MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1166/2012
Registro Nº 956/2012
Bs. As., 9/8/2012
VISTO el Expediente Nº 1.489.645/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del Expediente Nº 1.489.645/12 obra el Acuerdo celebrado
por la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA
ELECTRICA, por la parte sindical y la EMPRESA DE DISTRIBUCION ELECTRICA
DE TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA (EDET S.A.), por la parte empleadora,
conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones
salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº
1197/11 “E”, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la
actividad principal de la parte empresaria signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el
acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la
procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de
la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han acreditado la representación invocada con la
documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus
términos el mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por la
ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA
ELECTRICA, por la parte sindical y la EMPRESA DE DISTRIBUCION ELECTRICA
DE TUCUMAN SOCIEDAD ANONIMA (EDET S.A.), por la parte empleadora, que
luce a foja 2 del Expediente Nº 1.489.645/12, conforme lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento de Coordinación registre el Acuerdo, obrante a foja 2 del
Expediente Nº 1.489.645/12.
ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se
homologan y de conformidad a lo establecido en el artículo 245° de la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a
la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa Nº 1197/11 “E”.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.489.645/12
Buenos Aires, 10 de agosto de 2012
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1166/12 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 956/12. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO Nº 06/2011
En la Ciudad de San Miguel de Tucumán, República Argentina, a los 15
días del mes de diciembre de 2011, se reúnen los lngs. Günther Hofmann
Osorio, Luis Francisco García y el Dr. Luis Alfredo López, en
representación de la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A.,
en adelante LA EMPRESA, por una parte, y los Ings. Jorge Arias, y
Daniel Arcángel Albarracín, en representación de la Asociación de
Profesionales Universitarios del Agua y la Energía, en adelante LA
ASOCIACION, por la otra, y el Ing. Luis A. González en su carácter de
Delegado del Personal, con el objeto de suscribir la presente Acta
Acuerdo conforme a las siguientes disposiciones:
PRIMERO: Las partes acuerdan que las voces de pago “sueldo básico
mensual” de los distintos niveles de remuneración (NI a NM) y “excedido
de escala” conforme a las disposiciones del art. 24 del CCT 1197/2011
“E”, se incrementarán en un 4,58% a partir de los haberes del mes de
diciembre/2011. En tal sentido las nuevas voces de pago
correspondientes a los básicos mensuales (NI) serán las que resultan de
la tabla que a continuación se explicita:
Categorías | Salario básico Mensual
Nivel Inicial ($) |
U VI | 7.955 |
U V | 6.063 |
U IV | 5.324 |
U III | 4.394 |
U II | 3.629 |
U I | 3.219 |
SEGUNDO: Las partes manifiestan su voluntad de retomar la discusión
sobre la problemática salarial si las circunstancias económicas y
sociales que se pudieran presentar a nivel nacional o regional así lo
ameriten.
TERCERO: Cualquiera de las partes podrá presentar esta Acta Acuerdo
para su homologación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social de la Nación.
En prueba de conformidad, se suscriben cinco ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados al comienzo.