MINISTERIO DE DEFENSA
Resolución 1269/2012
Modifícase Resolución Nº 1.480/2007.
Bs. As., 16/10/2012
VISTO la Ley Nº 25.467, el Decreto Nº 1.451 del 10 de septiembre de
2098 y la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 1.480 del 24 de
septiembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que la experiencia acumulada desde la creación de la SUBSECRETARIA DE
INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO en el seno del
MINISTERIO DE DEFENSA hace aconsejable efectuar modificaciones en las
funciones, responsabilidades y denominación de las Coordinaciones
creadas por la mencionada Resolución MD Nº 1.480/07.
Que la Resolución MD Nº 1.480/07 creó la COORDINACION DE EVALUACION Y
CONTROL DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO
DE LA DEFENSA, cuya denominación debe modificarse a COORDINACION DE
PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PARA LA
DEFENSA, a fin de reflejar con mayor precisión las tareas que desempeña.
Que la mencionada Coordinación tendrá a su cargo asistir a la
Subsecretaría arriba aludida procurando la adecuada articulación en lo
que atañe al diseño de planes, programas y proyectos de investigación y
desarrollo; a la implementación y evaluación de éstos en los organismos
científicos y/o tecnológicos dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA y
de las Fuerzas Armadas, y a mantener un registro de todos los proyectos
de investigación y desarrollo que en ellos se ejecuten.
Que de modo similar la citada Resolución MD Nº 1.480/07 también creó la
COORDINACION DE CONVENIOS BILATERALES DE DESARROLLO
CIENTIFICO-TECNOLOGICO, la cual debe desempeñar un rol más amplio para
servir adecuadamente al sistema de ciencia y tecnología de la defensa,
y contribuir eficazmente al cumplimiento de los objetivos prescriptos
para la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO
TECNOLOGICO en el ANEXO al artículo Nº 2 del Decreto Nº 1.451/08.
Que entre las nuevas responsabilidades que debe asumir la COORDINACION
DE CONVENIOS BILATERALES DE DESARROLLO CIENTIFICO-TECNOLOGICO se
encuentran todas aquellas cuestiones vinculadas a la adecuada
articulación tendiente a procurar la asistencia que debe brindar la
citada Subsecretaría a la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO en lo referente a
la formulación de políticas, planes, programas, medidas e instrumentos
para el establecimiento, funcionamiento, desarrollo, gestión y control
del sistema científico-tecnológico para la defensa; colaborando, a su
vez, en la articulación y cooperación con otras entidades públicas y
privadas, nacionales y extranjeras para la obtención de los objetivos
específicos del área; y contribuyendo en la supervisión, coordinación,
promoción y expansión de los simposios, congresos, seminarios o eventos
de difusión, capacitación o debate que organice o en los que participe
la Subsecretaría.
Que ante lo expuesto se torna recomendable una nueva denominación de la
actual COORDINACION DE CONVENIOS BILATERALES DE DESARROLLO
CIENTIFICO-TECNOLOGICO que permita reflejar más cabalmente sus nuevas
funciones, por lo que la misma se modifica por COORDINACION DE
ARTICULACION Y RELACIONES INSTITUCIONALES.
Que es imprescindible la asignación de la conducción de las citadas
Coordinaciones a los agentes que actualmente están ejecutando dichas
tareas para no desaprovechar la experiencia ya acumulada y la idoneidad
desarrollada en el ejercicio de la función; facilitando, de esta
manera, la continuidad de las iniciativas actualmente en curso, y las
que en el futuro puedan ser formuladas por las respectivas autoridades
políticas.
Que lo dispuesto en la presente medida no implica actualmente erogación alguna para el presupuesto de la jurisdicción.
Que las demás disposiciones contenidas en la Resolución MD Nº 1.480/07,
que no resultan modificadas por la presente, continúan plenamente
vigentes.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado intervención, manifestando que la medida es legalmente viable.
Que en virtud de lo dispuesto en los artículos 4, inciso b) apartado 9;
y 19, inciso 6 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. 1992), el
suscripto se halla facultado para dictar el acto administrativo
pertinente.
Por ello,
EL MINISTRO DE DEFENSA
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyese el
artículo 3° de la Resolución MD Nº 1.480/07, el que quedará redactado
de la siguiente manera: “ARTICULO 3°.- Créase la COORDINACION DE
PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGAGION Y DESARROLLO PARA LA
DEFENSA en la órbita de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y
DESARROLLO TECNOLOGICO de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO”.
Art. 2° — Sustitúyese el
artículo 4° de la Resolución MD Nº 1.480/07, el que quedará redactado
de la siguiente manera: “ARTICULO 4°.- Serán funciones de la
COORDINACION DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y
DESARROLLO PARA LA DEFENSA las que se detallan en el Anexo I que forma
parte integrante de la presente Resolución”.
Art. 3° — Asígnase funciones de
Coordinador de la COORDINACION DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE
INVESTIGACION Y DESARROLLO PARA LA DEFENSA al agente (Nivel C, Grado
1), señor Ezequiel Hernán VEGA (D.N.I. Nº 26.734.034).
Art. 4° — Sustitúyese el
Artículo 8° de la Resolución MD Nº 1.480/07, el que quedará redactado
de la siguiente manera: “ARTICULO 8°. Créase la COORDINACION DE
ARTICULACION Y RELACIONES INSTITUCIONALES en la órbita de la
SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO de
la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO”.
Art. 5° — Sustitúyese el
artículo 9° de la Resolución MD Nº 1.480/07, el que quedará redactado
de la siguiente manera: “ARTICULO 9°.- Serán funciones de la
COORDINACION DE ARTICULACION Y RELACIONES INSTITUCIONALES las que se
detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente
Resolución”.
Art. 6° — Asígnase funciones de
Coordinador de la COORDINACION DE ARTICULACION Y RELACIONES
INSTITUCIONALES al agente (Nivel A, Grado 1), Dr. Carlos Alfredo DE LA
VEGA (D.N.I. Nº 23.458.926).
Art. 7° — Quedan plenamente
vigentes las demás disposiciones contenidas en la Resolución MD Nº
1.480/07 que no fuesen modificadas por la presente.
Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Arturo A. Puricelli.
ANEXO I
SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO
COORDINACION DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PARA LA DEFENSA
Funciones y responsabilidades
a. Coordinar e instrumentar el diseño y aplicación institucional de los
mecanismos de gestión de planes, programas y proyectos de investigación
y desarrollo para la defensa, emanados de la SUBSECRETARIA DE
INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO.
b. Instrumentar las directivas de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION
CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO en el diseño y aplicación de
mecanismos institucionaIes que permitan definir prioridades en el marco
de planes, programas y proyectos de investigación y desarrollo en
función de los objetivos tecnológicos que surjan del ciclo de
planeamiento de la defensa, favoreciendo el desarrollo de proyectos de
manera conjunta y cooperativa entre los distintos organismos
científicos y/o tecnológicos dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA y
de las Fuerzas Armadas.
c. Asistir operativamente a la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION
CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO en la implementación de los
mecanismos de evaluación científica, técnica y financiera que deban
aplicarse a los planes, programas y proyectos de investigación y
desarrollo para la defensa.
d. Llevar y mantener un registro en base a los datos institucionales y
a las capacidades de investigación y desarrollo de todos los organismos
científicos y/o tecnológicos dependientes del MINISTERIO DE DEFENSA y
de las Fuerzas Armadas. Asimismo, llevar y mantener un registro en base
a los datos científicos, técnicos y financieros, de los proyectos de
investigación y desarrollo que se ejecuten en dichos organismos.
e. Coordinar y ejecutar las directivas emanadas de la SUBSECRETARIA DE
INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO en el diseño y
aplicación de mecanismos institucionales para cuando sea requerida la
evaluación científica y/o técnica de alternativas tecnológicas
formuladas en el marco del Sistema Integral de Gestión de Inversiones
para la Defensa (SIGID).
ANEXO II
SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO
COORDINACION DE ARTICULACION Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Funciones y responsabilidades
a. Articular las directivas emanadas de la SUBSECRETARIA DE
INVESTIGACION CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO sobre la formulación
de políticas, planes, programas, medidas e instrumentos para el
establecimiento, puesta en marcha, funcionamiento, desarrollo, gestión,
asistencia y control de un sistema científico, tecnológico y productivo
para la defensa.
b. Coordinar la instrumentación de la elaboración de los pIanes
plurianuales científicos, tecnológicos y productivos y sus
reformulaciones emanados de la SUBSECRETARIA DE INVESTIGACION
CIENTIFICA Y DESARROLLO TECNOLOGICO, en concordancia con los planes del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, y con todo
el sistema científico-tecnológico y productivo nacional, en el marco de
las políticas formuladas por el GABINETE CIENTIFICO TECNOLOGICO.
c. Articular la elaboración, implementación, seguimiento y control de
la políticas planes y programas científicos, tecnológicos y
productivos, vinculados con entidades públicas o privadas, nacionales o
extranjeras.
d. Recabar y efectuar propuestas sobre las normativas vigentes,
nacionales e internacionales, que enmarquen los convenios o acuerdos de
cooperación y ejecución relacionados con actividades de ciencia,
tecnología y producción.
e. Intervenir en la supervisión, coordinación, promoción y expansión de
los simposios, congresos, seminarios o eventos de difusión,
capacitación o debate que organice o en los que participe la
Subsecretaría.