MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO


Resolución Nº 1089/2012


Registros Nº 878/2012 y Nº 879/2012


Bs. As., 24/7/2012

VISTO el Expediente Nº 1.488.892/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación de los acuerdos celebrados entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la empresa GESTAMP BAIRES SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, los que lucen a fojas 6/16 y 17/19 del Expediente Nº 1.488.892/12 y han sido debidamente ratificados a fojas 38/9 y 40 de las mismas actuaciones.

Que mediante el acuerdo glosado a fojas 6/16, sus celebrantes modifican el Artículo 10 del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1192/11 “E”, en lo referente a la categoría “Conductor de Auto elevador de Logística”, conforme los parámetros y términos allí detallados. En tanto que por el Acuerdo de fojas 17/19 las partes convienen la forma en que se liquidará la diferencia resultante a favor del trabajador que realiza una suplencia de una categoría superior.

Que corresponde señalar que las partes individualizadas en el primer párrafo del presente han celebrado oportunamente el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1192/11 “E”.

Que en definitiva las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar los acuerdos que motivan el presente acto administrativo.

Que con relación al personal y territorial de aplicación de los acuerdos celebrados, los mismos se corresponden con el del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1192/11 “E”.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la empresa GESTAMP BAIRES SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, que luce a foja 6/16 del Expediente Nº 1.488.892/12, todo conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la empresa GESTAMP BAIRES SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, que luce a foja 17/19 del Expediente Nº 1.488.892/12, todo conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre los acuerdos obrantes a fojas 6/16 y 17/19 del Expediente Nº 1.488.892/12.

ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 5º — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1192/11 “E”.

ARTICULO 6º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los acuerdos homologados y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.488.892/12

Buenos Aires, 26 de julio de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1089/12 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 6/16 y 17/19 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 878/12 y 879/12 respectivamente. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 01 días del mes de diciembre de 2011, se reúnen los representantes de GESTAMP BAIRES S.A., Sres. SILVIO OMAR FEOLI, DNI 21.530.472; y PABLO ALEJANDRO SUSEL, DNI 20.838.186, en adelante la empresa, por una parte y por la otra los representantes del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina (S.M.A.T.A.), Sres. JOSE ALBERTO CARO, DNI 13.466.862; ROSENDO E. NATALI, DNI 04.880.066; Sra. CLAUDIA FRANCISCA COCHETTI, DNI 17.491.758; y los Sres. Delegados de Personal CARLOS FABIAN GEREZ, DNI 22.387.282; HECTOR ANIBAL QUIÑONES, DNI 20.018.528; CARLOS JESUS ROLON, DNI 24.391.921; JUAN CARLOS SUAREZ, DNI 22.950.533; OSCAR ALBERTO JAIME, DNI 13.921.026; JORGE RAUL PAZ, DNI 8.424.809; y RAFAEL ANTONIO PEDROZO, DNI 21.481.521; en adelante los representantes del personal, y ambas en conjunto denominadas las partes, quienes luego de varias reuniones, ACUERDAN:

Que en los términos del artículo 10 último párrafo del CCT. 1192/11 “E”, las partes han arribado a un entendimiento en relación a la posición de Conductor de Auto-elevador de Logística. Ello así en los términos del Anexo “Análisis de puestos para definición de categorías” de fecha Septiembre 2011, y su correspondiente “Anexo 1”, que en un total de 10 fs. útiles forman parte integrante e indivisible del presente.

Cualquiera de las partes podrá presentar este documento ante las autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y solicitar su homologación. Sin perjuicio de ello, lo aquí pactado es de cumplimiento inmediato y obligatorio para las partes por imperio de lo normado en el art. 1197 del Código Civil.

No siendo para más, y en prueba de conformidad, se firman cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados al inicio del presente.

Escobar, Noviembre de 2011

Definición de categorías

Gerencia de Logística.

• Posición: Conductor de Auto-elevador.

Definición de categoría de ingreso

Cada persona que se incorpore a esta posición, tendrá categoría 2. Se trate de personal que ingrese externamente y directamente para esta posición, o se trate de promociones internas.

Ingresos Externos: Para acceder al puesto (y a la categoría 2), deberá:

• Aprobar la evaluación teórica y práctica que se aplica en conjunto con el equipo de logística, Seguridad y Recursos Humanos.

• Aprobar el proceso de ingreso (específico para el puesto) definido en la compañía.

• Obtener la habilitación provisoria que otorga Seguridad e Higiene.

Promociones Internas: Las personas que sean promovidas para acceder al puesto (y a la categoría 2), deberán:

• Aprobar la evaluación teórica y práctica que se aplica en conjunto con el equipo de logística y Seguridad.

• Pasar satisfactoriamente el test específico de concentración, que será aplicado por el área de Recursos Humanos.

• Realizar la formación de 20 hs prácticas en conducción de auto-elevador.

• Obtener la habilitación provisoria que otorga Seguridad e Higiene.

Competencias necesarias (Genéricas) del puesto: Para acceder al puesto y a la categoría 2 deberá tener los siguientes conocimientos y habilidades, (según se detalla en el “anexo 1”), y desarrollarlas habitualmente en sus tareas;

• Manejo de auto-elevador, (ítem “1” del anexo “1”).

• “Check list” de auto-elevador; limpieza del mismo y mantenimiento general; agregado de agua y aceite, (ítem “25” del anexo “1”).

Gerencia de Logística. Posición: Conductor de Auto-elevador.

Ascenso a categoría 3:

Para acceder a la categoría 3 se deberán cumplir los siguientes requisitos:

Tiempo de permanencia en categoría anterior: a los 3 meses de permanencia en la categoría 2.

Requisitos Generales:

• Conocimientos verificables del proceso completo del sector en donde desarrolla sus actividades (Tiempo de aprendizaje básico, mínimo estimado; 3 meses).

• Actitud/Desempeño: actitud y desempeño correcto en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la ejecución de sus tareas.

• Poseer carnet habilitante (provisorio o definitivo) extendido por la empresa.

Competencias necesarias (Genéricas) del puesto: Para acceder a la categoría 3 deberá tener los conocimientos y habilidades de la categoría anterior, y los siguientes conocimientos y habilidades, (según se detalla en el “anexo 1”, y desarrollarlos habitualmente en sus tareas;

• Carga de camiones GECO, CARGO, INTERFLET, TRANSFULL, GEFCO, (proveedores en general) (ítem “6” del anexo “1”)

• Descarga de camiones GECO, CARGO, INTERFLET, TRANSFULL, GEFCO, (proveedores en general) (ítem “7” del anexo “1”)

• Manejo de colector (scanner transferencias), (ítem “12” del anexo “1”)

• Limpieza y orden en playas de medios, (ítem “49” del anexo “1”)

• Control de carga y descarga desde punto de vista de estado físico del material, (ítem “50” del anexo “1”)

Competencias necesarias Específicas del Conductor de Autoelevador de “Materia Prima y Componentes”: Para acceder a la categoría 3 deberá tener los siguientes conocimientos y habilidades (según se detalla en el “anexo 1”), específicas de su área de trabajo, y desarrollarlas habitualmente en sus tareas;

• Abastecimiento a líneas de producción estampado (con auto-elevador y puente grúa), (ítem “2” del anexo “1”)

• Preparación y/o remodulación de componentes consignados y estándar part para el sector de soldadura, (ítem “4” del anexo “1”)

• Movimientos de scrap y reportes en sistema, (ítem “5” del anexo “1”)

• Etiquetados de material ingresado con la generación de etiquetado previo, (ítem “11” del anexo “1”) solo para planta 4.

• Movimientos MP a PR, PR a MP, PR a QC, PR a RZ, (ítem “13” del anexo “1”)

• Ordenamiento y limpieza de almacén, materia prima y consignados VW, (ítem “14” del anexo “1”)

• Movimientos de materia prima, (ítem “16” del anexo “1”)

• Asistencias a sector Calidad para todos los movimientos que sean necesarios, (ítem “18” del anexo “1”)

• Preparación de material RZ; (a los fines que requieran movimientos), (ítem “19” del anexo “1”)

• Carga de camiones, para entrega de mercaderías vendidas (o por otros movimientos), (ítem “20” del anexo “1”)

• Remodelaciones del almacén, (ítem “26” del anexo “1”)

• Preparación de camas metálicas para devolución a proveedor Gonvarri/Ferrosider (apilamiento), (ítem “30” del anexo “1”)

• Alertas por posibles faltantes de consignados y estándar parts (control stock), (ítem “34” del anexo “1”)

• Control del circuito de gavetas, (ítem “39” del anexo “1”) solo para planta 4.

• Asistencia al sector de retrabajo, (ítem “42” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Asistencia a diversas áreas de planta (ingeniería, soldadura, calidad, mantenimiento, matricería, almacén, líneas producción), (ítem “43” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Interacción con los operadores de línea para prever los movimientos, (ítem “45” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Conocer la disposición de las piezas (lay out) y estado (rt, pt, rz, qc, pr) (ítem “48” del anexo “1”) solo para planta 3.

Competencias necesarias Específicas del Conductor de Autoelevador de “Almacenes”: Para acceder a la categoría 3 deberá tener los siguientes conocimientos y habilidades (según se detalla en el “anexo 1”), específicas de su área de trabajo, y desarrollarlas habitualmente en sus tareas;

• Abastecimiento a soldadura con autoelevador, (ítem “3” del anexo “1”)

• Preparación y/o remodulación de componentes consignados y estándar part para el sector de soldadura, (ítem “4” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Movimientos de scrap y/o reportes en sistema, (ítem “5” del anexo “1”)

• Preparación de medios VW, CKV, KLT, (ítem “8” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Movimientos MP a PR, PR a MP, PR a QC, PR a RZ, (ítem “13” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Ordenamiento y limpieza de almacén, materia prima y consignados VW, (ítem “14” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Asistencia a sector Calidad; transferencias y movimientos, (ítem “17” del anexo “1”)

• Asistencias a sector Calidad para todos los movimientos que sean necesarios, (ítem “18” del anexo “1”), (ítem “18” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Remodelaciones del almacén, (ítem “26” del anexo “1”)

• Alertas por posibles faltantes de consignados y estándar parts (control stock), (ítem “34” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Asistencia al sector de retrabajo, (ítem “42” del anexo “1”)

• Asistencia a diversas áreas de planta (ingeniería, soldadura, calidad, mantenimiento, matricería, almacén, líneas producción), (ítem “43” del anexo “1”) solo para planta 4.

• Cumplimiento de la frecuencia de abastecimiento, (ítem “44” del anexo “1”)

• Interacción con los operadores de línea para prever los movimientos, (ítem “45” del anexo “1”)

• Abastecimiento de línea con el tren logístico (función del tren logístico), (ítem “46” del anexo “1”)

• Conocer la disposición de las piezas (lay out) y estado (rt, pt, rz, qc, pr), (ítem “48” del anexo “1”)

Competencias necesarias Específicas del Conductor de Autoelevador de “Despachos”: Para acceder a la categoría 3 deberá tener los siguientes conocimientos y habilidades (según se detalla en el “anexo 1”), específicas de su área de trabajo, y desarrollarlas habitualmente en sus tareas;

• Remodelaciones del almacén, (ítem “26” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Conocer la disposición de las piezas (lay out) y estado (rt, pt, rz, qc, pr), (ítem “48” del anexo “1”)

Evaluación de desempeño: Para acceder a la categoría, se deberá aprobar la evaluación de desempeño que consistirá en determinar el nivel de conocimiento (medido en términos de requerimientos del puesto y versatilidad o polifuncionalidad), aspectos disciplinarios, aptitudinales y actitudinales. La evaluación estará a cargo de personal designado por la empresa.

Periodicidad de Evaluación de Desempeño: La “Evaluación de Desempeño” que se menciona en el párrafo anterior, para acceder a la categoría 3, se realizará exclusivamente dos (2) veces al año, con una diferencia temporal de seis (6) meses, practicándose en el mes de Abril y Octubre de cada año.

• Gerencia de Logística. Posición: Conductor de Auto-elevador.

Ascenso a categoría 4:

Para acceder a la categoría 4 se deberán cumplir los siguientes requisitos:

Tiempo de permanencia en categoría anterior: Mínimo 1 año de permanencia en la categoría 3, (12 meses).

Requisitos Generales:

• Conocimientos verificables de dos (mínimo) o más procesos de logística.

• Actitud/Desempeño: actitud y desempeño correcto en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la ejecución de sus tareas.

• Poseer carnet habilitante definitivo extendido por la empresa.

Competencias necesarias (Genéricas) del puesto: Para acceder a la categoría 4 deberá tener los conocimientos y habilidades “genéricos” de la categoría anterior, y además los siguientes conocimientos y habilidades, (según se detalla en el “anexo 1”), y desarrollarlos habitualmente en sus tareas;

• Control de carga y descarga a nivel de remitas y sistemas, (ítem “9” del anexo “1”)

• Inventarios mensuales (piezas estampadas, materia prima, estándar parts, consignados VW), (ítem “22” del anexo “1”)

Competencias necesarias Específicas del Conductor de Autoelevador de “Materia Prima y Componentes”: Para acceder a la categoría 4 deberá tener los conocimientos de la categoría anterior (generales y específicos) y deberá tener los siguientes conocimientos y habilidades (según se detalla en el “anexo 1”), específicas de su área de trabajo, y desarrollarlas habitualmente en sus tareas;

• Manejo de puente grúa, (ítem “15” del anexo “1”)

• Asistencia a sector Calidad; transferencias y movimientos, (ítem “17” del anexo “1”)

• Inventarios anuales (piezas estampadas, materia prima, estándar parts, consignados VW), (ítem “23” del anexo “1”)

• Control de inventarios (verificación física de stock), (ítem “24” del anexo “1”)

• Lectura de fichas técnicas (posicionamiento de MP proveniente del proveedor en camas de madera y en camas metálicas). Esta operación se realiza cada vez que se realizan producciones especiales o por falta de camas metálicas, (ítem “27” del anexo “1”)

• Control de remitos mediante inspección por lectura de gamas de control, ficha técnica, (ítem “35” del anexo “1”)

Competencias necesarias Específicas del Conductor de Autoelevador de “Almacenes”: Para acceder a la categoría 4 deberá tener los conocimientos de la categoría anterior (generales y específicos) y deberá tener los siguientes conocimientos y habilidades (según se detalla en el “anexo 1”), específicas de su área de trabajo, y desarrollarlas habitualmente en sus tareas;

• Inventarios anuales (piezas estampadas, materia prima, estándar parts, consignados VW) (ítem “23” del anexo “1”)

• Abastecimiento a Soldadura con zorra eléctrica, (ítem “38” del anexo “1”) solo para planta 3.

Competencias necesarias Específicas del Conductor de Autoelevador de “Despachos”: Para acceder a la categoría 4 deberá tener los conocimientos de la categoría anterior (generales y específicos) y deberá tener los siguientes conocimientos y habilidades (según se detalla en el “anexo 1”), específicas de su área de trabajo, y desarrollarlas habitualmente en sus tareas;

• Inventarios anuales (piezas estampadas, materia prima, estándar parts, consignados VW,) (ítem “23” del anexo “1”) solo para planta 3.

Evaluación de desempeño: Para acceder a la categoría, se deberá aprobar la evaluación de desempeño que consistirá en determinar el nivel de conocimiento (medido en términos de requerimientos del puesto y versatilidad o polifuncionalidad), aspectos disciplinarios, aptitudinales y actitudinales. La evaluación estará a cargo de personal designado por la empresa.

Periodicidad de Evaluación de Desempeño: La “Evaluación de Desempeño” que se menciona en el párrafo anterior, para acceder a la categoría 4, se realizará exclusivamente dos (2) veces al año, con una diferencia temporal de seis (6) meses, practicándose en el mes de Abril y Octubre de cada año.

• Gerencia de Logística. Posición: Conductor de Auto-elevador.

Ascenso a categoría 5:

Para acceder a la categoría 5 (Autoelevadorista Experto y Polivalente) se deberán cumplir los siguientes requisitos:

Tiempo de permanencia en categoría anterior: Mínimo 1 año y 10 meses, de permanencia en la categoría 4 (22 meses).

Requisitos Generales:

• Ser conductor de Autoelevador y además manejar otro equipo (Reach o Tren Logístico). (Esta categoría no aplicaría a personal que conduzca solamente Tren Logístico).

• Actitud/Desempeño: actitud y desempeño correcto en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la ejecución de sus tareas.

• Habilitación: Evaluación práctica de seguridad e higiene con más de 95 puntos en la revalidación de carnet.

Competencias necesarias (Genéricas) del puesto: Para acceder a la categoría 5 deberá tener los conocimientos “Genéricos” de las categorías anteriores (3 y 4), y además los siguientes conocimientos y habilidades, (según se detalla en el “anexo 1”), y desarrollarlos habitualmente en sus tareas;

• Manejo de sistema carga de remitos, (Gonvarri, VW, Interplantas), (ítem “10” del anexo “1”)

• Capacitación al personal nuevo (por conocimiento de TODAS LAS FUNCIONES), (ítem “31” del anexo “1”)

• Reemplazo de personal del sector en caso de ausencias (polivalencia TOTAL en Logística), (ítem “36” del anexo “1”)

Competencias necesarias Específicas del Conductor de Autoelevador de “Materia Prima y Componentes”: Para acceder a la categoría 5 deberá tener los conocimientos de las categorías anteriores (generales y específicos) y deberá tener los siguientes conocimientos y habilidades (según se detalla en el “anexo 1”), específicas de su área de trabajo, y desarrollarlas habitualmente en sus tareas;

• Etiquetados de material ingresado con la generación de etiquetado previo, (ítem “11” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Inventarios diarios (materia prima, estándar parts, consignados VW), (ítem “21” del anexo “1”)

• Reclamos a los proveedores, (ítem “28” del anexo “1”) solo para planta 4.

• Activación del material con el proveedor, (ítem “32” del anexo “1”) solo para planta 4.

• Garantizar entregas de materia prima según Gantt de estampado, (ítem “33” del anexo “1”)

• Control de entrega de EPP, (ítem “47” del anexo “1”) solo para planta 4.

Competencias necesarias Específicas del Conductor de Autoelevador de “Almacenes”: Para acceder a la categoría 5 deberá tener los conocimientos de las categorías anteriores (generales y específicos) y deberá tener los siguientes conocimientos y habilidades (según se detalla en el “anexo 1”), específicas de su área de trabajo, y desarrollarlas habitualmente en sus tareas;

• Etiquetados de material ingresado con la generación de etiquetado previo, (ítem “11” del anexo “1”)

• Inventarios diarios (materia prima, estándar parts, consignados VW), (ítem “21” del anexo “1”)

• Control de inventarios (verificación física de stock), (ítem “24” del anexo “1”)

• Control de entrega de EPP (ítem “47” del anexo “1”) solo para planta 4.

Competencias necesarias Específicas del Conductor de Autoelevador de “Despachos”: Para acceder a la categoría 5 deberá tener los conocimientos de las categorías anteriores (generales y específicos) y deberá tener los siguientes conocimientos y habilidades (según se detalla en el “anexo 1”), específicas de su área de trabajo, y desarrollarlas habitualmente en sus tareas;

• Inventarios diarios (materia prima, estándar parts, consignados VW), (ítem “21” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Control de inventarios (verificación física de stock), (ítem “24” del anexo “1”) solo para planta 3.

• Interacción con el cliente (GESTION Y CONTACTO DIRECTO), (ítem “37” del anexo “1”) solo para planta 4.

• Control de entrega de EPP (ítem “47” del anexo “1”) solo para planta 4.

Evaluación de desempeño: Para acceder a la categoría, se deberá aprobar la evaluación de desempeño que consistirá en determinar el nivel de conocimiento (medido en términos de requerimientos del puesto y versatilidad o polifuncionalidad), aspectos disciplinarios, aptitudinales y actitudinales. La evaluación estará a cargo de personal designado por la empresa.

Periodicidad de Evaluación de Desempeño: La “Evaluación de Desempeño” que se menciona en el párrafo anterior, para acceder a la categoría 5, se realizará exclusivamente dos (2) veces al año, con una diferencia temporal de seis (6) meses, practicándose en el mes de Abril y Octubre de cada año.

ANEXO 1

Anexo 1Detalle de Competencias (conocimientos, tareas, habilidades)
1Manejo de auto-elevador.
2Abastecimiento a líneas de producción estampado (con auto-elevador y puente grúa)
3Abastecimiento a soldadura con autoelevador.
4Preparación y/o remodulación de componentes consignados y estándar part para el sector de soldadura.
5Movimientos de scrap y/o reportes en sistema.
6Carga de camiones GECO, CARGO, INTERFLET, TRANSFULL, GEFCO, (proveedores en general).
7Descarga de camiones GECO, CARGO, INTERFLET, TRANSFULL, GEFCO, (proveedores en general).
8Preparación de medios VW, CKV, KLT.
9Control de carga y descarga a nivel de remitos y sistemas
10Manejo de sistema carga de remitos (Gonvarri, VW, Interplantas).
11Etiquetados de material ingresado con la generación de etiquetado previo
12Manejo de colector (scanner transferencias).
13Movimientos MP a PR, PR a MP, PR a QC, PR a RZ.
14Ordenamiento y limpieza de almacén, materia prima y consignados VW.
15Manejo de puente grúa.
16Movimientos de materia prima.
17Asistencia a sector Calidad; transferencias y movimientos.
18Asistencias a sector Calidad para todos los movimientos que sean necesarios
19Preparación de material RZ; (a los fines que requieran movimientos)
20Carga de camiones, para entrega de mercaderías vendidas (o por otros movimientos)
21Inventarios diarios (materia prima, estándar parts, consignados VW)
22Inventarios mensuales (piezas estampadas, materia prima, estándar parts, consignados VW)
23Inventarios anuales (piezas estampadas, materia prima, estándar parts, consignados VW)
24Control de inventarios (verificación física de stock)
25Check list autoelevadores; limpieza del mismo y mantenimiento general; agregado de agua, aceite
26Remodelaciones del almacén.
27Lectura de fichas técnicas (posicionamiento de MP proveniente del proveedor en camas de madera y en camas metálicas). Esta operación se realiza cada vez que se realizan producciones especiales o por falta de camas metálicas.
28Reclamos a los proveedores.
29Asistencia a proveedor (por falta de auto-elevadores o roturas de los mismos).
30Preparación de camas metálicas para devolución a proveedor Gonvarri/Ferrosider (apilamiento).
31Capacitación al personal nuevo (por conocimiento de TODAS LAS FUNCIONES).
32Activación del material con el proveedor.
33Garantizar entregas de materia prima según Gantt de estampado
34Alertas por posibles faltantes de consignados y estándar parts (control stock).
35Control de remitos mediante inspección por lectura de gamas de control, ficha técnica.
36Reemplazo de personal del sector en caso de ausencias/Polivalencia TOTAL en Logística.
37Interacción con el cliente (GESTION Y CONTACTO DIRECTO).
38Abastecimiento a Soldadura con zorra eléctrica.
39Control del circuito de gavetas.
40Abastecimiento de componentes en gavetas a las celdas.
41Traslado desde MP a soldadura de la estantería con gavetas llenas y desde soldadura a MP con gavetas vacías de acuerdo a una frecuencia horaria.
42Asistencia al sector de retrabajo.
43Asistencia a diversas áreas de planta (ingeniería, soldadura, calidad, mantenimiento, matricería, almacén, líneas producción).
44Cumplimiento de la frecuencia de abastecimiento.
45Interacción con los operadores de línea para prever los movimientos
46Abastecimiento de línea con el tren logístico (función del tren logístico).
47Control de entrega de EPP.
48Conocer la disposición de las piezas (lay out) y estado (rt, pt, rz, qc, pr)
49Limpieza y orden en playas de medios.
50Control de carga y descarga desde punto de vista de estado físico del material

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 01 días del mes de Diciembre de 2011, se reúnen los representantes de GESTAMP BAIRES S.A., Sres. SILVIO OMAR FEOLI, DNI 21.530.472; y PABLO ALEJANDRO SUSEL, DNI 20.838.186, en adelante la empresa, por una parte y por la otra los representantes del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina (S.M.A.T.A.), Sres. JOSE ALBERTO CARO, DNI 13.466.862; ROSENDO E. NATALI, DNI 04.880.066; Sra. CLAUDIA FRANCISCA COCHETTI, DNI 17.491.758; y los Sres. Delegados de Personal CARLOS FABIAN GEREZ, DNI 22.387.282; HECTOR ANIBAL QUIÑONES, DNI 20.018.528; CARLOS JESUS ROLON, DNI 24.391.921; JUAN CARLOS SUAREZ, DNI 22.950.533; OSCAR ALBERTO JAIME, DNI 13.921.026; JORGE RAUL PAZ, DNI 8.424.809; y RAFAEL ANTONIO PEDROZO, DNI 21.481.521; en adelante los representantes del personal, y ambas en conjunto denominadas las partes, quienes luego de varias reuniones, ACUERDAN:

Para la Gerencia de Logística, y para la posición y/o puesto de Conductor de Auto-elevador, y atento el nuevo encuadre acordado entre partes:

Las partes acuerdan que, a partir del 01/dic./2011, en toda suplencia por tiempo superior a una hora efectiva de trabajo, en funciones propias de categoría/s superior/es, se deberá reconocer la diferencia salarial correspondiente por todas las horas (no fracción/es de tiempo menores a hora/s) de reemplazo.

Se deja expresamente aclarado por las partes que:

- lo devengado será la diferencia salarial entre la categoría del trabajador y aquella categoría superior en la cual realice el relevo o reemplazo;

- este reconocimiento se liquidará bajo el rubro “horas cat. sup.”, y se abonará mensualmente, junto con el pago correspondiente a la segunda quincena del mes que corresponda;

- serán requisitos necesarios para devengar esta diferencia, el efectivo trabajo en categoría superior por hora/s (no fracción/es de tiempo inferior/es), así como la debida confección, autorización y trámite del formulario correspondiente, que como “Anexo A” las partes firman como parte integrante e indivisible del presente acuerdo.

Cualquiera de las partes podrá presentar este documento ante las autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y solicitar su homologación. Sin perjuicio de ello, lo aquí pactado es de cumplimiento inmediato y obligatorio para las partes por imperio de lo normado en el art. 1197 del Código Civil.

No siendo para más, y en prueba de conformidad, se firman cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados al inicio del presente.