Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PRESUPUESTO

Resolución 544/2012

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 de Agua y Saneamientos Argentinos Sociedad Anónima (AySA).

Bs. As., 12/9/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0102159/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 formulado por AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AySA), actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2012 de AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AySA), actuante en el área del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II de la presente resolución, respectivamente.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL ($ 871.581.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO ($ 2.624.948.271) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO ($1.753.367.271), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL ($ 1.857.981.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL VEINTICINCO ($ 2.960.750.025) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (PERDIDA) estimado en PESOS UN MIL CIENTO DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL VEINTICINCO ($ 1.102.769.025), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 4° — Estímanse en la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS DIEZ ($ 4.214.304.910) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SIETE MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO ($ 4.454.007.918) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2012 en PESOS UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL TREINTA Y DOS ($ 1.342.472.032), de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del Anexo II adjunto a la presente resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino.
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NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar