MINISTERIO DE DEFENSA

Resolución 1269/2012

Modifícase Resolución Nº 1.480/2007.

Bs. As., 16/10/2012

VISTO la Ley Nº 25.467, el Decreto Nº 1.451 del 10 de septiembre de 2098 y la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1.480 del 24 de septiembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la experiencia acumulada desde la creación de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO en el seno del MINISTERIO DE DEFENSA hace aconsejable efectuar modificaciones en las funciones, responsabilidades y denominación de las Coordinaciones creadas por la mencionada Resolución MD Nº 1.480/07.

Que la Resolución MD Nº 1.480/07 creó la COORDINACION DE EVALUACION Y CONTROL DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DE LA DEFENSA, cuya denominación debe modificarse a COORDINACION DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PARA LA DEFENSA, a fin de reflejar con mayor precisión las tareas que desempeña.

Que la mencionada Coordinación tendrá a su cargo asistir a la Subsecretaría arriba aludida procurando la adecuada articulación en lo que atañe al diseño de planes, programas y proyectos de investigación y desarrollo; a la implementación y evaluación de éstos en los organismos científicos y/o tecnológicos dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA y de las Fuerzas Armadas, y a mantener un registro de todos los proyectos de investigación y desarrollo que en ellos se ejecuten.

Que de modo similar la citada Resolución MD Nº 1.480/07 también creó la COORDINACION DE CONVENIOS BILATERALES DE DESARROLLO CIENTIFICO-TECNOLOGICO, la cual debe desempeñar un rol más amplio para servir adecuadamente al sistema de ciencia y tecnología de la defensa, y contribuir eficazmente al cumplimiento de los objetivos prescriptos para la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO en el ANEXO al artículo Nº 2 del Decreto Nº 1.451/08.

Que entre las nuevas responsabilidades que debe asumir la COORDINACION DE CONVENIOS BILATERALES DE DESARROLLO CIENTIFICO-TECNOLOGICO se encuentran todas aquellas cuestiones vinculadas a la adecuada articulación tendiente a procurar la asistencia que debe brindar la citada Subsecretaría a la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO en lo referente a la formulación de políticas, planes, programas, medidas e instrumentos para el establecimiento, funcionamiento, desarrollo, gestión y control del sistema científico-tecnológico para la defensa; colaborando, a su vez, en la articulación y cooperación con otras entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras para la obtención de los objetivos específicos del área; y contribuyendo en la supervisión, coordinación, promoción y expansión de los simposios, congresos, seminarios o eventos de difusión, capacitación o debate que organice o en los que participe la Subsecretaría.

Que ante lo expuesto se torna recomendable una nueva denominación de la actual COORDINACION DE CONVENIOS BILATERALES DE DESARROLLO CIENTIFICO-TECNOLOGICO que permita reflejar más cabalmente sus nuevas funciones, por lo que la misma se modifica por COORDINACION DE ARTICULACION Y RELACIONES INSTITUCIONALES.

Que es imprescindible la asignación de la conducción de las citadas Coordinaciones a los agentes que actualmente están ejecutando dichas tareas para no desaprovechar la experiencia ya acumulada y la idoneidad desarrollada en el ejercicio de la función; facilitando, de esta manera, la continuidad de las iniciativas actualmente en curso, y las que en el futuro puedan ser formuladas por las respectivas autoridades políticas.

Que lo dispuesto en la presente medida no implica actualmente erogación alguna para el presupuesto de la jurisdicción.

Que las demás disposiciones contenidas en la Resolución MD Nº 1.480/07, que no resultan modificadas por la presente, continúan plenamente vigentes.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado intervención, manifestando que la medida es legalmente viable.

Que en virtud de lo dispuesto en los artículos 4, inciso b) apartado 9; y 19, inciso 6 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. 1992), el suscripto se halla facultado para dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello,

EL MINISTRO DE DEFENSA

RESUELVE:

Artículo 1° — Sustitúyese el artículo 3° de la Resolución MD Nº 1.480/07, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 3°.- Créase la COORDINACION DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGAGION Y DESARROLLO PARA LA DEFENSA en la órbita de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO”.

Art. 2° — Sustitúyese el artículo 4° de la Resolución MD Nº 1.480/07, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 4°.- Serán funciones de la COORDINACION DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PARA LA DEFENSA las que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución”.

Art. 3° — Asígnase funciones de Coordinador de la COORDINACION DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PARA LA DEFENSA al agente (Nivel C, Grado 1), señor Ezequiel Hernán VEGA (D.N.I. Nº 26.734.034).

Art. 4° — Sustitúyese el Artículo 8° de la Resolución MD Nº 1.480/07, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 8°. Créase la COORDINACION DE ARTICULACION Y RELACIONES INSTITUCIONALES en la órbita de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO”.

Art. 5° — Sustitúyese el artículo 9° de la Resolución MD Nº 1.480/07, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 9°.- Serán funciones de la COORDINACION DE ARTICULACION Y RELACIONES INSTITUCIONALES las que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolución”.

Art. 6° — Asígnase funciones de Coordinador de la COORDINACION DE ARTICULACION Y RELACIONES INSTITUCIONALES al agente (Nivel A, Grado 1), Dr. Carlos Alfredo DE LA VEGA (D.N.I. Nº 23.458.926).

Art. 7° — Quedan plenamente vigentes las demás disposiciones contenidas en la Resolución MD Nº 1.480/07 que no fuesen modificadas por la presente.

Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Arturo A. Puricelli.

ANEXO I

SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO

COORDINACION DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PARA LA DEFENSA

Funciones y responsabilidades

a. Coordinar e instrumentar el diseño y aplicación institucional de los mecanismos de gestión de planes, programas y proyectos de investigación y desarrollo para la defensa, emanados de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO.

b. Instrumentar las directivas de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO en el diseño y aplicación de mecanismos institucionaIes que permitan definir prioridades en el marco de planes, programas y proyectos de investigación y desarrollo en función de los objetivos tecnológicos que surjan del ciclo de planeamiento de la defensa, favoreciendo el desarrollo de proyectos de manera conjunta y cooperativa entre los  distintos organismos científicos y/o tecnológicos dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA y de las Fuerzas Armadas.

c. Asistir operativamente a la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO en la implementación de los mecanismos de evaluación científica, técnica y financiera que deban aplicarse a los planes, programas y proyectos de investigación y desarrollo para la defensa.

d. Llevar y mantener un registro en base a los datos institucionales y a las capacidades de investigación y desarrollo de todos los organismos científicos y/o tecnológicos dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA y de las Fuerzas Armadas. Asimismo, llevar y mantener un registro en base a los datos científicos, técnicos y financieros, de los proyectos de investigación y desarrollo que se ejecuten en dichos organismos.

e. Coordinar y ejecutar las directivas emanadas de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO en el diseño y aplicación de mecanismos institucionales para cuando sea requerida la evaluación científica y/o técnica de alternativas tecnológicas formuladas en el marco del Sistema Integral de Gestión de Inversiones para la Defensa (SIGID).

ANEXO II

SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO

COORDINACION DE ARTICULACION Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Funciones y responsabilidades

a. Articular las directivas emanadas de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO sobre la formulación de políticas, planes, programas, medidas e instrumentos para el establecimiento, puesta en marcha, funcionamiento, desarrollo, gestión, asistencia y control de un sistema científico, tecnológico y productivo para la defensa.

b. Coordinar la instrumentación de la elaboración de los pIanes plurianuales científicos, tecnológicos y productivos y sus reformulaciones emanados de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO, en concordancia con los planes del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, y con todo el sistema científico-tecnológico y productivo nacional, en el marco de las políticas formuladas por el GABINETE CIENTIFICO TECNOLOGICO.

c. Articular la elaboración, implementación, seguimiento y control de la políticas planes y programas científicos, tecnológicos y productivos, vinculados con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

d. Recabar y efectuar propuestas sobre las normativas vigentes, nacionales e internacionales, que enmarquen los convenios o acuerdos de cooperación y ejecución relacionados con actividades de ciencia, tecnología y producción.

e. Intervenir en la supervisión, coordinación, promoción y expansión de los simposios, congresos, seminarios o eventos de difusión, capacitación o debate que organice o en los que participe la Subsecretaría.