Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA
Resolución 1795/2012
Créase la Unidad de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales en la Provincia de San Juan.
Bs. As., 14/9/2012
VISTO el Expediente Nº S04:0047264/2012 del registro de este Ministerio
y la Ley Nº 22.117 y sus modificatorias y el Decreto Nº 2004 del 19 de
septiembre de 1980 y su modificatorio, y
CONSIDERANDO:
Que en atención a lo dispuesto por la Ley Nº 22.117, incorporada al
CODIGO PENAL DE LA NACION, la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL
DE REINCIDENCIA tiene entre otras funciones, suministrar informes y
emitir certificados de antecedentes penales a los particulares que,
demostrando la existencia de un interés legítimo, quieran acreditar sus
antecedentes conforme la Ley citada.
Que es objetivo de este Ministerio, a través de la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA, brindar un servicio más ágil y
eficiente en la tramitación de los pedidos de antecedentes penales,
conforme la base de datos que posee el citado organismo.
Que en tal sentido, el sistema de UNIDADES DE EXPEDICION Y RECEPCION DE
ANTECEDENTES PENALES (UER), desarrollado por la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA, permite la atención al ciudadano en
el lugar más cercano a su residencia.
Que la presencia efectiva de las UNIDADES DE EXPEDICION Y RECEPCION DE
ANTECEDENTES PENALES (UER) en el interior del país optimiza la
prestación de los servicios del organismo a cada comunidad provincial.
Que el carácter nacional de este organismo obliga a diseñar mecanismos
que hagan efectiva su presencia atendiendo tanto a razones de densidad
poblacional como de dispersión geográfica.
Que como consecuencia de esta política organizativa e institucional,
resulta necesaria la apertura de una UNIDAD DE EXPEDICION Y RECEPCION
DE ANTECEDENTES PENALES (UER) en la Provincia de SAN JUAN.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la facultad del suscripto para el dictado del presente acto surge
de las prescripciones del artículo 4º, inciso b), apartado 9 de la Ley
de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Créase la UNIDAD
DE EXPEDICION Y RECEPCION DE ANTECEDENTES PENALES (UER) del REGISTRO
NACIONAL DE REINCIDENCIA en la Provincia de SAN JUAN.
Art. 2º — Facúltese a la señora
Directora Nacional del Registro Nacional de Reincidencia arbitrar las
medidas conducentes para el cumplimiento de lo dispuesto.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.