MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

TESORERIA GENERAL DE LA NACION

Circular Nº 7/2012

Bs. As., 2/10/2012

REFERENCIA: INGRESO DE FONDOS A FAVOR DEL TESORO NACIONAL —Artículo 15 del Decreto Nº 1382/12— Artículo 2° de la Decisión Administrativa Nº 770/12.

En función de lo dispuesto por el Artículo 15 del Decreto Nº 1382/12 y a los efectos de dar cumplimiento al Artículo 2° de la Decisión Administrativa Nº 770/12, la TESORERIA GENERAL DE LA NACION comunica la Cuenta donde se deberán depositar los ingresos que se produzcan a favor del Tesoro Nacional, a saber:

• Cuenta Corriente en pesos Nº 2510/46.

• Denominación: “Recaudación Tesorería General de la Nación” Banco de la Nación Argentina - Sucursal Plaza de Mayo Bartolomé Mitre 326 - Capital Federal

• CBU Nº 0110599520000002510466

• CUIT Nº 30-54667642-7

El ingreso de los fondos podrá realizarse mediante los siguientes procedimientos:

• Transferencia bancaria

• BUDI (Boleta Unica de Ingresos)

Por último, informamos que la normativa vigente con el procedimiento a seguir para depositar o transferir fondos en la citada cuenta puede ser consultada en el sitio web de la Tesorería General de la Nación en el siguiente link: http://forotgn.mecon.gov.ar/vinculos/dacb/dacb2.html.

Dr. JORGE H. DOMPER, Tesorero General de la Nación.

e. 09/10/2012 N° 101857 v. 09/10/2012