MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº 45/2012
Tope Nº 418/2012
Bs. As., 7/8/2012
VISTO el Expediente Nº 1.228.294/07 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Disposiciones de la
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 46 del 9 de marzo de
2012 y Nº 144 del 13 de junio de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4/5 del Expediente Nº 1.465.751/11, agregado como foja 201
al principal, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO
DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO,
RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA) y la empresa
ARGENTONE SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa Nº 1218/11 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el
artículo 1° de la Disposición D.N.R.T. Nº 46/2012 y registrado bajo el
Nº 273/12, conforme surge de fojas 215/218 y 221, respectivamente.
Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.500.158/12, agregado como foja 227 al
principal, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO,
RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA) y la empresa
ARGENTONE SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de
Trabajo de Empresa Nº 1218/11 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el
artículo 2° de la Disposición D.N.R.T. Nº 144/12 y registrado bajo el
Nº 645/12, conforme surge de fojas 236/239 y 242, respectivamente.
Que mediante el artículo 2° de la Disposición de la DIRECCION NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 617 del 5 de octubre de 2011 se fijó el
tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de julio de 2011,
correspondiente al Acuerdo Nº 1073/11, homologado por el artículo 4° de
la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº
562 del 8 de agosto de 2011.
Que atento a que en el Acuerdo Nº 273/12 las partes han establecido los
nuevos valores de las escalas salariales vigentes al 1° de julio de
2011, deviene necesario actualizar los montos de la base promedio y del
tope indemnizatorio anteriormente fijados, por los nuevos importes que
se detallan en el Anexo I de la presente.
Que a tal efecto, corresponde dejar aclarado que el importe promedio de
las remuneraciones y el tope indemnizatorio que debe considerarse para
la vigencia 1° de julio de 2011, es el que se fija por este acto.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o 1976)
y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las
remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la
indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de
extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe
promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus
respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 249/254, obra el informe técnico elaborado por la Dirección
de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que
se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para
el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto
de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual
se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley de Contrato de
Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión
Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el
tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por el
artículo 1° de la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES
DEL TRABAJO Nº 46 del 9 de marzo de 2012 y registrado bajo el Nº 273/12
suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA
ARGENTINA (ALEARA) y ARGENTONE SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle
que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el
tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por el
artículo 2° de la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES
DEL TRABAJO Nº 144 del 13 de junio de 2012 y registrado bajo el Nº
645/12 suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA
ARGENTINA (ALEARA) y ARGENTONE SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle
que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 3° — Regístrese la presente Disposición en el Departamento
Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo
dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese
al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las
remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.
ARTICULO 4° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 5° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional
de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social.
ANEXO I
Expediente Nº 1.228.294/07
PARTES SIGNATARIAS | FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA | BASE PROMEDIO | TOPE INDEMNIZATORIO |
SINDICATO
DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO,
RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA)
C/
ARGENTONE SOCIEDAD ANONIMA
Acuerdo Nº 273/12
CCT Nº 1218/11 “E” | 01/01/2011
01/07/2011 | $ 3.520,27
$ 4.743,96 | $ 10.560,81
$ 14.231,88 |
|
ANEXO II
Expediente Nº 1.228.294/07
PARTES SIGNATARIAS | FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA | BASE PROMEDIO | TOPE INDEMNIZATORIO |
SINDICATO
DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO,
RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA)
C/
ARGENTONE SOCIEDAD ANONIMA
Acuerdo Nº 645/12
CCT Nº 1218/11 “E” | 01/02/2012 | $ 5.294,57 | $ 15.883,71 |
Expediente Nº 1.228.294/07
Buenos Aires, 9 de agosto de 2012
De conformidad con lo ordenado en DISPOSICION DNRRT Nº 45/12, se ha
tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de
referencia, quedando registrado con el número 418/12 T. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.