AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
Resolución Nº 236/2012
Bs. As., 7/9/2012
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, su Decreto
Reglamentario Nº 1.390/98 y la Norma Básica de Seguridad Radiológica AR
10.1.1. - Revisión 3, el Régimen de Tasas de la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR aprobado por Resolución del Directorio Nº 76/08, la Licencia de
Operación del LABORATORIO DE URANIO ENRIQUECIDO vigente desde el 10 de
marzo de 2001 incluida en el Proyecto U2-P01 por Resolución del
Directorio Nº 83/12, la Actuación Nº 1250/12 y lo actuado por la
GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS - las
SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO
DEL COMBUSTIBLE NUCLEAR, CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y CONTROL DE LA
SEGURIDAD FISICA DE PRACTICAS, la SECRETARIA DEL CALPIR y la
SUBGERENCIA INTERVENCION EN EMERGENCIAS RADIOLOGICAS Y NUCLEARES, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley Nº
24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para
desarrollar una actividad nuclear en la REPUBLICA ARGENTINA, deberá
ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el
otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo
habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, inciso c), establece
que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias,
permisos o autorizaciones para los usuarios del material radiactivo.
Que mediante Resolución del Directorio Nº 83/12 aprobó el Plan de
Trabajo y Presupuesto del corriente año, incluyendo la Licencia de
Operación del LABORATORIO DE URANIO ENRIQUECIDO (LUE), emitida el 10 de
marzo de 2001, en el Proyecto U2-P01 para su mejora de acuerdo a la
evolución del conocimiento en la materia.
Que la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA) solicitó a esta ARN
el otorgamiento de la actualización de la Licencia de Operación del
LABORATORIO DE URANIO ENRIQUECIDO, sito en el CENTRO ATOMICO EZEIZA.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, las
SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL CICLO
DEL COMBUSTIBLE NUCLEAR, CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y CONTROL DE LA
SEGURIDAD FISICA DE PRACTICAS, el CONSEJO ASESOR PARA EL LICENCIAMIENTO
DEL PERSONAL DE INSTALACIONES CLASE I (RELEVANTES) Y CLASE II Y III (NO
RELEVANTES) DEL CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR (CALPIR) y la SUBGERENCIA
INTERVENCION EN EMERGENCIAS RADIOLOGICAS Y NUCLEARES han tomado la
intervención que les compete en el mencionado trámite.
Que las GERENCIAS ASUNTOS JURIDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención que les compete.
Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente
para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos
16, inciso c) y 22, inciso a) de la Ley 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 4 de septiembre de 2012 (Acta Nº 21)
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Aprobar la actualización de la Licencia de Operación para
la instalación LABORATORIO DE URANIO ENRIQUECIDO (LUE) ubicada en el
CENTRO ATOMICO EZEIZA, solicitada por la COMISION NACIONAL DE ENERGIA
ATOMICA (CNEA), cuya versión como Anexo A, es parte integrante de la
presente Resolución.
ARTICULO 2° — La GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y
SALVAGUARDIAS entregará el original de la actualización de la Licencia
de Operación del LABORATORIO DE URANIO ENRIQUECIDO (LUE) a la COMISION
NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA (CNEA), en su carácter de titular de la
actualización de la licencia de la instalación citada.
ARTICULO 3° — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines
correspondientes. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA.
Publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO
CENTRAL. — Dr. FRANCISCO SPANO, Presidente del Directorio.
e. 05/10/2012 N° 101164/12 v. 05/10/2012