ACUERDOS

Ley 26.765

Apruébase el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular para el Desarrollo y el uso pacífico de la Energía Nuclear.

Sancionada: Octubre 10 de 2012

Promulgada: Octubre 25 de 2012

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Apruébase el ACUERDO DE COOPERACION ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGELINA DEMOCRATICA Y POPULAR PARA EL DESARROLLO Y EL USO PACIFICO DE LA ENERGIA NUCLEAR, suscripto en Argel —REPUBLICA ARGELINA DEMOCRATICA Y POPULAR— el 17 de noviembre de 2008, que consta de DIECINUEVE (19) artículos y UN (1) Anexo, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.

ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.765 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.
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NOTA: El Anexo que integra esta Ley se publica en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).