ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 302/2012

S/Delegación de facultades.

Bs. As., 13/8/2012

VISTO el Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado en el VISTO la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, fueron determinadas su organización y competencia.

Que asimismo, se estableció que el Administrador Federal podrá delegar en los Directores Generales y los Subdirectores Generales la asunción, conjunta o separadamente, de determinadas funciones y atribuciones señaladas por la naturaleza de las materias, por el ámbito territorial en el que deban ejercerse o por otras circunstancias, inclusive las que se indican en los artículos 6º, 7º, 8º y 9º del Decreto mencionado, en la medida y condiciones que se establezcan en cada caso.

Que en tal sentido, y con el fin de agilizar las designaciones de diversas categorías de agentes, relativas a funciones específicas que los mismos deben llevar adelante en representación del organismo, resulta necesario delegar en una Subdirección General del ámbito central, las facultades vinculadas al otorgamiento de poderes y a la designación de agentes para el desarrollo de tareas específicas.

Que sin perjuicio de ello, resulta menester establecer la intervención previa de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional, con el objeto de constituir un mecanismo de control pertinente al ejercicio de las respectivas facultades delegadas.

Que la presente cuenta con la conformidad de las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recursos Humanos, de Coordinación Técnico Institucional y de Planificación.

Que las Direcciones de Asuntos Legales Administrativos y de Asuntos Organizacionales han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4° y 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

El ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:

ARTICULO 1° — Delegar en la Subdirección General de Recursos Humanos la facultad para el otorgamiento y revocación de los poderes respectivos, en todos los trámites relativos a la designación o remoción de Representantes del Fisco, acerca de los cuales no se encuentre previsto un procedimiento específico.

ARTICULO 2° — Delegar en la Subdirección General de Recursos Humanos la facultad relativa a la designación y remoción de funcionarios para el ejercicio de las funciones previstas en el inciso g) del Artículo 35 de la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1998 y modificatorias.

ARTICULO 3° — Con anterioridad a la suscripción de los actos respectivos de designación, otorgamiento, remoción y revocación previstos en esta disposición, tomará intervención la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional, la que podrá requerir los informes que considere pertinentes.

ARTICULO 4° — La presente disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

e. 22/08/2012 Nº 86347/12 v. 22/08/2012