MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 2066/2012

Desígnase Director Nacional del Registro Nacional de Bienes Secuestrados y Decomisados durante el Proceso Penal de la Subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión Registral de la Secretaría de Asuntos Registrales.

Bs. As., 25/10/2012

VISTO el Expediente Nº S04:0039751/2012 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de la citada ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE BIENES SECUESTRADOS Y DECOMISADOS DURANTE EL PROCESO PENAL, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION REGISTRAL de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES.

Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601/02.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos para el acceso al Nivel A, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del citado Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, de los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.728 y del artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Desígnase transitoriamente, a partir de la fecha del presente decreto, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al doctor Nicolás Francisco BARBIER (D.N.I. Nº 31.114.799), en el cargo de Director Nacional de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE BIENES SECUESTRADOS Y DECOMISADOS DURANTE EL PROCESO PENAL dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION REGISTRAL de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Julio C. Alak.