MINISTERIO DE SALUD

Resolución Nº 1191/2012

Bs. As., 9/8/2012

VISTO el Expediente Nº 1-2002-7774/12-7 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto Nº 1286 del 9 de septiembre de 2010 y las Resoluciones Ministeriales Nº 112 y Nº 545 de fecha 4 de febrero de 2011 y 2 de mayo de 2012, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 1286/10 se creó el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER, cuyas misiones comprenden entre otras, las de dirigir y apoyar la investigación, capacitación y distribución de la información médica.

Que por la Resolución Ministerial Nº 112/11 se creó el “Programa de Promoción de la Investigación en Cáncer” en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER, con el objetivo de fortalecer y mejorar la investigación en cáncer en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que por la Resolución Ministerial Nº 545/12 se han aprobado las bases y condiciones de la convocatoria “Becas de Formación Inicial en Investigación en Cáncer II”, de acuerdo con los lineamientos específicos detallados en el ANEXO I de dicha norma.

Que las solicitudes a las mismas, fueron valoradas y seleccionadas por una Comisión Evaluadora, designada “ad hoc” por el Consejo Ejecutivo del INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER, compuesta por integrantes de reconocida trayectoria en el ámbito de la investigación en cáncer.

Que en el ANEXO I punto 3 de la citada Resolución Ministerial Nº 545/12, se especifica que se entregarán TREINTA (30) becas de Formación Inicial con UN (1) año calendario de duración de acuerdo a   la siguiente distribución: CINCO (5) becas a estudiantes avanzados, y VEINTICINCO (25) becas a graduados.

Que atento a los resultados del proceso de evaluación realizado, el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER considera necesario y conveniente modificar el ANEXO I punto 3 de la Resolución Ministerial Nº 545/12 a fin de optimizar la distribución de las asignaciones de las becas según criterios de calidad y cantidad de las solicitudes recibidas.

Que tal hecho no significa alterar el monto máximo asignado a la cobertura de las citadas becas.

Que los recursos financieros se otorgarán de acuerdo a la suscripción de los respectivos convenios marco entre las Instituciones receptoras de los becarios y el INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER.

Que corresponde dictar el acto administrativo de asignación de fondos destinados a atender los gastos originados en la convocatoria mencionada anteriormente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Modifícase el ANEXO I punto 3, de la Resolución Ministerial Nº 545/12, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“3) CANTIDAD DE BECAS, ESTIPENDIO Y DURACION

Se otorgarán TREINTA Y UN (31) becas de Formación Inicial, de acuerdo a la siguiente distribución: a) SIETE (7) becas a estudiantes avanzados con un estipendio mensual de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS ($ 2.200.-); b) VEINTICUATRO (24) becas a graduados con un estipendio mensual de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS ($ 4.200.-). Las becas de Formación Inicial en Investigación en Cáncer II tendrán una duración de UN (1) año calendario, entre junio 2012 y junio 2013”.

ARTICULO 2º — Apruébase la nómina de los TREINTA Y UN (31) beneficiarios de la Convocatoria de “Becas de Formación Inicial en Investigación en Cáncer II”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 545/12, que se detallan en el ANEXO I que forma parte de la presente.

ARTICULO 3º — El estipendio mensual y total a percibir por cada becario consta detallado en el ANEXO I que forma parte de la presente resolución, y la duración de la beca es de UN (1) año calendario, con principio de ejecución a partir del 1º de junio de 2012 al 31 de mayo de 2013.

ARTICULO 4º — Déjase establecido que la continuidad del beneficio al que alude el artículo precedente, queda sujeta a las prescripciones pautadas en el anexo I de la Resolución Ministerial Nº 545/12.

ARTICULO 5º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será afectado a las partidas específicas del presupuesto vigente.

ARTICULO 6º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN L. MANZUR, Ministro de Salud.

ANEXO I

CATEGORIA: ESTUDIANTE AVANZADOS PERIODO 01/06/2012 AL 31/05/2013

Apellido

Nombre

DNI

Institución

Director de la beca

ESTIPENDIO MENSUAL

MONTO TOTAL

González

Nazareno

32.692.518

Universidad Nacional de Quilmes

Dr. Pablo Menna

$ 2.200

$ 26.400

Tascón

Rocío Soledad

33.759.371

Instituto Angel Roffo

Dra. Ma. Giselle Peters

$ 2.200

$ 50.400

Rodriguez

Maria Betiana

33.652.492

Inst. de Cs. Básicas y Medicina Experimental- Htal. Italiano de Bs. As

Dr. Pablo Argibay

$ 2.200

$ 26.400

Pelayo

Julia Vanesa

33.684.532

Fac. de Cs. De la Educ. U. N de Entre Ríos

Dra. Ma. Juliana Cattáneo

$ 2.200

$ 26.400

Uzair

Ivonne Denise

34.952.840

IMBECU - CONICET

Dr. Angel Sánchez

$ 2.200

$ 26.400

Ibarra Valdez

Ma. Solange

32.630.635

IBR - CONICET

Dr. Javier Girardini

$ 2.200

$ 26.400

Santero

Marilina

33.527.324

Area Epidemiológica Secretaría de Salud Pública - Municipalidad de Rosario

Dra. Gabriela Quintanilla

$ 2.200

$ 26.400


CATEGORIA: GRADUADOS PERIODO 01/06/2012 AL 31/05/2013

APELLIDO

NOMBRE

DNI

Institución

Director

Estipendio Mensual

Monto total

AGOST

Lisandro

29.843.652

CIECS - CONICET

Dra. María Franci Alvarez

$ 4.200

$ 50.400

ALFARO

Guadalupe Gabriela

32.544.869

Htal. De Clínicas José de San Martín

Dra. Marcela Ferrer

$ 4.200

$ 50.400

BAJU

Ethel Noemi

31.675.238

Htal. Garrahan

Dr. Pedro Zubizarreta

$ 4.200

$ 50.400

BESSO

Ma. José

33.440.585

IBYME - CONICET

Dr. Mónica Vazquez-Levin

$ 4.200

$ 50.400

BLANCO

Noelia Soledad

28.232.316

Fac. de Medicina de la Univ. Nacional del Nordeste

Dr. Gerardo Deluca

$ 4.200

$ 50.400

CANALIS

Alejandra Mariel

30.947.985

Facultad de Ciencias Médicas - Univ. Nacional de Córdoba

Dr. Elio Andrés Soria

$ 4.200

$ 50.400

CASELLA

María Laura

32.594.747

Fac. de Cs. Bioq. y Farma. Univ. De Rosario - IFISE - CONICET

Dra. Ma. Cristina Carrillo

$ 4.200

$ 50.400

DELLA VEDOVA

Ana Belén

33.969.629

Fac. de Cs. Quím. - UNC - CIBICI - CONICET

Dra. Ana Carolina Donadio

$ 4.200

$ 50.400

ESPASANDIN

Yesica Romina

31.912.309

Inst. nv. Médicas Alfredo Lanari

Dra. Paula Heller

$ 4.200

$ 50.400

GAUTIER

Marien

30.696.078

Ctro. Nac. de Gené. Méd. ANLIS Dr. Carlos Malbrán”

Dra. Roxana Cerretini

$ 4.200

$ 50.400

GLAVINA

Juliana

29.076.277

Fac. de Cienc. Exactas y Naturales - UBA

Dr. Ignacio Sánchez

$ 4.200

$ 50.400

HASENAHUER

Marcia Anahí

32.580.997

Dpto. Ciencia y Tecnología - UNQUI

Dr. Gustavo Parisi

$ 4.200

$ 50.400

KEEGAN

Ana Ruth

17.625.298

Hospital onco. provincial “Prof. Dr. José M. Urrutia”

Dra. Patricia De Marco

$ 4.200

$ 50.400

LACREU

María Laura

30.830.907

Fundación Inst. Leloir

Dra. Mariela Urrutia

$ 4.200

$ 50.400

LAURITO

Sergio Roberto

29.649.788

IHEM - CCT - CONICET

Dra. María Roqué Moreno

$ 4.200

$ 50.400

LOPEZ FERRUCCI

Ma. Débora

29.432.392

Cátedra de Bio. e inmunología - Univ. del Salvador

Dra. Kumiko Eiguchi

$ 4.200

$ 50.400

MARTINEZ

Ma. Florencia

31.618.346

Instituto de Inves. Médicas Alfredo Lanari - UBA

Dr. Pablo Azurmendi

$ 4.200

$ 50.400

MERCOGLIANO

María Florencia

32.552.194

IBYME - CONICET

Dra. Schillaci, Roxana

$ 4.200

$ 50.400

MILITO

Daniela Adriana

29.364.255

Htal. Udaondo

Dra. Marina Antelo

$ 4.200

$ 50.400

PARAPUÑO DE LA ROSA

Fernando Adrián

31.284.039

IHEM - Fac. de Ciencias Médicas - UNCu/CONICET

Dr. Carlos Gamarra Luques

$ 4.200

$ 50.400

PEYRET

Victoria

33.235.611

Fac. de Cs. Quím. - Un. Nac. de Cba. - CIBICI - CONICET

Dra. Ana María Masini de Repiso

$ 4.200

$ 50.400

TAICH

Paula Juliana

26.333.340

Htal. Garrahan

Dr. Paula Schaiquevich

$ 4.200

$ 50.400

VALLECORSA

Pablo Daniel

33.227.374

CIPYP - CONICET

Dra. Adriana Casas

$ 4.200

$ 50.400

VARA

Marianela

31.173.577

Facultad de Cs. Médicas - Univ. Nacional de Córdoba

Dra. Mirta Ana Valentich

$ 4.200

$ 50.400


e. 16/08/2012 N° 84618/12 v. 16/08/2012