JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 1069/2012

Apruébase estructura organizativa del primer nivel operativo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado.

Bs. As., 29/10/2012

VISTO el Expediente Nº 37352/2012 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 1382 de fecha 9 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto citado en el VISTO se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con autarquía económica financiera, con personería jurídica propia y con capacidad de actuar en el ámbito del derecho público y privado.

Que, con el fin de perfeccionar el uso de los recursos públicos e incrementar la calidad de la acción estatal, corresponde efectuar un reordenamiento estratégico que permita concretar las metas políticas diagramadas, así como racionalizar y tornar más eficiente la gestión pública.

Que para cumplir con lo precitado resulta procedente aprobar la estructura organizativa del primer nivel operativo de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ajustada a criterios de racionalidad y eficiencia para llevar adelante los objetivos planteados.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 1 del artículo 100 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el inciso 12 del artículo 16 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Facúltase al Titular de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO a aprobar las aperturas inferiores a las que se aprueban por la presente Decisión Administrativa, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la que deberá prever como máximo CUARENTA Y CUATRO (44) cargos de conducción.

Art. 3º — Facúltase al Titular de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación, de conformidad con las respectivas leyes de presupuestos vigentes.

Art. 4º — El gasto que demande la aplicación de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.

(Nota Infoleg: por art. 4° de la Decisión Administrativa N° 76/2019 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 08/02/2019 se mantiene la vigencia de la unidad de nivel departamental aprobada por la presente Decisión Administrativa, que se detalla en la Planilla Anexo al artículo de la norma de referencia, la que mantendrá las acciones vigentes a la fecha)

ANEXO I


ANEXO II

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia con el alcance previsto en el Título VI de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus normas complementarias y modificatorias.

ACCIONES:

1. Elaborar el Planeamiento General de la Auditoría y obtener su aprobación.

2. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer normas y sistemas de control interno y efectuar su seguimiento.

3. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos.

4. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros.

5. Determinar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la elaboración de la información.

6. Producir informes sobre las actividades desarrolladas y, en su caso, formular las recomendaciones y observaciones que correspondan.

7. Realizar el seguimiento de las observaciones y recomendaciones efectuadas.

8. Actuar coordinadamente con la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar las funciones inherentes a su calidad de Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA.

Asistir a la AGENCIA en las actividades que hacen al objeto de la misma, en el ámbito de su competencia.

ACCIONES:

1. Asesorar en cuestiones legales originadas en las actividades propias de la AGENCIA.

2. Emitir el dictamen legal previo en los proyectos de actos administrativos de la AGENCIA, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y normas complementarias y reglamentarias.

3. Asistir en la elaboración de proyectos de Ley, de Decreto y/o de Resolución referidos a las competencias de la AGENCIA para ser elevados a instancias decisorias.

4. Intervenir en los proyectos de promulgación o veto de las leyes sancionadas que sean remitidas a la Agencia para su evaluación previa.

5. Asesorar en la elaboración de convenios de cooperación y/o de contratos con entes públicos y/o privados y en la comunicación a otras reparticiones públicas a nivel nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

6. Ejercer la representación y el patrocinio del ESTADO NACIONAL en todas las causas judiciales en las que el mismo intervenga a través de la AGENCIA.

7. Centralizar y contestar los oficios judiciales y demás requerimientos efectuados por los magistrados de todos los fueros y jurisdicciones del país.
AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la programación y ejecución de los actos vinculados con la gestión económico-financiera, contable, patrimonial y de servicios de la AGENCIA. Entender en la implementación y seguimiento de las políticas relativas a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

ACCIONES:

1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la AGENCIA y en la evaluación de su cumplimiento.

2. Efectuar las registraciones dispuestas por la Ley Nº 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

3. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto de la AGENCIA.

4. Compatibilizar, evaluar y llevar a cabo los distintos requerimientos de las dependencias del organismo vinculados con la adquisición y contratación de bienes y servicios de la AGENCIA.

5. Gestionar y supervisar las contrataciones de obras y de mantenimiento de los edificios de la AGENCIA.

6. Administrar los ingresos y egresos de fondos de origen presupuestario.

7. Coordinar y supervisar el cumplimiento del control y asignación de los bienes patrimoniales de la AGENCIA, su actualización y aplicación de la normativa que corresponda.

8. Supervisar el movimiento, custodia y manejo de fondos de la AGENCIA.

9. Coordinar el tratamiento administrativo del pago de beneficios mediante bonos de consolidación.

10. Elaborar anualmente el plan de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Organismo.

11. Articular las relaciones con las unidades informáticas de las unidades organizativas de la jurisdicción en los temas de su competencia, con el fin de coordinar y potenciar los distintos esfuerzos, tendientes a optimizar un mejor aprovechamiento de las nuevas Tecnologías de Información y las Comunicaciones aplicadas a la gestión pública en la AGENCIA.

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS E INSTITUCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar y aplicar estrategias y políticas de gestión de recursos humanos y entender en las tareas relativas a las relaciones institucionales de la AGENCIA.

ACCIONES:

1. Planificar la gestión de los recursos humanos, de acuerdo a la visión, misión y objetivos definidos por la AGENCIA.

2. Administrar los recursos humanos de acuerdo a la normativa vigente en la materia, dictando los actos administrativos que correspondan, en el marco de sus competencias.

3. Planificar, promover, coordinar y supervisar la capacitación del personal necesaria para atender a la eficacia, eficiencia y economía en la implementación de las políticas de la AGENCIA.

4. Coordinar y asistir técnicamente en el proceso de búsqueda, selección e integración del personal de la AGENCIA.

5. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles que garanticen la correcta liquidación de haberes al personal.

6. Generar acciones que impacten favorablemente en el clima laboral, estimulando la motivación del personal.

7. Proponer nuevas formas de prestación de servicios del personal vinculadas con la utilización de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).

8. Evaluar el grado de desarrollo de la carrera del personal y el sistema de incentivos dentro del régimen vigente y proponer las políticas y medidas pertinentes.

9. Coordinar y supervisar el registro y actualización de la documentación de las personas que integran la organización, asegurando un sistema de información permanente.

10. Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y de los servicios asistenciales y de reconocimientos médicos.

11. Coordinar las tareas relativas a las relaciones institucionales de la AGENCIA.

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

DIRECCION DE MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en las tareas de Despacho y Mesa de Entradas de la AGENCIA.

ACCIONES:

1. Organizar y supervisar la recepción, registro, trámite, seguimiento y archivo de la correspondencia, expedientes y documentación ingresada, en movimiento y egresada de la AGENCIA.

2. Tramitar la documentación, elaborando los informes, providencias y notas correspondientes.

3. Protocolizar los actos administrativos emanados del Titular de la AGENCIA.

4. Reproducir, autenticar, distribuir, archivar y custodiar los ejemplares originales de los actos protocolizados.

5. Tramitar, ante los distintos organismos de la Administración Pública Nacional, la documentación que corresponda.

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE SUMARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Informar y sustanciar los sumarios administrativos de la AGENCIA.

ACCIONES:

1. Entender en la investigación, instrucción, tramitación y resolución de los sumarios que se originen en la AGENCIA.

2. Formular las denuncias ante los órganos competentes —administrativos y judiciales— que le fueren requeridas por las autoridades respectivas, cuando fuere menester.

3. Efectuar informes en los recursos administrativos en materia disciplinaria que tramiten en la AGENCIA.

4. Recopilar los informes y la documentación necesaria para determinar la existencia de perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente de los hechos objeto de los sumarios de la AGENCIA, proponiendo a los organismos competentes el ejercicio de las acciones de recupero.

5. Supervisar el cumplimiento de las diligencias dispuestas por el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte necesaria a sus efectos.

6. Llevar un registro unificado del estado de trámite de la totalidad de los sumarios de la AGENCIA.

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO DE BIENES INMUEBLES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar y mantener actualizado el Registro de Bienes Inmuebles, entendiendo en lo atinente a la situación e información dominial, registral, catastral, de agrimensura, afectaciones y restricciones de los inmuebles que integran el patrimonio del ESTADO NACIONAL.

ACCIONES:

1. Realizar las altas, bajas y modificaciones al inventario de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL.

2. Mantener actualizados los datos técnicos de los inmuebles en los sistemas de registro e información vigentes y la documentación de los legajos técnicos.

3. Efectuar la georreferenciación de los inmuebles estatales para permitir la asociación de las bases de datos existentes a las bases cartográficas.

4. Realizar los estudios técnicos de su competencia, previos y obligatorios, para el dictado de los actos administrativos relacionados con la adquisición, administración y disposición de bienes inmuebles estatales.

5. Realizar los informes sobre la situación dominial, registral, catastral, de agrimensura y la existencia de afectaciones y restricciones en los estudios de inmuebles y toda otra información técnica notarial de su competencia.

6. Llevar adelante las acciones inherentes al otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio y/o de transmisión de derechos posesorios en el marco de las operaciones concertadas por el ESTADO NACIONAL y las transferencias dispuestas a favor de terceros en el marco de normas especiales.

7. Gestionar con organismos oficiales, privados o particulares, en el marco de la normativa que autorice la utilización del patrimonio del estado, con fines sociales o comunitarios.

8. Coordinar, a los fines de obtener toda la información necesaria para cumplimentar el Registro, con las diversas jurisdicciones del ESTADO NACIONAL y con las instancias de representación provincial y municipal.

9. Efectuar una activa y periódica fiscalización de los inmuebles del ESTADO NACIONAL en las diversas regiones del país.

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

DIRECCION NACIONAL DE PLANEAMIENTO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en lo relativo a los aspectos de planeamiento relacionados con los bienes inmuebles, en el ámbito de su competencia, de acuerdo a los planes, programas y proyectos emanados del Ejecutivo Nacional.

ACCIONES:

1. Entender en el desarrollo de programas de racionalización de inmuebles, potenciando la utilización del activo físico estatal y en programas y proyectos de puesta en valor, desarrollo urbano y regional, sobre inmuebles del ESTADO NACIONAL.

2. Entender en todo lo relacionado con la ejecución y seguimiento de obras sobre inmuebles del ESTADO NACIONAL.

3. Elaborar y suministrar los informes y documentación técnica de su competencia.

4. Entender y participar de proyectos urbanísticos y regionales que involucren inmuebles del ESTADO NACIONAL.

5. Entender en la realización de estudios para analizar los impactos ambientales en el marco de su competencia.

6. Representar a la AGENCIA, en el marco de sus atribuciones ante organismos públicos, privados o mixtos en lo concerniente a los estudios y proyectos de su competencia.

7. Supervisar la elaboración de pliegos técnicos y los cómputos y presupuestos correspondientes a cada proyecto de obra.

8. Supervisar la realización de planos en materia de arquitectura y controlar y visar los que se presenten por diligencias de terceros o se contraten con terceros.

9. Supervisar el estado de conservación de inmuebles del ESTADO NACIONAL, mediante planes de mantenimiento de activos físicos.

10. Efectuar los estudios de factibilidad de uso de los inmuebles del ESTADO NACIONAL en función de las variables urbanísticas que pesan sobre los mismos.

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

DIRECCION NACIONAL DE GESTION INMOBILIARIA ESTATAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en el desarrollo de programas de racionalización de inmuebles, potenciando la utilización del activo físico estatal y en programas y proyectos de puesta en valor, así como también en la ejecución y seguimiento de contratos de concesión sobre inmuebles del ESTADO NACIONAL.

ACCIONES:

1. Entender en la registración y control transaccional del patrimonio del ESTADO NACIONAL.

2. Entender en la gestión de operaciones inmobiliarias respecto de bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL.

3. Supervisar la planificación y realización de programas de racionalización del activo físico estatal a fin de potenciar su uso, en vinculación con los organismos de revista.

4. Realizar las gestiones pertinentes para el otorgamiento de permisos y asignaciones de uso de inmuebles.

5. Entender en la regularización contractual de las viviendas y de los terrenos destinados a viviendas del ESTADO NACIONAL.

6. Entender en las tramitaciones relacionadas con las concesiones de uso de viviendas y de terrenos destinados a viviendas del ESTADO NACIONAL.

7. Realizar el control y seguimiento del cumplimiento de las obligaciones emanadas de los instrumentos que se formalicen en su ámbito.

8. Entender en la gestión de operaciones relativas a bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, evaluando y en su caso concretando operaciones de enajenación, concesión, o las que se autoricen, de acuerdo a la normativa vigente en la materia y políticas impartidas por la superioridad.

9. Elaborar la documentación técnica y realizar las convocatorias y todo trámite necesario para los procesos de selección en que intervenga.

10. Informar respecto a la existencia de restricciones sobre los inmuebles por operaciones comerciales realizadas o proyectadas sobre los mismos.

11. Realizar el seguimiento y administración sobre todas las operaciones inmobiliarias vigentes y no vigentes en bienes del ESTADO NACIONAL.