TRATADOS

LEY N° 147

Ley aprobando la convencion postal celebrada con la República Oriental del Uruguay.

Departamento de Relaciones Esteriores.

Buenos Aires, Agosto 7 de 1865.

Por cuanto: el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de

LEY:

Art. 1° - Apruébase la convención postal celebrada en esta ciudad el 14 de Julio de 1865, entre la República Argentina y la República Oriental del Uruguay.

Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, á los cuatro días del mes de Agosto de mil ochocientos sesenta y cinco.

VALENTIN ALSINA.- Cárlos M. Saravia, Secretario del Senado.- ARISTIDES VILLANUEVA.- Bernabé Quintana, Secretaria de la Cámara de Diputados.

Por tanto: cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Nacional. PAZ.- Rufino de Elizalde.