MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición Nº 430/2012
Bs. As., 20/9/2012
VISTO: el Expediente Nº S02:0013172/2012 del Registro de la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, las Leyes Nº 26.363 y 24.449 y su normativa
reglamentaria, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 1° de la Ley 26.363 se creó la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, como organismo descentralizado en el ámbito
del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, cuya misión es la reducción
de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la
promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de
seguridad vial, siendo, tal como lo establece el artículo 3° de dicha
norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de
seguridad vial nacionales.
Que en razón a su naturaleza jurídica y a los fines administrativos que
persigue, resultan de aplicación las normas que rigen los
procedimientos administrativos a nivel nacional.
Que por razones operativas se efectuó el traslado de la Mesa de
Entradas, Salidas y Archivo de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL al
edificio sito en Avenida Brasil Nº 55, Piso 11° de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Que en esta instancia se hace necesario, a fin de garantizar la
adecuada recepción y tratamiento de la documentación recibida en la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, con el propósito de respetar las
normas administrativas que regulan las materias de plazos y
notificaciones y realizar una gestión administrativa adecuada,
constituir el domicilio legal de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
en Avenida Brasil Nº 55, Piso 11° de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, como asimismo su horario de atención.
Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL
DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7° incisos b), y j) de la Ley Nº 26.363.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE:
ARTICULO 1° — Constitúyase domicilio legal de la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL en la Avenida Brasil Nº 55, Piso 11°, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
ARTICULO 2° — Apruébese el horario de atención de la Mesa de Entradas,
Salidas y Archivo de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL para los
días hábiles administrativos en la franja horaria comprendida entre las
OCHO (8) y las DIECIOCHO (18) horas.
ARTICULO 3° — La presente Disposición entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. FELIPE RODRIGUEZ LAGUENS, Director
Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior
y Transporte.
e. 25/09/2012 N° 98623/12 v. 25/09/2012