MINISTERIO DE SALUD
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución Nº 1321/2012
Bs. As., 24/10/2012
VISTO el Expediente Nº 199.371/11-S.S.SALUD del Registro de esta
Superintendencia de Servicios de Salud, la Ley Nº 26.682, los Decretos
Nros. 1991/11 y 1993/11 y las Resoluciones Nros. 1386/11-S.S.SALUD y
1152/12-S.S.SALUD; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 26.682 se estableció el marco regulatorio de la
medicina prepaga, disponiéndose en su artículo 4º que el Ministerio de
Salud de la Nación es la autoridad de aplicación de la citada norma
legal.
Que mediante el Anexo del Decreto Nº 1993/2011, el Poder Ejecutivo
Nacional ha dispuesto la reglamentación de la Ley Nº 26.682,
estableciendo expresamente en el artículo 4º que el Ministerio de
Salud, a través de esta Superintendencia de Servicios de Salud, es la
autoridad de aplicación de dicha norma.
Que en virtud de ello, la Superintendencia de Servicios de Salud,
tendrá a su cargo todos los objetivos, funciones y atribuciones
indicados en la Ley Nº 26.682, debiendo —entre otras funciones—
fiscalizar el cumplimiento de la ley por parte de los sujetos
alcanzados por la norma, otorgar la autorización para funcionar a
dichos sujetos, implementar mecanismos de información actualizada de
cada sujeto sobre los aspectos que permitan a los usuarios decidir su
asociación y recibir los reclamos efectuados por usuarios y prestadores
del sistema, referidos a condiciones de atención, funcionamiento de los
servicios e incumplimientos.
Que con fin de lograr la articulación de las medidas adecuadas para
sostener la implementación y optimización de los circuitos
administrativos de atención y recepción de trámites y presentaciones
tanto de los sujetos incluidos en el artículo 1º de la ley Nº 26.682
(modif. por Decreto Nº 1991/11) como de los usuarios de sus respectivos
planes de cobertura, mediante la Resolución Nº 1386/11-S.S.SALUD fue
creada con carácter transitorio, la “OFICINA RECEPCION LEY Nº 26.682”,
que funciona en el ámbito de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la
Superintendencia de Servicios de Salud.
Que la creación de dicha área específica, tuvo como objetivo la
coordinación de todas las acciones vinculadas con las presentaciones,
trámites y requerimientos formulados por los referidos sujetos y
usuarios, para dar inicio a una eficaz y pronta implementación del
nuevo sistema de medicina prepaga.
Que por otra parte, por Resolución Nº 1152/12-S.S.SALUD se creó la
COMISION EVALUADORA en el ámbito de Gerencia de Gestión Estratégica
para la evaluación de la documentación presentada por las Entidades de
Medicina Prepaga para su inscripción en el Registro Nacional de
Entidades de Medicina Prepaga (R.N.E.M.P.), conforme lo establecido en
la normativa citada en el Visto.
Que dentro de la esfera de control y supervisión asignados a la
Superintendencia de Servicios de Salud, corresponde a esta Autoridad
unificar criterios relacionados con el tratamiento de las pautas
enmarcadas en la normativa legal vigente por parte de los sujetos
indicados en el artículo 1º de la Ley Nº 26.682 (modificada por el
Decreto Nº 1991/11) y los usuarios del sistema.
Que en ese sentido, se presenta como una medida adecuada y oportuna
disponer que las funciones encomendadas por Resolución Nº
1386/11-S.S.SALUD a la “OFICINA RECEPCION LEY Nº 26.682”, sean
concentradas en el ámbito de la Subgerencia de Gestión Estratégica de
la Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la cual se
canalizarán todas las presentaciones, requerimientos y trámites
relacionados con los sujetos y usuarios alcanzados por la Ley Nº 26.682.
Que, en consecuencia, corresponde dar por finalizada la designación del
Agente Maximiliano Alberto Ahlen (D.N.I. Nº 23.549.431) como
Coordinador General de la “OFICINA RECEPCION LEY Nº 26.682”.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Gerencia General toma intervención en la órbita de su competencia.
Que esta Superintendencia comparte el criterio sustentado por las áreas técnicas del Organismo.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 1008/12.
Por ello,
LA SUPERINTENDENTA DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Dispónese que la “OFICINA RECEPCION LEY Nº 26.682”
funcionará en el ámbito de la Subgerencia de Gestión Estratégica de la
Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la cual se
canalizarán todas las presentaciones, requerimientos y trámites
relacionados con los sujetos y usuarios alcanzados por la Ley Nº
26.682, de manera exclusiva y en los términos y condiciones previstos
en dicha norma (modificada por Decreto Nº 1991/11) y en la Ley de
Procedimientos Administrativos y su Decreto Reglamentario.
ARTICULO 2º — Instrúyese a la Subgerencia de Gestión Estratégica a fin
de implementar con las distintas áreas del Organismo las acciones
necesarias para la coordinación y seguimiento de las presentaciones,
requerimientos y trámites efectuados por los sujetos y usuarios
comprendidos en la Ley Nº 26.682.
ARTICULO 3º — Dése por finalizada la designación del Agente Maximiliano
Alberto Ahlen (D.N.I. Nº 23.549.431) como Coordinador General de la
“OFICINA RECEPCION LEY Nº 26.682”, y que fuera efectuada mediante
Resolución Nº 1386/11-S.S.SALUD.
ARTICULO 4º — Establécese que la Resolución Nº 1386/11-S.S.SALUD
mantiene plena vigencia en todo lo que no ha sido modificado
expresamente por la presente resolución.
ARTICULO 5º — La presente Resolución será aplicable a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 6º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y oportunamente archívese. — LILIANA KORENFELD,
Superintendenta, Superintendencia de Servicios de Salud.
e. 31/10/2012 N° 109169/12 v. 31/10/2012