Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA

Resolución 1795/2012

Créase la Unidad de Expedición y Recepción de Antecedentes Penales en la Provincia de San Juan.

Bs. As., 14/9/2012

VISTO el Expediente Nº S04:0047264/2012 del registro de este Ministerio y la Ley Nº 22.117 y sus modificatorias y el Decreto Nº 2004 del 19 de septiembre de 1980 y su modificatorio, y

CONSIDERANDO:

Que en atención a lo dispuesto por la Ley Nº 22.117, incorporada al CODIGO PENAL DE LA NACION, la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA tiene entre otras funciones, suministrar informes y emitir certificados de antecedentes penales a los particulares que, demostrando la existencia de un interés legítimo, quieran acreditar sus antecedentes conforme la Ley citada.

Que es objetivo de este Ministerio, a través de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA, brindar un servicio más ágil y eficiente en la tramitación de los pedidos de antecedentes penales, conforme la base de datos que posee el citado organismo.

Que en tal sentido, el sistema de UNIDADES DE EXPEDICION Y RECEPCION DE ANTECEDENTES PENALES (UER), desarrollado por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA, permite la atención al ciudadano en el lugar más cercano a su residencia.

Que la presencia efectiva de las UNIDADES DE EXPEDICION Y RECEPCION DE ANTECEDENTES PENALES (UER) en el interior del país optimiza la prestación de los servicios del organismo a cada comunidad provincial.

Que el carácter nacional de este organismo obliga a diseñar mecanismos que hagan efectiva su presencia atendiendo tanto a razones de densidad poblacional como de dispersión geográfica.

Que como consecuencia de esta política organizativa e institucional, resulta necesaria la apertura de una UNIDAD DE EXPEDICION Y RECEPCION DE ANTECEDENTES PENALES (UER) en la Provincia de SAN JUAN.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad del suscripto para el dictado del presente acto surge de las prescripciones del artículo 4º, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase la UNIDAD DE EXPEDICION Y RECEPCION DE ANTECEDENTES PENALES (UER) del REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA en la Provincia de SAN JUAN.

Art. 2º — Facúltese a la señora Directora Nacional del Registro Nacional de Reincidencia arbitrar las medidas conducentes para el cumplimiento de lo dispuesto.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.