TRATADOS
LEY N° 147
Ley aprobando la convencion postal celebrada con la República Oriental del Uruguay.
Departamento de Relaciones Esteriores.
Buenos Aires, Agosto 7 de 1865.
Por cuanto: el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 1° - Apruébase la convención postal celebrada en esta ciudad el 14
de Julio de 1865, entre la República Argentina y la República Oriental
del Uruguay.
Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, á
los cuatro días del mes de Agosto de mil ochocientos sesenta y cinco.
VALENTIN ALSINA.-
Cárlos M. Saravia, Secretario del Senado.- ARISTIDES VILLANUEVA.-
Bernabé Quintana, Secretaria de la Cámara de Diputados.
Por tanto: cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Nacional. PAZ.- Rufino de Elizalde.