AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
Resolución Nº 265/2012
Bs. As., 17/10/2012
VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, la norma AR
10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos”, la resolución del
Directorio Nº 27/10 Anexo II, el Expediente TMR—EXP-5945/12, el
procedimiento de esta ARN G-TMR-07 “Emisión del certificado de
aprobación para el transporte de material radiactivo”, y lo actuado por
el sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9 inciso a) de la Ley Nº
24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para
desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá
ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR—ARN— en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento
de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para
su ejercicio.
Que la norma AR 10.16.1 Transporte de materiales radiactivos establece
criterios de seguridad radiológica para el transporte de tales
materiales.
Que la empresa DIOXITEK S.A. ha solicitado a esta ARN la emisión en
Versión Original del certificado de aprobación RA/0105/X-96 para el
transporte de molibdeno 99 entre Argentina y Brasil en virtud de
Arreglo Especial en el bulto del Tipo B(U), marca GANUK modelo GA-01
con Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente de Alemania
D/2086/B(U)-96.
Que el sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS ha
tomado en el trámite la intervención que le compete en razón de lo
establecido en el procedimiento G-TMR-07 de esta ARN, manifestando que
la empresa solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos
por la Norma AR 10.16.1 citada en el visto.
Que la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, ha
prestado su conformidad a la aprobación de la Versión Original del
Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente Transporte por
Arreglo Especial del modelo de bulto GANUK GA-01, RA/0105/X-96,
solicitado por la empresa DIOXITEK S.A. para el transporte en virtud de
arreglo especial entre Argentina y Brasil de los embalajes números de
serie 51 al 58 de una actividad de hasta 40,7 TBq de molibdeno 99 en
forma líquida.
Que el Artículo 16 inciso k) de la Ley señalada en el VISTO, faculta a
la ARN a establecer, de acuerdo con parámetros internacionales, normas
de seguridad radiológica y nuclear para el transporte terrestre,
fluvial, marítimo o aéreo de material nuclear y radiactivo y de
protección física del material transportado.
Que atento a lo dispuesto en el artículo antes mencionado, es facultad
de esta ARN aprobar las emisiones en versión original de los
certificados de aprobación o de las renovaciones de dichos certificados
que contengan modificaciones de importancia para la seguridad
radiológica.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS y la GERENCIA DE ASUNTOS
ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN han tomado en el trámite la
intervención que les compete.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos
16 incisos k) y 22 de la Ley 24.804.
Por ello, en su reunión del día 12 de octubre de 2012 (Acta Nº 25),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Aprobar la emisión de la Versión Original del Certificado
de Aprobación de la Autoridad Competente, transporte por arreglo
especial entre Argentina y Brasil de los embalajes números de serie 51
al 58 correspondientes al bulto del Tipo B(U), con Certificado de
Aprobación de la Autoridad Competente de Alemania D/2086/B(U)-96, marca
GANUK modelo GA-01, RA/0105/X-96, para transporte de Molibdeno 99
(Mo-99) con el producto de decaimiento tecnecio 99m (Tc-99m) en forma
de soluciones líquidas de Na2MO4 con una actividad total no superior a
40,7 TBq por bulto y cuya carga máxima será de 50 ml, solicitado por la
empresa DIOXITEK S.A.
ARTICULO 2º — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines
correspondientes, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina,
publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO
CENTRAL. — Dr. FRANCISCO SPANO, Presidente del Directorio.
CERTIFICADO DE APROBACION DE LA AUTORIDAD COMPETENTE TRANSPORTE POR ARREGLO ESPECIAL DEL MODELO DE BULTO
GANUK GA-01
RA/0105/X-96 (Versión Original)
El presente certificado autoriza las expediciones de material
radiactivo y condiciones de transporte descritas en 6 y 7, en el
embalaje descrito en 4 e identificado en 5, entre las instalaciones de
la empresa DIOXITEK S.A. en el CAE provincia de Buenos Aires,
Argentina, y la ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil.
1. MARCA DE IDENTIFICACION DE LA AUTORIDAD COMPETENTE
RA/0105/X-96
2. FECHA DE EMISION:
1 de noviembre de 2012
3. FECHA DE EXPIRACION:
1 de noviembre de 2013
4. DESCRIPCION DEL EMBALAJE
El embalaje correspondiente al bulto del Tipo B(U) marca GANUK modelo
GA-01 consiste en una carcasa externa cilíndrica de 416 mm de diámetro
y 599 mm de altura, la cual rodea un recipiente blindado, dentro del
cual se ubica el recipiente interno. El recipiente blindado está
fabricado con una aleación de tungsteno, y posee una tapa a rosca de
acero inoxidable, sellada, y dos o-rings Viton. La base del embalaje es
un pallet de aluminio de 700 mm de lado fijado permanentemente a la
carcasa externa, de manera de facilitar la manipulación. La masa máxima
del bulto es de 250 kg, aproximadamente.
5. IDENTIFICACION DEL EMBALAJE
Los embalajes cubiertos por este Certificado son los Números de Serie
51 al 58 del Bulto del Tipo B(U) D/2096/B(U)-96, modelo GANUK GA-01.
6. CONTENIDO RADIACTIVO AUTORIZADO
Molibdeno 99 (Mo-99) con el producto de decaimiento tecnecio 99m
(Tc-99m) en forma de soluciones líquidas de Na2MO4 con una actividad
total no superior a 40,7 TBq por bulto y cuya carga máxima será de 50
ml.
7. CONDICIONES DE LA EXPEDICION Y DEL TRANSPORTE
7.1. Cada bulto y la expedición autorizada serán acondicionados y
despachados conforme a los documentos “Instrucciones de mantenimiento y
servicio para contenedor de transporte GA-01” y la revisión 1 del
procedimiento GTG-CP-11 “Transporte de materiales radiactivos” de la
empresa DIOXITEK S.A. y a los requisitos aplicables de la Revisión 2 de
la norma AR 10.16.1(1).
7.2. Los bultos llevarán dos etiquetas de la “Categoría III-AMARILLA”
en dos posiciones laterales opuestas de sus superficies exteriores, y
estarán marcados, entre otros, con el número de Naciones Unidas y el
nombre correcto de expedición “UN 2919 MATERIALES RADIACTIVOS,
TRANSPORTADOS EN VIRTUD DE ARREGLOS ESPECIALES”.
7.3. El transporte se realizará por vía aérea y por carretera, en este
último caso en la modalidad de “uso exclusivo”, por la ruta
expresamente propuesta por el remitente.
7.4. El vehículo que transporta los bultos llevará los rótulos
estipulados en la Revisión 2 de la norma AR 10.16.1(1); Número de las
Naciones Unidas: UN 2919. El vehículo de transporte estará dotado de
extintores portátiles de incendio de tipo y capacidad adecuados.
Asimismo, la documentación de transporte deberá incluir, entre otros,
el número de Naciones Unidas y el nombre correcto de expedición “UN
2919 MATERIALES RADIACTIVOS, TRANSPORTADOS EN VIRTUD DE ARREGLOS
ESPECIALES”.
7.5. En cada expedición, el transportista deberá comunicar: a) cada
transporte a la ARN: mediante el formulario F-TMR-09 R02 o el que lo
reemplace, con una anticipación de 2 días hábiles; y b) cualquier
incidente o accidente que ocurriere durante el transporte.
7.6. El transportista tendrá un conocimiento adecuado de las
instrucciones a seguir en casos de emergencia y portará durante el
transporte la Ficha de Intervención Nº 127, que figura en la
reglamentación vigente.
7.7. El presente certificado sólo tiene validez si está acompañado de
una copia de la Revisión 2 del certificado de aprobación
D/2096/B(U)-96, emitido por la autoridad competente de Alemania.
8. El presente certificado no exime al remitente ni al transportista
del cumplimiento con otra reglamentación vigente para el transporte por
carretera y por vía aérea.
9. Este certificado se emite de acuerdo con la Sección VIII, párrafos
802 b), 824, 825 y 826 de la Revisión 2 de la norma AR 10.16.1
“Transporte de materiales radiactivos”
(1) y en respuesta a la solicitud efectuada por la empresa DIOXITEK S.A. de Argentina.
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(1) “Reglamento para el transporte seguro de
materiales radiactivos”, Edición de 2009, Colección de Normas de
Seguridad Nº TS-R-1 del Organismo Internacional de Energía Atómica
(OIEA).
e. 24/10/2012 N° 106746/12 v. 24/10/2012