PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 714/2012

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca. Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.

Bs. As., 16/8/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0086091/2012 del Registro del MINISTERIO DE DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, la Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha suscripto un Convenio de Financiación entre la COMUNIDAD EUROPEA y la REPUBLICA ARGENTINA, denominado “Programa de Apoyo al Fortalecimiento Institucional del SENASA”, Número Contable ALA/2006/18-398 y un Convenio FOCEM relativo al Proyecto Piloto “Programa de Acción MERCOSUR Libre de Fiebre Aftosa” (COF-PAMA) Nº 07/07”.

Que dichos convenios tienen como fin apoyar al fortalecimiento institucional del mencionado organismo.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA posee saldos remanentes de recursos en la Fuente de Financiamiento 21 - Transferencias Externas, los cuales surgen de la diferencia entre los ingresos percibidos y los gastos devengados en ejercicios anteriores.

Que con el objeto de incorporar estos saldos remanentes para su utilización resulta imprescindible modificar el Presupuesto General vigente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Que dicha modificación no implica incrementos en los totales otorgados, por cuanto se efectuará por compensación entre recursos y fuentes financieras.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar