ACUERDOS
Ley 26.765
Apruébase el Acuerdo de Cooperación
entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la
República Argelina Democrática y Popular para el Desarrollo y el uso
pacífico de la Energía Nuclear.
Sancionada: Octubre 10 de 2012
Promulgada: Octubre 25 de 2012
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase el
ACUERDO DE COOPERACION ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL
GOBIERNO DE LA REPUBLICA ARGELINA DEMOCRATICA Y POPULAR PARA EL
DESARROLLO Y EL USO PACIFICO DE LA ENERGIA NUCLEAR, suscripto en Argel
—REPUBLICA ARGELINA DEMOCRATICA Y POPULAR— el 17 de noviembre de 2008,
que consta de DIECINUEVE (19) artículos y UN (1) Anexo, cuya fotocopia
autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.765 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.
_______
NOTA: El Anexo que integra esta Ley se publica en la edición web del
BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en la
Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma
de Buenos Aires).