AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Resolución Nº 265/2012

Bs. As., 17/10/2012

VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, la norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos”, la resolución del Directorio Nº 27/10 Anexo II, el Expediente TMR—EXP-5945/12, el procedimiento de esta ARN G-TMR-07 “Emisión del certificado de aprobación para el transporte de material radiactivo”, y lo actuado por el sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9 inciso a) de la Ley Nº 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR—ARN— en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la norma AR 10.16.1 Transporte de materiales radiactivos establece criterios de seguridad radiológica para el transporte de tales materiales.

Que la empresa DIOXITEK S.A. ha solicitado a esta ARN la emisión en Versión Original del certificado de aprobación RA/0105/X-96 para el transporte de molibdeno 99 entre Argentina y Brasil en virtud de Arreglo Especial en el bulto del Tipo B(U), marca GANUK modelo GA-01 con Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente de Alemania D/2086/B(U)-96.

Que el sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS ha tomado en el trámite la intervención que le compete en razón de lo establecido en el procedimiento G-TMR-07 de esta ARN, manifestando que la empresa solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos por la Norma AR 10.16.1 citada en el visto.

Que la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, ha prestado su conformidad a la aprobación de la Versión Original del Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente Transporte por Arreglo Especial del modelo de bulto GANUK GA-01, RA/0105/X-96, solicitado por la empresa DIOXITEK S.A. para el transporte en virtud de arreglo especial entre Argentina y Brasil de los embalajes números de serie 51 al 58 de una actividad de hasta 40,7 TBq de molibdeno 99 en forma líquida.

Que el Artículo 16 inciso k) de la Ley señalada en el VISTO, faculta a la ARN a establecer, de acuerdo con parámetros internacionales, normas de seguridad radiológica y nuclear para el transporte terrestre, fluvial, marítimo o aéreo de material nuclear y radiactivo y de protección física del material transportado.

Que atento a lo dispuesto en el artículo antes mencionado, es facultad de esta ARN aprobar las emisiones en versión original de los certificados de aprobación o de las renovaciones de dichos certificados que contengan modificaciones de importancia para la seguridad radiológica.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS y la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN han tomado en el trámite la intervención que les compete.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 16 incisos k) y 22 de la Ley 24.804.

Por ello, en su reunión del día 12 de octubre de 2012 (Acta Nº 25),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Aprobar la emisión de la Versión Original del Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente, transporte por arreglo especial entre Argentina y Brasil de los embalajes números de serie 51 al 58 correspondientes al bulto del Tipo B(U), con Certificado de Aprobación de la Autoridad Competente de Alemania D/2086/B(U)-96, marca GANUK modelo GA-01, RA/0105/X-96, para transporte de Molibdeno 99 (Mo-99) con el producto de decaimiento tecnecio 99m (Tc-99m) en forma de soluciones líquidas de Na2MO4 con una actividad total no superior a 40,7 TBq por bulto y cuya carga máxima será de 50 ml, solicitado por la empresa DIOXITEK S.A.

ARTICULO 2º — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. FRANCISCO SPANO, Presidente del Directorio.

CERTIFICADO DE APROBACION DE LA AUTORIDAD COMPETENTE TRANSPORTE POR ARREGLO ESPECIAL DEL MODELO DE BULTO

GANUK GA-01

RA/0105/X-96 (Versión Original)

El presente certificado autoriza las expediciones de material radiactivo y condiciones de transporte descritas en 6 y 7, en el embalaje descrito en 4 e identificado en 5, entre las instalaciones de la empresa DIOXITEK S.A. en el CAE provincia de Buenos Aires, Argentina, y la ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil.

1. MARCA DE IDENTIFICACION DE LA AUTORIDAD COMPETENTE
   
                                                             RA/0105/X-96

2. FECHA DE EMISION:                         1 de noviembre de 2012

3. FECHA DE EXPIRACION:                   1 de noviembre de 2013

4. DESCRIPCION DEL EMBALAJE

El embalaje correspondiente al bulto del Tipo B(U) marca GANUK modelo GA-01 consiste en una carcasa externa cilíndrica de 416 mm de diámetro y 599 mm de altura, la cual rodea un recipiente blindado, dentro del cual se ubica el recipiente interno. El recipiente blindado está fabricado con una aleación de tungsteno, y posee una tapa a rosca de acero inoxidable, sellada, y dos o-rings Viton. La base del embalaje es un pallet de aluminio de 700 mm de lado fijado permanentemente a la carcasa externa, de manera de facilitar la manipulación. La masa máxima del bulto es de 250 kg, aproximadamente.

5. IDENTIFICACION DEL EMBALAJE

Los embalajes cubiertos por este Certificado son los Números de Serie 51 al 58 del Bulto del Tipo B(U) D/2096/B(U)-96, modelo GANUK GA-01.

6. CONTENIDO RADIACTIVO AUTORIZADO

Molibdeno 99 (Mo-99) con el producto de decaimiento tecnecio 99m (Tc-99m) en forma de soluciones líquidas de Na2MO4 con una actividad total no superior a 40,7 TBq por bulto y cuya carga máxima será de 50 ml.

7. CONDICIONES DE LA EXPEDICION Y DEL TRANSPORTE

7.1. Cada bulto y la expedición autorizada serán acondicionados y despachados conforme a los documentos “Instrucciones de mantenimiento y servicio para contenedor de transporte GA-01” y la revisión 1 del procedimiento GTG-CP-11 “Transporte de materiales radiactivos” de la empresa DIOXITEK S.A. y a los requisitos aplicables de la Revisión 2 de la norma AR 10.16.1(1).

7.2. Los bultos llevarán dos etiquetas de la “Categoría III-AMARILLA” en dos posiciones laterales opuestas de sus superficies exteriores, y estarán marcados, entre otros, con el número de Naciones Unidas y el nombre correcto de expedición “UN 2919 MATERIALES RADIACTIVOS, TRANSPORTADOS EN VIRTUD DE ARREGLOS ESPECIALES”.

7.3. El transporte se realizará por vía aérea y por carretera, en este último caso en la modalidad de “uso exclusivo”, por la ruta expresamente propuesta por el remitente.

7.4. El vehículo que transporta los bultos llevará los rótulos estipulados en la Revisión 2 de la norma AR 10.16.1(1); Número de las Naciones Unidas: UN 2919. El vehículo de transporte estará dotado de extintores portátiles de incendio de tipo y capacidad adecuados. Asimismo, la documentación de transporte deberá incluir, entre otros, el número de Naciones Unidas y el nombre correcto de expedición “UN 2919 MATERIALES RADIACTIVOS, TRANSPORTADOS EN VIRTUD DE ARREGLOS ESPECIALES”.

7.5. En cada expedición, el transportista deberá comunicar: a) cada transporte a la ARN: mediante el formulario F-TMR-09 R02 o el que lo reemplace, con una anticipación de 2 días hábiles; y b) cualquier incidente o accidente que ocurriere durante el transporte.

7.6. El transportista tendrá un conocimiento adecuado de las instrucciones a seguir en casos de emergencia y portará durante el transporte la Ficha de Intervención Nº 127, que figura en la reglamentación vigente.

7.7. El presente certificado sólo tiene validez si está acompañado de una copia de la Revisión 2 del certificado de aprobación D/2096/B(U)-96, emitido por la autoridad competente de Alemania.

8. El presente certificado no exime al remitente ni al transportista del cumplimiento con otra reglamentación vigente para el transporte por carretera y por vía aérea.

9. Este certificado se emite de acuerdo con la Sección VIII, párrafos 802 b), 824, 825 y 826 de la Revisión 2 de la norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos”(1) y en respuesta a la solicitud efectuada por la empresa DIOXITEK S.A. de Argentina.
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(1) “Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos”, Edición de 2009, Colección de Normas de Seguridad Nº TS-R-1 del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA).


e. 24/10/2012 N° 106746/12 v. 24/10/2012