MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución Nº 1310/2012

Bs. As., 19/10/2012

VISTO el Expediente Nº 219052/12 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, la Ley 23.660 y 23.661, el Decreto Nº 1198/12-PEN, el Decreto Nº 1172/2003, la Resolución Nº 500/04 y sus modificatorias de la ex - ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES y la Resolución Nº 1200/12 de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 24 de la Ley 23.661 establece que los recursos del FONDO SOLIDARIO DE REDISTRIBUCION se utilizarán para apoyar financieramente a los Agentes del Seguro mediante el establecimiento de subsidios que la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD determine.

Que, en oportunidad de su constitución, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD conservó los objetivos, competencias, funciones y responsabilidades de la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD (ANSSAL).

Que mediante el dictado del Decreto Nº 1198/12-PEN se dispuso la absorción de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES dentro de la estructura organizativa de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, a efectos de asegurar un contexto de mayor control y cumplimiento de las funciones esenciales del Estado y para lograr eficiencia en la gestión pública.

Que entre los objetivos de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES (APE), se encontraba el de asegurar a los beneficiarios del Sistema de Seguro de Salud el acceso a prestaciones originadas en la atención de enfermedades de baja incidencia y alto impacto económico, así como de otras de largo tratamiento, administrando en forma equitativa y justa los fondos provenientes del aporte solidario de las Obras Sociales.

Que la Resolución Nº 500/2004-APE estableció el PROGRAMA DE COBERTURA DE PRESTACIONES MEDICO ASISTENCIALES, a través del cual la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES otorgaba apoyo financiero para el pago de las prestaciones mencionadas en el considerando anterior y cuyo detalle se incluía en los Anexos de la misma.

Que la Resolución Nº 1200/2012 de fecha 21 de septiembre de 2012 de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD creó el Sistema Unico de Reintegros (S.U.R.) para apoyar financieramente a los Agentes del Seguro, dictó las normas generales para su aplicación y los requisitos y procedimientos que han de cumplir y realizar los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la tramitación de las insinuaciones.

Que la Resolución Nº 1200/2012 fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el día 3 de octubre de 2012, fecha en la cual, de acuerdo con lo establecido en su artículo 9º, entró en vigencia.

Que la Confederación General del Trabajo (C.G.T.) ha manifestado que los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud tienen propuestas normativas respecto de los Anexos de la Resolución Nº 1200/12 SSSALUD, por lo que sugieren suspender su aplicación por un breve período.

 Que, coincidiendo en lo fundamental con lo expresado por la organización representativa de los trabajadores, esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD cree conveniente otorgar dicha prórroga y, al mismo tiempo, efectuar una amplia consulta a los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para que los mismos presenten sus propuestas e ideas para una mejor implementación de la mencionada Resolución y, fundamentalmente, alcanzar sus objetivos que son el incremento de la eficacia y la transparencia de los procesos de adjudicación de los reintegros y, como se señalaba en dicha resolución, a fin de enfatizar objetivos orientados hacia el beneficiario como Sujeto de Derecho.

Que el artículo 3º del Decreto Nº 1172/03 establece el Reglamento General para la elaboración participativa de Normas que es el marco jurídico adecuado para llevar adelante un proceso con el sector orientado a mejorar la calidad democrática de las instituciones.

Que la presente medida se dicta  en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo  3º del Decreto Nº 1172/03 del Reglamento General para la elaboración participativa de Normas, Anexo V y VI y el  Decreto Nº 1008/12-PEN.

Por ello,

LA SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1° — SUSPENDASE hasta el 30 de noviembre de 2012 la entrada en vigencia de la Resolución Nº 1200/12 SSSALUD.

ARTICULO 2° — AMPLIASE la vigencia temporal de las Resoluciones Nº 500/04-APE y todas sus modificatorias; Nº 1276/02-APE; Nº 999/03-APE; Nº 6080/03-APE; Nº 7800/03-APE; Nº 8970/03-APE; Nº 9486/03-APE; Nº 5656/04-APE; Nº 5700/04-APE; Nº 7700/04-APE; Nº 10060/04-APE; Nº 11300/04-APE; Nº 17562/2004-APE; Nº 5867/2005-APE; Nº 6200/05-APE; Nº 9000/05-APE; Nº 9500/05-APE; Nº 9800/05-APE; Nº 13333/2005-APE; Nº 15000/05-APE; Nº 16200/2005-APE; Nº 16300/05-APE; Nº 350/06-APE; Nº 186/06-APE; Nº 5000/06-APE; Nº 9494/06-APE; Nº 1100/2007-APE; Nº 6592/2007-APE; Nº 16565/2007-APE; Nº 18621/07-APE; Nº 19133/07-APE; Nº 223/2008-APE; Nº 6313/2008-APE; Nº 24028/2008-APE; Nº 16890/2009-APE; Nº 2299/10-APE; Nº 6800/2010-APE; Nº 1915/2010-APE; Nº 13453/10-APE que deroga las Resoluciones Nros.: 3000/05-APE; 3070/06-APE; 2500/06-APE y 5600/03-APE; Nº 20658/10-APE que deroga las Resoluciones Nros.: 18.621/07-APE y 19.133/07-APE; Nº 25300/10-APE que modifica la Resolución Nº 5700/04-APE; Nº 1650/2011-APE que modifica la Resolución Nº 1915/10-APE; Nº 5876/2011-APE que modifica la Resolución Nº 400/99-APE; Nº 24750/11-APE; Resolución Nº 10800/2004-APE y concordantes, para la tramitación de los reintegros de las prestaciones realizadas por los Agentes del Seguro hasta tal fecha indicada en el ARTICULO 1º.

ARTICULO 3° — INVITASE a los Agentes del Seguro de Salud inscriptos ante el Registro Nacional de Obras Sociales a la presentación de propuestas por escrito respecto de la Resolución Nº 1200/12 SSSALUD por ante la Mesa de Entradas de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD por el plazo de QUINCE (15) días conforme el Anexo V del Artículo 3º del Decreto Nº 1172/03 y el FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE OPINIONES Y PROPUESTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACION PARTICIPATIVA DE NORMAS del ANEXO VI que se incorpora como ANEXO I de la presente.

ARTICULO 4° — INSTRUYASE a la GERENCIA GENERAL de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD para que, con intervención de las áreas técnicas correspondientes en los temas de su competencia, realice un informe técnico de las propuestas de los AGENTES DEL SEGURO DE SALUD y, en su caso, el proyecto de modificación de la Resolución en consulta.

ARTICULO 5° — Podrán tramitarse reintegros de prestaciones realizadas por los Agentes del Seguro de Salud en el marco de la vigencia de la Resolución Nº 1200/12 SSSALUD, entre el 3 de Octubre de 2012 y el último día de publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA  ARGENTINA de la presente y que no se encuentren comprendidas en la Resolución Nº 500/04 APE.
ARTICULO 6º — HABILITESE la casilla de correo consultapublica@sssalud.gov.ar para la presentación de comentarios informales los que serán publicados en la página web y por correo postal  dirigido a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD sita en Avenida Presidente Roque Sáenz Peña 530 (C1035AAN) C.A.B.A.

ARTICULO 7º — La presente Resolución tendrá vigencia a partir de la publicación de la misma.

ARTICULO 8º — Regístrese, comuníquese, publíquese por DOS (2) días en el Boletín Oficial de la República Argentina y durante QUINCE (15) días en la página web de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — LILIANA KORENFELD, Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.

ANEXO I

FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE OPINIONES Y PROPUESTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE ELABORACION PARTICIPATIVA DE NORMAS

NUMERO DE PRESENTACION

• CONTENIDO DE LA NORMA A DICTARSE

• DATOS DEL PRESENTANTE

1. NOMBRE Y APELLIDO:

2. DNI:

3. FECHA DE NACIMIENTO:

4. LUGAR DE NACIMIENTO:

5. NACIONALIDAD:

6. DOMICILIO:

7. TELEFONO PARTICULAR / CELULAR:

8. TELEFONO LABORAL:

9. DIRECCION DE CORREO ELECTRONICO:

20. CARACTER EN QUE SE PRESENTA (marcar con una cruz lo que corresponde)
                                                                       
                                                                       ( ) Particular interesado (persona física)
                                                                       
                                                                       ( ) Representante de Persona Jurídica (¹)
                                                                       
                                                                       (¹) En caso de actuar como representante de
                                                                       
                                                                        PERSONA JURIDICA, indique los siguientes datos de su representada:
                                                                       
                                                                       DENOMINACION / RAZON SOCIAL:
                                                                       
                                                                       DOMICILIO:
                                                                       
                                                                        INSTRUMENTO QUE ACREDITA LA PERSONERIA INVOCADA:

• CONTENIDO DE LA OPINION Y/O PROPUESTA

En caso de adjuntarla/s por instrumento separado, marcar la opción correspondiente (²)
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(²) ( ) Se adjunta informe por separado.

• DETALLE DE LA DOCUMENTACION ACOMPAÑADA
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e. 22/10/2012 N° 106970/12 v. 22/10/2012