MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
Decreto 2087/2012
Dase por designado el Director
Nacional de Juventud Rural de la Subsecretaría de Coordinación
Institucional de la Secretaría de Coordinación Político-Institucional y
Emergencia Agropecuaria.
Bs. As., 29/10/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0082352/2012 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº
26.728, los Decretos Nros. 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus
modificatorios y complementarios, 491 de fecha 12 de marzo de 2002,
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y 168 de fecha 3 de febrero de
2012, las Decisiones Administrativas Nros. 175 de fecha 9 de abril de
2010 y 976 de fecha 30 de septiembre de 2011, la Resolución Nº 43 de
fecha 7 de febrero de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7º del Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728, se
dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes
a la fecha de la sanción de la referida norma, en las Jurisdicciones y
Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes
con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de
Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por
el Artículo 10 de la citada ley.
Que el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 dispuso, entre otros
aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la
Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de
planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad
correspondiente.
Que por el Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9
de abril de 2010, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel
operativo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de la
SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la ex-
SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, todas pertenecientes al
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que por el Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 976 de fecha 30
de septiembre de 2011, se sustituyó el Anexo Ic de la citada Decisión
Administrativa Nº 175/10 y por el Artículo 2º se incorporaron al Anexo
II de dicha Decisión Administrativa Nº 175/10, las Acciones y
responsabilidades de, entre otras, la Dirección Nacional de Juventud
Rural dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL de
la ex-SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que por el Decreto Nº 168 de fecha 3 de febrero de 2012 se modificó el
organigrama de aplicación del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA, aprobando la creación de la SECRETARIA DE COORDINACION
POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del citado Ministerio.
Que por la planilla Anexa al Artículo 1º de la Resolución Nº 43 de
fecha 7 de febrero de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA, se aprobaron las dependencias transitorias de las unidades
organizativas de primer y segundo nivel de apertura estableciendo a la
Dirección Nacional de Juventud Rural dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION INSTITUCIONAL bajo la órbita de la SECRETARIA DE
COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del
mencionado Ministerio.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION INSTITUCIONAL dependiente de la SECRETARIA DE COORDINACION
POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se considera imprescindible la
cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva I,
correspondiente al titular de la Dirección Nacional de Juventud Rural.
Que para cubrir dicho cargo se propone al señor D. Santiago LOPEZ
OSORNIO (M.I. Nº 29.827.211), quien posee las condiciones de
experiencia e idoneidad requeridas para el ejercicio del mismo.
Que si bien el agente que se propone posee condiciones de experiencia e
idoneidad para cubrir dicho cargo, debe ser exceptuado de los
requisitos establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008.
Que el Decreto Nº 1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus
modificatorios y complementarios, establece, entre otras medidas, un
régimen especial de compensación de los mayores gastos en que incurran
los funcionarios convocados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL para
cumplir funciones políticas, cuando su residencia sea permanente y se
encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 km.) de
la sede de los respectivos organismos que revistan.
Que el funcionario citado precedentemente tiene su residencia
permanente en la Ciudad de Chascomús, Provincia de BUENOS AIRES,
conforme lo acreditado con la documentación pertinente.
Que ello implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una
excepción a las limitaciones establecidas por el Artículo 7º del
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2012 aprobado por la Ley Nº 26.728.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de
2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por los Artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7º y
10 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº 26.728 y 1º del citado Decreto Nº
491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Dase por
designado transitoriamente a partir del 10 de enero de 2012 y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir de la firma de la
presente medida, en UN (1) cargo vacante Nivel A, Función Ejecutiva I,
de Director Nacional de Juventud Rural dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACION INSTITUCIONAL de la SECRETARIA DE COORDINACION
POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, al señor D. Santiago LOPEZ OSORNIO
(M.I. Nº 29.827.211), autorizándose el correspondiente pago de Función
Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado
por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el
Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y con autorización
excepcional por no reunir los requisitos establecidos en el Artículo 14
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y con carácter de excepción a lo
dispuesto por el Artículo 7º del Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2012 aprobado por la Ley Nº
26.728.
Art. 2º — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SI.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado del
presente decreto.
Art. 3º — Inclúyese con
carácter de excepción y mientras su residencia permanente se encuentre
a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS (100 km.) de la CIUDAD
AUTONOMA DE BUENOS AIRES, dentro de las previsiones del Decreto Nº
1.840 de fecha 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y
complementarios, al señor D. Santiago LOPEZ OSORNIO (M.I. Nº
29.827.211), a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha
de dictado del presente decreto.
Art. 4º — El gasto que demande
el cumplimiento del presente decreto será imputado con cargo a las
partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA.
Art. 5º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Norberto
G. Yauhar.