Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución 921/2012
Créanse la Coordinación del Servicio
de Asesoramiento y Patrocinio Jurídico Gratuito para Trabajadores y la
Coordinación de Fiscalización Portuaria, Marítima, Fluvial y Lacustre.
Modifícanse Anexos al artículo 1° de la Resolución 99/2012 del
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Bs. As., 26/10/2012
VISTO el Expediente Nº 1465127/11 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Decisiones Administrativas Nº
917 del 28 de diciembre de 2010 y Nº 581 del 27 de Julio de 2012, las
Resoluciones MTEySS Nº 260 del 18 de marzo de 2011 y Nº 99 del 27 de
enero de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº 917/10 se aprobó la estructura
organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que mediante la Resolución MTEySS Nº 260/11 se aprobaron las aperturas inferiores al primer nivel operativo del Ministerio.
Que la Resolución ex M.T.E y S.S. Nº 99/12 aprobó la departamentalización de la SECRETARIA DE TRABAJO de la Jurisdicción.
Que a través de la Decisión Administrativa Nº 581/12 se facultó al
titular del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a aprobar
dos (2) cargos de conducción en el ámbito de la SECRETARIA DE TRABAJO.
Que la modernización de esta Cartera de Estado requiere de un conjunto
de acciones intra e interinstitucionales de gestión relacionadas con
las materias de competencia de la Jurisdicción.
Que a efectos de fortalecer institucionalmente y asegurar la
permanencia en el tiempo de las tareas impulsadas por el Gobierno
Nacional en estos temas, resulta necesaria la creación de una Unidad de
competencia específica de esta cartera ministerial, como es la
inspección del trabajo en las zonas de puertos, trabajo marítimo y
fluvial.
Que, asimismo, resulta menester la incorporación de una Coordinación de
Servicio de Asesoramiento y Patrocinio Jurídico Gratuito para los
Trabajadores, en la órbita de la Dirección de Relaciones Individuales,
dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de la
SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES de la SECRETARIA DE TRABAJO, que
coordine un servicio gratuito y acciones integrales de asesoramiento,
orientación e información jurídico-legal para los trabajadores del
Sector Privado cuyos empleadores tengan domicilio dentro del ámbito de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos y la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL y la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la
intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas
por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94, sus modificatorios y
complementarios y el artículo 4° de la Decisión Administrativa Nº
581/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1° — Créanse la
Coordinación del Servicio de Asesoramiento y Patrocinio Jurídico
Gratuito para Trabajadores, con dependencia de la Dirección de
Relaciones Individuales de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES, y la Coordinación
de Fiscalización Portuaria, Marítima, Fluvial y Lacustre, con
dependencia de la Dirección Nacional de Fiscalización de la
SUBSECRETARIA DE FISCALIZACION DEL TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL, todas
ellas en la órbita de la SECRETARIA DE TRABAJO, cuyas Acciones obran
como Anexo al presente Artículo, el que forma parte integrante de la
presente medida.
Art. 2° — Sustitúyese el Anexo
la —Organigrama— al artículo 1° de la Resolución MTEySS Nº 99 de fecha
27 de enero de 2012, conforme al detalle que obra como Anexo al
presente artículo, que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 3° — Suprímense del Anexo
II al artículo 1° de la Resolución MTEySS Nº 99 de fecha 27 de enero de
2012 las Acciones del Departamento del Servicio de Asesoramiento y
Patrocinio Jurídico Gratuito para Trabajadores, dependiente de la
Dirección de Relaciones Individuales de la Dirección Nacional de
Relaciones del Trabajo de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES de
la SECRETARIA DE TRABAJO.
Art. 4° — Sustitúyese el Anexo
III — Dotación— al artículo 1° de la Resolución MTEySS Nº 99 de fecha
27 de enero de 2012, conforme al detalle obrante como Anexo al presente
artículo, que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 5° — El gasto que demande
la presente medida será atendido con los créditos presupuestarios de la
Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.
Anexo al Artículo 1°
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
SUBSECRETARIA DE FISCALIZACION DEL TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION
COORDINACION DE FISCALIZACION PORTUARIA MARITIMA FLUVIAL Y LACUSTRE
ACCIONES:
1. Coordinar las fiscalizaciones con todas las dependencias del
Ministerio a nivel nacional y sistematizar y organizar la planificación
de los operativos a realizar en todos los puertos del país con los
demás actores intervinientes, siendo los principales Prefectura Naval
Argentina, Superintendencia de Riesgos de Trabajo, Dirección de Vías
Navegables y Sindicatos propios de la actividad (Nacionales e
Internacionales).
2. Recepcionar y diligenciar expedientes y denuncias de los
trabajadores del sector en todo el territorio nacional con la
cooperación de las delegaciones Regionales de este Ministerio.
3. Realizar tareas de inspección laboral en razón de la materia y
jurisdicción que compete a esta Coordinación; recibir, verificar,
evaluar y tramitar la documental fruto de la fiscalización.
4. Ingresar las actuaciones al sistema informático correspondiente
(Aplicativo de Competencia Plena), confeccionar y girar para su
instrucción el sumario a la Delegación correspondiente.
5. Capacitar a las Delegaciones del Ministerio con influencia en zonas portuarias, marítima, fluvial y lacustre.
6. Elaborar informes técnicos y estadísticos de las fiscalizaciones realizadas en esta jurisdicción federal.
7. Participación y asistencia técnica en aquellas acciones de
conciliación, mediación y negociación colectiva o individual en
conflictos de la materia.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
DIRECCION DE RELACIONES INDIVIDUALES
COORDINACION DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y PATROCINIO JURIDICO GRATUITO PARA TRABAJADORES
ACCIONES:
1. Implementar las acciones integrales de asesoramiento, orientación e
información jurídico-legal para los trabajadores del Sector Privado
cuyos Empleadores tengan domicilio dentro del ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, acerca de los Derechos que les reconoce la
Legislación Laboral y, en determinados casos, de la Seguridad Social.
2. Coordinar acciones de asistencia jurídica y/o patrocinio jurídico
conflictos individuales, pudiendo representar al trabajador en reclamos
administrativos laborales y en instancias administrativas prejudiciales.
3. Representar o patrocinar en juicio a los trabajadores en las
acciones judiciales que se diriman ante la Justicia Nacional del
Trabajo con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
4. Analizar y sistematizar la prospectiva del mapa del conflicto laboral individual de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
5. Elaborar los índices de eficacia, eficiencia y efectividad de la
gestión profesional, y de calidad tanto en la atención como en la
resolución del conflicto extrajudicial o judicial.
6. Elaborar informes técnicos solicitados por la Dirección Nacional de Relaciones Individuales.
7. Participar en el diseño de contenidos de materiales de difusión y
capacitación respecto de los Derechos Laborales de los trabajadores,
junto con otras Unidades del MTEySS con competencia en materia de
derecho laboral de Trabajadores.
8. Orientar y/o contener a los Consultantes en aquellas problemáticas
psicosociales que afecten o excedan el campo específico laboral y que,
en determinadas situaciones, coadyuvan en la ruptura del vínculo o en
el conflicto origen de la consulta.
Anexo al Artículo 2°
Anexo al Artículo 3°