MINISTERIO DE SALUD
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución Nº 1310/2012
Bs. As., 19/10/2012
VISTO el Expediente Nº 219052/12 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en el ámbito del
MINISTERIO DE SALUD, la Ley 23.660 y 23.661, el Decreto Nº 1198/12-PEN,
el Decreto Nº 1172/2003, la Resolución Nº 500/04 y sus modificatorias
de la ex - ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES y la Resolución Nº
1200/12 de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 24 de la Ley 23.661 establece que los recursos del
FONDO SOLIDARIO DE REDISTRIBUCION se utilizarán para apoyar
financieramente a los Agentes del Seguro mediante el establecimiento de
subsidios que la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD determine.
Que, en oportunidad de su constitución, la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD conservó los objetivos, competencias, funciones y
responsabilidades de la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD
(ANSSAL).
Que mediante el dictado del Decreto Nº 1198/12-PEN se dispuso la
absorción de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES dentro de la
estructura organizativa de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD,
a efectos de asegurar un contexto de mayor control y cumplimiento de
las funciones esenciales del Estado y para lograr eficiencia en la
gestión pública.
Que entre los objetivos de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
(APE), se encontraba el de asegurar a los beneficiarios del Sistema de
Seguro de Salud el acceso a prestaciones originadas en la atención de
enfermedades de baja incidencia y alto impacto económico, así como de
otras de largo tratamiento, administrando en forma equitativa y justa
los fondos provenientes del aporte solidario de las Obras Sociales.
Que la Resolución Nº 500/2004-APE estableció el PROGRAMA DE COBERTURA
DE PRESTACIONES MEDICO ASISTENCIALES, a través del cual la
ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES otorgaba apoyo financiero para
el pago de las prestaciones mencionadas en el considerando anterior y
cuyo detalle se incluía en los Anexos de la misma.
Que la Resolución Nº 1200/2012 de fecha 21 de septiembre de 2012 de
esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD creó el Sistema Unico de
Reintegros (S.U.R.) para apoyar financieramente a los Agentes del
Seguro, dictó las normas generales para su aplicación y los requisitos
y procedimientos que han de cumplir y realizar los Agentes del Sistema
Nacional del Seguro de Salud para la tramitación de las insinuaciones.
Que la Resolución Nº 1200/2012 fue publicada en el Boletín Oficial de
la República Argentina el día 3 de octubre de 2012, fecha en la cual,
de acuerdo con lo establecido en su artículo 9º, entró en vigencia.
Que la Confederación General del Trabajo (C.G.T.) ha manifestado que
los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud tienen propuestas
normativas respecto de los Anexos de la Resolución Nº 1200/12 SSSALUD,
por lo que sugieren suspender su aplicación por un breve período.
Que, coincidiendo en lo fundamental con lo expresado por la
organización representativa de los trabajadores, esta SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS DE SALUD cree conveniente otorgar dicha prórroga y, al
mismo tiempo, efectuar una amplia consulta a los Agentes del Sistema
Nacional del Seguro de Salud para que los mismos presenten sus
propuestas e ideas para una mejor implementación de la mencionada
Resolución y, fundamentalmente, alcanzar sus objetivos que son el
incremento de la eficacia y la transparencia de los procesos de
adjudicación de los reintegros y, como se señalaba en dicha resolución,
a fin de enfatizar objetivos orientados hacia el beneficiario como
Sujeto de Derecho.
Que el artículo 3º del Decreto Nº 1172/03 establece el Reglamento
General para la elaboración participativa de Normas que es el marco
jurídico adecuado para llevar adelante un proceso con el sector
orientado a mejorar la calidad democrática de las instituciones.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades y
atribuciones conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 1172/03
del Reglamento General para la elaboración participativa de Normas,
Anexo V y VI y el Decreto Nº 1008/12-PEN.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — SUSPENDASE hasta el 30 de noviembre de 2012 la entrada en vigencia de la Resolución Nº 1200/12 SSSALUD.
ARTICULO 2° — AMPLIASE la vigencia temporal de las Resoluciones Nº
500/04-APE y todas sus modificatorias; Nº 1276/02-APE; Nº 999/03-APE;
Nº 6080/03-APE; Nº 7800/03-APE; Nº 8970/03-APE; Nº 9486/03-APE; Nº
5656/04-APE; Nº 5700/04-APE; Nº 7700/04-APE; Nº 10060/04-APE; Nº
11300/04-APE; Nº 17562/2004-APE; Nº 5867/2005-APE; Nº 6200/05-APE; Nº
9000/05-APE; Nº 9500/05-APE; Nº 9800/05-APE; Nº 13333/2005-APE; Nº
15000/05-APE; Nº 16200/2005-APE; Nº 16300/05-APE; Nº 350/06-APE; Nº
186/06-APE; Nº 5000/06-APE; Nº 9494/06-APE; Nº 1100/2007-APE; Nº
6592/2007-APE; Nº 16565/2007-APE; Nº 18621/07-APE; Nº 19133/07-APE; Nº
223/2008-APE; Nº 6313/2008-APE; Nº 24028/2008-APE; Nº 16890/2009-APE;
Nº 2299/10-APE; Nº 6800/2010-APE; Nº 1915/2010-APE; Nº 13453/10-APE que
deroga las Resoluciones Nros.: 3000/05-APE; 3070/06-APE; 2500/06-APE y
5600/03-APE; Nº 20658/10-APE que deroga las Resoluciones Nros.:
18.621/07-APE y 19.133/07-APE; Nº 25300/10-APE que modifica la
Resolución Nº 5700/04-APE; Nº 1650/2011-APE que modifica la Resolución
Nº 1915/10-APE; Nº 5876/2011-APE que modifica la Resolución Nº
400/99-APE; Nº 24750/11-APE; Resolución Nº 10800/2004-APE y
concordantes, para la tramitación de los reintegros de las prestaciones
realizadas por los Agentes del Seguro hasta tal fecha indicada en el
ARTICULO 1º.
ARTICULO 3° — INVITASE a los Agentes del Seguro de Salud inscriptos
ante el Registro Nacional de Obras Sociales a la presentación de
propuestas por escrito respecto de la Resolución Nº 1200/12 SSSALUD por
ante la Mesa de Entradas de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
por el plazo de QUINCE (15) días conforme el Anexo V del Artículo 3º
del Decreto Nº 1172/03 y el FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE
OPINIONES Y PROPUESTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACION PARTICIPATIVA
DE NORMAS del ANEXO VI que se incorpora como ANEXO I de la presente.
ARTICULO 4° — INSTRUYASE a la GERENCIA GENERAL de esta SUPERINTENDENCIA
DE SERVICIOS DE SALUD para que, con intervención de las áreas técnicas
correspondientes en los temas de su competencia, realice un informe
técnico de las propuestas de los AGENTES DEL SEGURO DE SALUD y, en su
caso, el proyecto de modificación de la Resolución en consulta.
ARTICULO 5° — Podrán tramitarse reintegros de prestaciones realizadas
por los Agentes del Seguro de Salud en el marco de la vigencia de la
Resolución Nº 1200/12 SSSALUD, entre el 3 de Octubre de 2012 y el
último día de publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA
ARGENTINA de la presente y que no se encuentren comprendidas en la
Resolución Nº 500/04 APE.
ARTICULO 6º — HABILITESE la casilla de correo
consultapublica@sssalud.gov.ar para la presentación de comentarios
informales los que serán publicados en la página web y por correo
postal dirigido a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD sita
en Avenida Presidente Roque Sáenz Peña 530 (C1035AAN) C.A.B.A.
ARTICULO 7º — La presente Resolución tendrá vigencia a partir de la publicación de la misma.
ARTICULO 8º — Regístrese, comuníquese, publíquese por DOS (2) días en
el Boletín Oficial de la República Argentina y durante QUINCE (15) días
en la página web de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.
— LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de
Salud.
ANEXO I
FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE OPINIONES Y PROPUESTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACION PARTICIPATIVA DE NORMAS
NUMERO DE PRESENTACION
• CONTENIDO DE LA NORMA A DICTARSE
• DATOS DEL PRESENTANTE
1. NOMBRE Y APELLIDO:
2. DNI:
3. FECHA DE NACIMIENTO:
4. LUGAR DE NACIMIENTO:
5. NACIONALIDAD:
6. DOMICILIO:
7. TELEFONO PARTICULAR / CELULAR:
8. TELEFONO LABORAL:
9. DIRECCION DE CORREO ELECTRONICO:
20. CARACTER EN QUE SE PRESENTA (marcar con una cruz lo que corresponde)
( ) Particular interesado (persona física)
( ) Representante de Persona Jurídica (¹)
(¹) En caso de actuar como representante de
PERSONA
JURIDICA, indique los siguientes datos de su representada:
DENOMINACION / RAZON SOCIAL:
DOMICILIO:
INSTRUMENTO
QUE ACREDITA LA PERSONERIA INVOCADA:
• CONTENIDO DE LA OPINION Y/O PROPUESTA
En caso de adjuntarla/s por instrumento separado, marcar la opción correspondiente (²)
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(²) ( ) Se adjunta informe por separado.
• DETALLE DE LA DOCUMENTACION ACOMPAÑADA
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e. 22/10/2012 N° 106970/12 v. 22/10/2012