PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 813/2012
Ministerio del Interior y Transporte. Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.
Bs. As., 10/9/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0002189/2012 del Registro de la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo
Descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2012, distribuida por la
Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que atento al incremento registrado en los recursos por tasas
administrativas operado en el transcurso del primer cuatrimestre del
ejercicio en curso y la proyección anual de los mismos según lo
informado por la Dirección de Presupuesto y Contabilidad de la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y la
correspondiente certificación efectuada por parte de la Unidad de
Auditoría Interna de la citada Dirección Nacional, se considera
necesario incrementar el Presupuesto de Recursos y Gastos vigente de la
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, Organismo
Descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE.
Que dicho incremento será destinado a la atención de los gastos
correspondientes a los Insumos para la producción de los Documentos
Nacionales de Identidad y Pasaportes Nacionales, como así también para
atender los gastos derivados de la distribución y entrega de los
mismos, entre otros.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 26.728 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Modifícase el
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2012, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente
artículo, que forman parte integrante del mismo.
Art. 2º — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo. — Hernán G.
Lorenzino.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser
consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar