yolanda CESAR Secretaria de Relaciones
Laborales del Departamento de Relaciones Laborales Nº 2, el Dr. Juan
José ZANOLA Secretario General Nacional, Gustavo Díaz Secretario
Gremial Nacional, Alejandra ESTOUP Secretaria General Seccional Buenos
Aires, Eduardo NEGRO Prosecretario de Acción Gremial Nacional, Carlos
IRRERA, secretario gremial seccional Buenos Aires, José María MOLINARI
prosecretario Gremial Seccional Buenos Aires, en representación de la
ASOCIACION BANCARIA patrocinados por el Dr. Francisco ROJAS; por una
parte y por la otra lo hacen los señores Juan Angel CIOLLI en su
calidad de Presidente; Juan Carlos AYALA Gerente de Recursos Humanos;
en representación de la EMPRESA CABAL COOPERATIVA DE PROVISION DE
SERVICIOS LIMITADA; patrocinados por el Dr. Alberto ABANCENS con
domicilio legal en la calle Lavalle 341 - Capital Federal, quien
acompaña en este acto copia de poder, todos con identidad, personería y
demás datos acreditados en autos.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, ésta procede a
ceder el uso de la palabra a ambos sectores quienes de común acuerdo y
por sí MANIFIESTAN: Que vienen por este acto a ratificar en un todo el
contenido y firmas del acuerdo realizado en fecha 28 de diciembre,
realizado entre ABAPRA y ASOCIACION BANCARIA, adhiriendo la empleadora
presente en este acto, ratificando el pedido de homologación.
En este estado se hace saber a las partes que se procederá a elevar los
presentes obrados a la Superioridad a los fines de la prosecución del
presente trámite.
Siendo las 14.30 horas se da por finalizado el acto firmando los
comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación por ante mí
funcionaria que CERTIFICO.