MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
TESORERIA GENERAL DE LA NACION
Circular Nº 7/2012
Bs. As., 2/10/2012
REFERENCIA: INGRESO DE FONDOS A FAVOR DEL TESORO NACIONAL —Artículo 15
del Decreto Nº 1382/12— Artículo 2° de la Decisión Administrativa Nº
770/12.
En función de lo dispuesto por el Artículo 15 del Decreto Nº 1382/12 y
a los efectos de dar cumplimiento al Artículo 2° de la Decisión
Administrativa Nº 770/12, la TESORERIA GENERAL DE LA NACION comunica la
Cuenta donde se deberán depositar los ingresos que se produzcan a favor
del Tesoro Nacional, a saber:
• Cuenta Corriente en pesos Nº 2510/46.
• Denominación: “Recaudación Tesorería General de la Nación” Banco de
la Nación Argentina - Sucursal Plaza de Mayo Bartolomé Mitre 326 -
Capital Federal
• CBU Nº 0110599520000002510466
• CUIT Nº 30-54667642-7
El ingreso de los fondos podrá realizarse mediante los siguientes procedimientos:
• Transferencia bancaria
• BUDI (Boleta Unica de Ingresos)
Por último, informamos que la normativa vigente con el procedimiento a
seguir para depositar o transferir fondos en la citada cuenta puede ser
consultada en el sitio web de la Tesorería General de la Nación en el
siguiente link: http://forotgn.mecon.gov.ar/vinculos/dacb/dacb2.html.
Dr. JORGE H. DOMPER, Tesorero General de la Nación.
e. 09/10/2012 N° 101857 v. 09/10/2012